Navegar en Puerto Rico: licencia, marbete y salvavidas
Si naciste después del 1 de julio de 1972 necesitas curso y examen para operar. Los menores de 12 van con salvavidas, y el límite de alcohol baja con la edad.
Agencia
Agencia creada en 1972 que administra los recursos naturales de Puerto Rico: bosques, cuerpos de agua, vida silvestre, pesca, manglares y la extracción de materiales de la corteza terrestre. Su Cuerpo de Vigilantes atiende las querellas por corte ilegal de árboles, obras sin permiso y otras violaciones a las leyes que el Departamento administra.
Sitio oficial de la agenciaSi naciste después del 1 de julio de 1972 necesitas curso y examen para operar. Los menores de 12 van con salvavidas, y el límite de alcohol baja con la edad.
La Ley 18-2012 obliga a los detallistas a recibir el equipo electrónico que el consumidor decide devolver o desechar, y a informar de eso en el punto de venta.
Cualquier persona puede querellarse ante el DRNA: los tipos de incidente del formulario, los teléfonos del Cuerpo de Vigilantes y lo que un vigilante puede hacer.
La Ley 40-2017 prohíbe disponer cenizas de carbón en vías, terrenos, vertederos y cuerpos de agua, y depositarlas por más de 180 días desde su producción.
La Ley 424-2000 prohíbe disponer en vertederos de Puerto Rico desperdicios sólidos generados fuera de la isla, sin excepciones ni contratos en contrario.
La Ley 41-2009 prohíbe que el vendedor de neumáticos cobre al consumidor un cargo ambiental o de manejo, y lo obliga a aceptarte hasta cuatro gomas usadas.
La Ley 102-2026 ordena al DRNA autorizar la caza de cerdos salvajes al agricultor afectado, con permiso de dos años, informe y prohibiciones.
La Ley 170-2026 faculta al DRNA a extender tu marbete hasta 90 días si una agencia federal no puede emitir la documentación por causa ajena a ti.
La Ley 314-2000 declara de uso público los caminos reales y los accesos de tiempo inmemorial a la playa, y crea el Registro de Veredas Naturales del DRNA.
La Ley 111-1985 protege cuevas, cavernas y sumideros: ocho actos prohibidos, multas de hasta $10,000 y permisos que exigen consentimiento escrito.
La Ley 183-2001 permite gravar tu terreno a perpetuidad para conservarlo, con crédito contributivo del 50% y exención de contribución sobre la propiedad.
La Ley 292-1999 prohíbe diez actividades en la zona cársica sin permiso del DRNA, con multas de hasta $25,000, y exime del CRIM a fincas conservadas.
La Ley de Bosques prohíbe cortar ciertos árboles sin permiso, limita la tala a días laborables de 6 a.m. a 6 p.m. y exime del CRIM al bosque auxiliar.
La Ley 108-2001 crea en el DRNA un programa que da certificado, foto, rótulo con tu nombre y visitas a quien dona para adquirir áreas de alto valor natural.
Siete tipos de licencia con plazos distintos, permisos aparte para langosta y carrucho, y multas de $100 a $5,000 por cada captura ilegal.
Dura cinco años y vence el día de tu cumpleaños. Pide curso de cazadores, certificado médico y récord penal negativo, y solo se renueva así tres veces seguidas.
El permiso del DRNA vence el 30 de junio del segundo año. El dueño inscribe a su nombre las armas del coto y rinde informes mensuales al Departamento.
No se caza en bosques estatales, en caminos públicos ni a menos de cien metros de viviendas. Hay que llevar encima la licencia y el registro del arma.
Poseer, importar, vender o transportar una especie exótica sin permiso previo del DRNA es ilegal, y anunciarla por Internet también. Las multas van por ejemplar.
Tener fauna silvestre en cautiverio, o coger nidos, huevos o crías, exige autorización escrita del Secretario del DRNA. La ley nombra los permisos que existen.
El hábitat crítico esencial no se puede modificar. En el crítico no esencial hace falta interés público vital, y la compensación es de al menos tres a uno.
Auxiliar primero, dar tus datos y reportar: doce horas si hubo muerte o lesión, cuarenta y ocho si el daño pasa de cien dólares, más informe escrito al DRNA.
Tienes treinta días para pedir reconsideración. La multa se anota en el registro de la embarcación y bloquea el marbete y el traspaso hasta que se pague.
El marbete vencido por seis meses basta para entrar en la definición. Treinta días para responder, sesenta antes de la incautación, y la deuda te sigue después.
La ley abre una vía: carta certificada, aviso en periódico, certificaciones de Policía y Justicia, declaración jurada y una tarifa tope de cincuenta dólares.
Veintiún años para alquilar una lancha y doce para un kayak. El negocio necesita acreditación en salvamento, instructor licenciado y un récord que se guarda un año.
Qué es, quién la expide, qué tres cosas tiene que certificar, y por qué la mitigación que diga termina dentro del cumplimiento ambiental.
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