En resumen
La Ley 102 de 2026, “Ley para Controlar la Amenaza Porcina a Nuestros Agricultores”, le ordena al Secretario del Departamento de Recursos Naturales y Ambientales que de manera excepcional autorice la caza de cerdos salvajes a todo agricultor que se vea afectado por la presencia de estos en sus fincas, mediante la otorgación de un permiso especial de caza no deportiva para control poblacional, según dispone el Artículo 16 (a) de la Ley Núm. 241-1999, conocida como la Nueva Ley de Vida Silvestre de Puerto Rico. También le ordena enmendar el Reglamento número 6765 para añadir al cerdo salvaje, Sus scrofa, en el Apéndice número 2: Animales y Plantas Invasoras (Dañinos). El permiso tendrá vigencia de dos años, sujeto a renovación, y el agricultor deberá rendir un informe al DRNA y al Departamento de Agricultura sobre la cantidad de cerdos que cazó; cumplir con ese informe es requisito para la renovación. El agricultor deberá identificar un área dentro de su propiedad para la disposición de los restos, con los permisos del Departamento de Salud correspondientes. Se prohíbe el transporte, la venta, el consumo de la carne o la disposición en un lugar no autorizado, bajo pena de revocación del permiso y/o una multa administrativa de hasta quinientos dólares por cada violación.
¿Qué es?
Es una autorización excepcional creada por ley para un problema concreto: las manadas de cerdos salvajes que pasan de finca en finca destruyendo cosechas. No es una licencia de caza deportiva. Es un permiso especial de caza no deportiva para control poblacional, dirigido al agricultor afectado, con un plazo fijo, un informe obligatorio y reglas estrictas sobre qué se puede hacer con el animal cazado.
¿Quién puede hacerlo?
Todo agricultor que se vea afectado por la presencia de cerdos salvajes en sus fincas. La ley redacta el mandato en esos términos y no publica más criterios de elegibilidad.
Requisitos
- Ser agricultor afectado por la presencia de cerdos salvajes en tus fincas. El permiso es el mecanismo excepcional que la ley crea para esa situación.Verificado con la fuente oficial
- Identificar un área dentro de tu propiedad para la disposición adecuada de los restos del animal.Verificado con la fuente oficial
- Que esa área cuente con los permisos del Departamento de Salud correspondientes como lugar de disposición, y que cumpla con el manejo sanitario y la disposición adecuada de los restos.Verificado con la fuente oficial
- Rendir un informe al Departamento de Recursos Naturales y Ambientales y al Departamento de Agricultura sobre la cantidad de cerdos salvajes cazados durante el periodo. El cumplimiento de ese mandato es requisito para renovar el permiso.Verificado con la fuente oficial
Documentos necesarios
Costo
Cómo hacerlo paso a paso
Paso 1: Sabe qué permiso es el que ordena la ley
Es un permiso especial de caza no deportiva para control poblacional, otorgado según dispone el Artículo 16 (a) de la Ley Núm. 241-1999, la Nueva Ley de Vida Silvestre de Puerto Rico. La Ley 102-2026 le ordena al Secretario del DRNA que lo autorice de manera excepcional a todo agricultor afectado por cerdos salvajes en sus fincas. No leímos la Ley 241-1999 ni el reglamento, así que no describimos aquí el resto del Artículo 16 (a).
Paso 2: Cuenta con que la reglamentación llega después de la ley
El Artículo 2 dice expresamente que el DRNA, el Departamento de Salud y el Departamento de Agricultura tienen que establecer y aprobar los reglamentos y acuerdos colaborativos para que los agricultores que así lo deseen puedan solicitar el permiso y sean debidamente orientados. Por eso esta guía no te da un formulario ni una dirección: la ley no los publica. Pregunta directamente en el DRNA por el permiso especial de caza no deportiva para control poblacional de cerdos salvajes.
Paso 3: Prepara el área de disposición antes de cazar
El Artículo 5 lo pone como deber del agricultor autorizado: identificar un área dentro de su propiedad para la disposición adecuada de los restos, con los permisos del Departamento de Salud correspondientes como lugar de disposición, y cumplir con el manejo sanitario y la disposición adecuada de los restos del animal. Es una pieza aparte del permiso de caza y la tramita Salud.
Paso 4: Respeta la prohibición: nada de transportar, vender ni comer
El Artículo 6 prohíbe, por los riesgos de transmisión de enfermedades, el transporte, la venta, el consumo de la carne o la disposición en un lugar no autorizado de los cerdos salvajes cazados. El incumplimiento es razón para la revocación de los permisos otorgados y/o la imposición de una multa administrativa de hasta quinientos dólares ($500) por cada violación cometida.
Paso 5: Lleva la cuenta: el informe condiciona la renovación
El permiso vale dos años, sujeto a la posibilidad de renovación. Durante ese periodo es responsabilidad del agricultor rendir un informe tanto al DRNA como al Departamento de Agricultura sobre la cantidad de cerdos salvajes que cazó. El Artículo 4 dice que el cumplimiento de ese mandato será requisito para la renovación del permiso, así que la cuenta hay que llevarla desde el primer día.
Dónde hacerlo
Ante el Departamento de Recursos Naturales y Ambientales, que es a quien la ley le ordena otorgar el permiso. El área de disposición de los restos se permisa ante el Departamento de Salud. La ley no publica oficina, dirección ni formulario.
Cuánto tarda
Qué hacer si hay un problema
Esta guía describe la Ley 102-2026 completa, que es lo único que leímos. No leímos la Ley 241-1999 ni el Reglamento 6765, así que no sabemos qué más exige el Artículo 16 (a) para este tipo de permiso ni cómo quedó redactado el Apéndice 2 después de la enmienda que la ley ordena. La ley no publica costo, tiempo de trámite, formulario ni oficina, y su propio Artículo 2 deja la reglamentación pendiente, así que es probable que el trámite concreto todavía se esté montando cuando leas esto. La prohibición del Artículo 6 es amplia y no tiene excepciones en el texto: no hay una vía en esta ley para aprovechar la carne. Confirma cualquier detalle operacional directamente con el DRNA antes de cazar. PRFácil no tramita permisos ni representa a nadie ante el DRNA.
Errores comunes
- Tratarlo como caza deportiva: el texto lo llama expresamente permiso especial de caza no deportiva para control poblacional.
- Aprovechar o vender la carne: el Artículo 6 prohíbe el transporte, la venta y el consumo, con multa administrativa de hasta $500 por cada violación.
- Enterrar o botar los restos donde sea: el área de disposición tiene que estar dentro de tu propiedad y contar con los permisos del Departamento de Salud.
- Dejar el informe para el final: cumplir con el informe al DRNA y a Agricultura es requisito para renovar el permiso a los dos años.
- Asumir que la ley por sí sola abre la ventanilla: el Artículo 2 deja pendientes los reglamentos y acuerdos colaborativos entre DRNA, Salud y Agricultura.
Preguntas frecuentes
¿Puedo cazar los cerdos salvajes de mi finca sin permiso?
La ley no autoriza la caza libre: crea un mecanismo excepcional de autorización mediante un permiso especial que el Secretario del DRNA debe otorgar al agricultor afectado. Todo lo que la ley regula —la vigencia de dos años, el informe, el área de disposición, las prohibiciones— cuelga de ese permiso.
¿Puedo comerme o vender la carne del cerdo que cacé?
No. El Artículo 6 prohíbe expresamente, por los riesgos de transmisión de enfermedades, el transporte, la venta, el consumo de la carne y la disposición en un lugar no autorizado. Incumplir es razón para revocar el permiso y/o imponer una multa administrativa de hasta $500 por cada violación.
¿Cuánto dura el permiso y cómo se renueva?
Dos años, sujeto a la posibilidad de renovación. Para renovar hace falta haber cumplido con el informe al DRNA y al Departamento de Agricultura sobre la cantidad de cerdos salvajes cazados durante ese periodo. La ley no publica el formulario de renovación ni una fecha límite.
¿Qué pasa con el cerdo salvaje como especie después de esta ley?
La ley le ordena al Secretario enmendar el Reglamento número 6765, para regir la conservación y el manejo de la vida silvestre, las especies exóticas y la caza, con el fin de añadir al cerdo salvaje o Sus scrofa en el Apéndice número 2: Animales y Plantas Invasoras (Dañinos). No leímos ese reglamento, así que no sabemos qué más arrastra esa clasificación.
Fuentes oficiales
Estas son las páginas del gobierno en las que se basa esta guía.
- Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA)
DRNA
bvirtualogp.pr.gov
Última verificación
27 de agosto de 2026
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