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Carta de Derechos del Consumidor: 12 derechos que puedes citar

Última revisión: 23 de agosto de 2026VerificadaDACO

En resumen

La Ley 20-2021 añadió a la ley orgánica del DACO un Artículo 7A que enumera doce derechos del consumidor en Puerto Rico. El más útil en la práctica es el segundo, el derecho a la información: el consumidor tiene derecho a conocer el contenido y los alcances de cualquier contrato que se le requiera firmar, a solicitar una copia impresa o digital antes de firmarlo con el tiempo que entienda necesario para su lectura u orientación, y a que se le entregue copia fiel y exacta una vez firmado. Añade dos prohibiciones directas: no puede requerírsele que firme un contrato incompleto, sin el debido encabezamiento o que tenga espacios en blanco. Y una obligación del otro lado: el contratista deberá incluir en el contrato, e informar de forma oral, sobre la Regla de Período de Reflexión de la Federal Trade Commission. El noveno derecho, el de los servicios públicos, incluye el derecho a tener acceso a los servicios de agua potable y energía eléctrica sin que sea un requisito el poseer un título de propiedad sobre el terreno ocupado donde reside el consumidor, siempre que quien lo solicite tenga algún interés propietario o evidencia de autorización legal para ocupar la propiedad. El artículo no aplica a los contratos regulados por una ley especial ni a aquellos cuya jurisdicción primaria esté en una agencia administrativa distinta al DACO.

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¿Qué es?

Es una lista de derechos dentro de la ley que creó el Departamento de Asuntos del Consumidor. No es una ley aparte ni un programa: es el Artículo 7A de la Ley 5-1973, añadido en 2021, y su utilidad es que pone por escrito, con lenguaje que se puede citar, cosas que antes había que argumentar. El propio artículo lo dice al abrir: los consumidores en Puerto Rico disfrutarán de todos los derechos que le son reconocidos en leyes y reglamentos aplicables, incluyendo, pero sin limitarse a, los siguientes. O sea, la lista se suma a lo que ya existe y no lo sustituye.

¿Quién puede hacerlo?

Los consumidores en Puerto Rico. El artículo no fija requisitos de edad, ingreso ni residencia, y no hay que registrarse en ningún sitio. Lo que sí tiene es un límite de alcance, y es importante leerlo antes de invocar el artículo: sus disposiciones no aplicarán a los contratos regulados por una ley especial, o cuya jurisdicción primaria en cuanto a términos y condiciones de contratación se encuentre bajo la jurisdicción de cualquier agencia administrativa, según establecido en su ley orgánica, distinta al Departamento de Asuntos del Consumidor. En la práctica: si tu contrato lo regula otra agencia por su propia ley orgánica, este artículo no es tu herramienta y hay que buscar la del foro que corresponda.

Requisitos

  • Ser consumidor en Puerto Rico. No hay registro, solicitud ni requisito previo para invocar estos doce derechos.Verificado con la fuente oficial
  • Que tu contrato no esté regulado por una ley especial ni bajo la jurisdicción primaria de otra agencia administrativa distinta al DACO: el propio artículo se excluye en esos casos.Verificado con la fuente oficial
  • Para pedir agua potable o energía eléctrica sin título de propiedad: tener algún interés propietario o evidencia de autorización legal para ocupar la propiedad.Verificado con la fuente oficial

Documentos necesarios

Costo

Este trámite no tiene costo.

Cómo hacerlo paso a paso

  1. Paso 1: Antes de firmar: la copia, el tiempo y los espacios en blanco

    El derecho a la información es el que más se usa en el mostrador. El texto dice que el consumidor tiene derecho a conocer el contenido y los alcances de cualquier contrato que se le requiera firmar, y que tendrá derecho a solicitar una copia, impresa o digital, antes de firmarlo, con el tiempo que este entienda necesario para su lectura u orientación. Fíjate en quién decide cuánto tiempo hace falta: el consumidor, no el vendedor. Después de firmar tienes derecho a que se te entregue copia impresa o digital, fiel y exacta. Y vienen las dos prohibiciones, escritas sin matices: no puede requerírsele que firme un contrato incompleto, sin el debido encabezamiento o que tenga espacios en blanco. Ese renglón vacío que "se llena después" no es una costumbre del negocio: es exactamente lo que este inciso prohíbe.

  2. Paso 2: La Regla de Período de Reflexión: quien te contrata tiene que decírtelo

    El mismo inciso termina con una obligación que va del lado del negocio: el contratista deberá incluir en el contrato, e informar de forma oral, sobre la Regla de Período de Reflexión de la Federal Trade Commission. Son dos deberes, no uno: por escrito dentro del contrato y además dicho en voz alta. Si nadie te la mencionó, ese silencio es en sí mismo un incumplimiento de este inciso, independientemente de lo que la regla diga. Lo que no publicamos: el contenido de esa regla federal —cuántos días da, a qué ventas aplica y cómo se ejerce—, porque la Ley 5-1973 ordena informarla pero no la reproduce, y la regla es una fuente federal que no leímos para esta guía. Pídele al comercio el texto que la ley le obliga a incluir.

  3. Paso 3: Lo que te tienen que decir del producto, la garantía y el precio

    Dos derechos consecutivos cubren esto. El de compensación: tienes derecho a recibir información completa sobre los factores que puedan afectar tu selección en la compra, destacándose la calidad, precio, fecha de expiración, de retiro del mercado, uso, contenido, funcionamiento, almacenaje, mantenimiento o conservación, cuidado y sustitución del producto comprado y de sus piezas. El mismo inciso añade la garantía: tienes derecho a que se te informe y a que se te entregue copia, impresa o digital, detalladamente, sobre todos los aspectos de cualquier garantía aplicable, incluyendo cubierta y duración, nombre y dirección de la persona responsable de cumplir la garantía, y procedimiento a seguir y condiciones a cumplir para reclamaciones. El de educación cubre el dinero: tienes derecho a que se te informe detalladamente todos los costos envueltos en cualquier adquisición de bienes y servicios, incluyendo precio total, número de plazos, monto de parcial, cargos por seguro y cualquier otro costo que debas pagar. "Precio total" y "cualquier otro costo" están escritos así en la ley, y son las dos frases que sirven cuando aparece un cargo que nadie mencionó.

  4. Paso 4: Agua y luz sin título de propiedad

    El derecho a los servicios públicos empieza general —recibir servicios públicos de excelencia, con información de los proveedores y orientación sobre depósitos de garantía, pago por anticipo del servicio, recargos por demora en el pago, cesación y restablecimiento del servicio, establecimiento de planes de pago y solución de controversias— y termina en algo muy concreto: este derecho incluye el derecho a tener acceso a los servicios de agua potable y energía eléctrica sin que sea un requisito el poseer un título de propiedad sobre el terreno ocupado donde reside el consumidor, sin que ello se entienda que proveerle el servicio equivale a reconocerle titularidad sobre la propiedad. La ley pone una condición y la escribe expresamente: la persona que solicite el servicio público debe tener algún interés propietario o evidencia de autorización legal para ocupar la propiedad. No es "cualquiera pide y le ponen el servicio"; es "no te pueden exigir el título si tienes interés propietario o autorización legal para ocupar". Y el último derecho, el de no ser discriminado, repite el punto por si quedaba duda: incluye el no ser discriminado al solicitar los servicios de agua potable y energía eléctrica en el terreno ocupado donde resides, siempre y cuando quien lo solicite tenga algún interés propietario o evidencia de autorización legal para ocupar la propiedad.

  5. Paso 5: No ser discriminado, y los motivos que la ley nombra

    El derecho doce dice que el consumidor tiene derecho a que no se le pueda negar un producto o servicio que desee contratar o comprar, y que tampoco le pueden discriminar o tratar mal por razones de raza, religión, género, situación económica, nacionalidad, orientación sexual, por alguna discapacidad física o cualquier otro motivo similar. Esa última frase —"o cualquier otro motivo similar"— deja la lista abierta y no cerrada en los motivos enumerados. El texto habla tanto de negar el producto o servicio como de tratar mal, que son dos conductas distintas.

  6. Paso 6: Los demás derechos de la lista

    Los que quedan están escritos en términos más generales, pero son citables igual. Elegir libremente: seleccionar libre y eficientemente todos los bienes y servicios que desees, de óptima calidad, de manera sostenible, sin afectar la disponibilidad y calidad de los bienes y servicios de las futuras generaciones desde el punto de vista económico, social y ambiental. Seguridad e integridad física: estar protegido de productos que en cualquier uso previsible resulten peligrosos, o que te puedan causar daño, lesión o enfermedad, a ti o a tus familiares. Hospedajes: el consumidor tiene derecho, como inquilino, a que el hospedaje seleccionado le provea seguridad y bienestar, cumpliendo así con las disposiciones legales. Representatividad y libre expresión: ser representado como consumidor en los foros gubernamentales —municipales, estatales y federales— y ante las ramas legislativa y judicial, y además ser oído ante foros no gubernamentales, tales como organizaciones o asociaciones privadas y compañías que vendan bienes o servicios. Agrupación: organizar grupos de consumidores y trabajar con los mecanismos necesarios para el desarrollo de su autodefensa. Promoción verídica y libre de coacción: recibir información correcta, clara y precisa en relación con concursos y promociones que se publiquen a través de los medios de comunicación. Y protección en los medios electrónicos: que se te garanticen las protecciones que ofrecen otras formas de comercio tradicionales, incluyendo la protección de la información personal y las garantías de un servicio justo, apropiado y de calidad, según acordado. También el primer párrafo del derecho a la información, que cubre lo previo al contrato: estar protegido de prácticas ilegales y anuncios engañosos por parte de los comercios.

  7. Paso 7: Lee la cláusula final antes de invocar el artículo

    El Artículo 7A cierra con una limitación que decide si te sirve: las disposiciones de este Artículo no aplicarán a los contratos regulados por una ley especial, o cuya jurisdicción primaria en cuanto a términos y condiciones de contratación se encuentren bajo la jurisdicción de cualquier agencia administrativa, según establecido en su ley orgánica distinta al Departamento de Asuntos del Consumidor. Léelo al revés y es más claro: esta carta funciona para el comercio general que cae bajo el DACO. Cuando el contrato es de un sector con su propia agencia y su propia ley orgánica, el foro y las reglas son otros. No enumeramos aquí qué sectores son ésos: eso depende de la ley orgánica de cada agencia, que no leímos para esta guía, y ponerlo por escrito sin haberlo verificado sería exactamente el tipo de error que esta cláusula castiga con una querella mal radicada.

Dónde hacerlo

Estos doce derechos viven en la ley orgánica del Departamento de Asuntos del Consumidor, y el DACO es el foro natural para las prácticas de comercio que caen bajo su jurisdicción. El propio Artículo 7A, sin embargo, no crea un procedimiento de querella ni fija términos: es una declaración de derechos dentro de la ley orgánica, no un capítulo procesal. Lo que sí hace es darte el texto exacto que puedes citar —por número de derecho— frente al comercio y en una querella. Antes de radicar, comprueba la cláusula final del artículo: si el contrato lo regula una ley especial o su jurisdicción primaria está en otra agencia administrativa por su propia ley orgánica, el DACO no es el foro y este artículo no aplica.

Cuánto tarda

Generalmente se resuelve en el momento.

Qué hacer si hay un problema

Cómo se usa una carta de derechos, que no es como se usa un procedimiento. Su fuerza está en la cita literal y en el número: "el derecho 2 del Artículo 7A dice que no puede requerírseme firmar un contrato con espacios en blanco" es una frase distinta a "eso no me parece bien". Guarda las dos copias que el derecho 2 te da —la de antes de firmar y la fiel y exacta de después— porque son la prueba de qué se pactó realmente. Si el cargo apareció después, el derecho 4 te da el lenguaje: precio total, número de plazos, monto de parcial, cargos por seguro y cualquier otro costo que debas pagar. Si el problema es la garantía, el derecho 3 te da los cuatro datos que debieron entregarte por escrito: cubierta, duración, nombre y dirección del responsable, y procedimiento y condiciones para reclamar. Lo que no publicamos. No publicamos plazos para nada de esto: el Artículo 7A no fija términos ni para el comercio ni para el consumidor. No publicamos multas ni sanciones: el artículo no las contiene. No publicamos el procedimiento de querella del DACO ni sus formularios a partir de este artículo, porque el artículo no los regula. No publicamos el contenido de la Regla de Período de Reflexión de la FTC, por la razón dicha arriba. Y no publicamos una lista de qué contratos quedan fuera por estar bajo otra agencia: eso sale de la ley orgánica de cada agencia y no la leímos.

Errores comunes

  • Firmar un contrato con espacios en blanco "que se llenan después": el derecho 2 lo prohíbe expresamente.
  • Aceptar que no te den copia hasta después de firmar: tienes derecho a solicitarla antes, impresa o digital.
  • Dejar que el vendedor decida cuánto tiempo tienes para leer: la ley dice el tiempo que el consumidor entienda necesario para su lectura u orientación.
  • No pedir por escrito la Regla de Período de Reflexión de la FTC, que el contratista debe incluir en el contrato y además informar de forma oral.
  • Quedarte sin la copia detallada de la garantía con cubierta, duración, responsable y procedimiento de reclamación.
  • Aceptar que te exijan título de propiedad para el agua o la luz cuando tienes interés propietario o autorización legal para ocupar.
  • Radicar en el DACO un contrato que regula una ley especial u otra agencia: la cláusula final del artículo lo excluye.

Preguntas frecuentes

¿Me pueden hacer firmar un contrato con espacios en blanco?

No. El derecho 2 dice que no puede requerírsele al consumidor que firme un contrato incompleto, sin el debido encabezamiento o que tenga espacios en blanco. Son tres supuestos distintos y los tres están prohibidos.

¿Tengo derecho a llevarme el contrato para leerlo antes de firmar?

El derecho 2 dice que tendrás derecho a solicitar una copia, impresa o digital, antes de firmarlo, con el tiempo que entiendas necesario para su lectura u orientación. La ley pone la medida del tiempo del lado del consumidor. Y una vez firmado, tienes derecho a que se te entregue copia fiel y exacta.

¿Me pueden negar el agua o la luz por no tener título de propiedad?

El derecho 9 incluye el derecho a tener acceso a los servicios de agua potable y energía eléctrica sin que sea un requisito poseer un título de propiedad sobre el terreno ocupado donde resides, y aclara que proveerte el servicio no equivale a reconocerte titularidad. La condición que la ley sí exige es tener algún interés propietario o evidencia de autorización legal para ocupar la propiedad. El derecho 12 repite lo mismo desde el ángulo del discrimen.

¿Qué es la Regla de Período de Reflexión que menciona la ley?

Es una regla de la Federal Trade Commission. La Ley 5-1973 no la reproduce: lo que hace es obligar al contratista a incluirla en el contrato y a informarla de forma oral. Por eso no publicamos aquí sus términos —cuántos días da o a qué ventas aplica—: no leímos esa fuente federal para esta guía. Lo que sí puedes exigir es que el comercio cumpla las dos partes de su deber, la escrita y la oral.

¿Esta carta de derechos aplica a todos los contratos?

No. El artículo cierra diciendo que sus disposiciones no aplicarán a los contratos regulados por una ley especial, o cuya jurisdicción primaria en cuanto a términos y condiciones de contratación esté bajo cualquier agencia administrativa, según su ley orgánica, distinta al Departamento de Asuntos del Consumidor. Antes de invocarlo, comprueba en qué foro cae tu contrato.

Fuentes oficiales

Estas son las páginas del gobierno en las que se basa esta guía.

Última verificación

23 de agosto de 2026

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