En resumen
La Ley 141-2002 requiere que toda sala de cine y establecimiento comercial —incluyendo negocios ambulantes— que venda y alquile películas en video y en cualquier otra forma, técnica o sistema, coloque y mantenga permanentemente un anuncio en español e inglés con las siglas y la definición de cada categoría del sistema de clasificación de las películas que exhiba, venda o alquile, en lenguaje claro y entendible por una persona común. Ese anuncio debe ubicarse en un lugar visible para todas las personas que visitan el establecimiento o negocio ambulante, incluyendo niños; y en los cines, se instalará en un lugar donde el consumidor pueda leerlo claramente antes de adquirir los boletos. Además, toda sala de cine deberá colocar un anuncio o letrero en español e inglés que advierta al público si, en las tandas de películas recomendadas para menores de 13 años de edad, se pasarán avances o anuncios de películas en las que se sugiere que los menores de 17 años estén acompañados de un adulto. El Secretario del Departamento de Asuntos del Consumidor establece por reglamento la información a incluirse y el tamaño mínimo del aviso, y está facultado para imponer multas administrativas no menores de quinientos (500) dólares ni mayores de cinco mil (5,000) dólares por violación.
¿Qué es?
Es la ley que obliga a difundir, donde se venden boletos y películas, qué significan las clasificaciones. Su propósito declarado es establecer un vehículo de difusión adicional para dar publicidad a las clasificaciones de películas adoptadas voluntariamente por la industria cinematográfica de Estados Unidos, de forma que las personas puedan estar mejor informadas al momento de hacer su selección, particularmente cuando sea para ser vistas por menores de edad, eliminando la posibilidad de que éstos presencien escenas de material obsceno o pornográfico, indecente, de violencia u otra naturaleza dañina. Es decir: el Estado no clasifica las películas — obliga a explicar y exhibir la clasificación que la industria adopta.
¿Quién puede hacerlo?
Cualquier consumidor que compre boletos en una sala de cine o compre o alquile películas en un establecimiento comercial, incluyendo negocios ambulantes. Los obligados son esas salas y establecimientos.
Requisitos
- Que se trate de una sala de cine o de un establecimiento comercial —incluyendo negocios ambulantes— que venda o alquile películas en video o en cualquier otra forma, técnica o sistema.Verificado con la fuente oficial
Documentos necesarios
Información pendiente de verificación.
Costo
Cómo hacerlo paso a paso
Paso 1: Busca el anuncio antes de comprar el boleto
La ley fija dónde tiene que estar: el anuncio deberá ubicarse en un lugar visible para todas las personas que visitan el establecimiento o negocio ambulante, incluyendo niños, y en los cines se instalará en un lugar donde el consumidor pueda leerlo claramente antes de adquirir los boletos. Si tienes que comprar primero para enterarte después, el aviso no está donde la ley lo manda.
Paso 2: Comprueba que esté en los dos idiomas y en lenguaje claro
El anuncio debe estar en español e inglés, con las siglas y la definición de cada categoría del sistema de clasificación de las películas que se exhiban, vendan o alquilen, en lenguaje claro y entendible por una persona común. No basta con pegar las siglas: la ley exige la definición de cada categoría.
Paso 3: Fíjate en el aviso sobre los avances
Este es el que casi nadie conoce y el que más importa si vas con niños: toda sala de cine deberá colocar un anuncio o letrero en español e inglés que advierta al público si, en las tandas de películas recomendadas para menores de 13 años de edad, se pasarán avances o anuncios de películas en las que se sugiere que los menores de 17 años estén acompañados de un adulto.
Paso 4: Si falta el aviso, la querella es en el DACO
El Secretario del Departamento de Asuntos del Consumidor establecerá mediante reglamento la información a incluirse en el aviso público y el tamaño mínimo del mismo, y de ser posible recomendará un diseño y lenguaje uniforme para todas las salas de cine, establecimientos comerciales fijos y negocios ambulantes sujetos a la ley. Y está facultado para imponer multas administrativas no menores de quinientos (500) dólares ni mayores de cinco mil (5,000) dólares por violación al Artículo 2, de conformidad con la Ley 5-1973.
Dónde hacerlo
El Departamento de Asuntos del Consumidor reglamenta el contenido y el tamaño del aviso y es el foro para la querella cuando falta o no cumple. Si el asunto es que te cancelaron una función o un evento, esa es otra reclamación de consumo que cubrimos en su propia guía.
Cuánto tarda
Qué hacer si hay un problema
Qué hace y qué no hace esta ley, dicho con precisión: no crea un sistema estatal de clasificación de películas ni le da fuerza de ley a las categorías. Su propósito declarado es servir de vehículo de difusión adicional para las clasificaciones adoptadas voluntariamente por la industria cinematográfica de Estados Unidos, de modo que el público esté mejor informado al escoger. Por eso la ley obliga a exhibir y explicar la clasificación, no a impedir la entrada según ella; las políticas de admisión de cada sala son otra cosa. Lo que no leímos para esta guía: el reglamento del DACO que fija la información y el tamaño mínimo del aviso, ni la Ley 5-1973 más allá del rango de multa que esta ley cita — por eso no publicamos medidas, diseños ni el procedimiento detallado de querella. Y no reproducimos aquí el significado de cada sigla del sistema de clasificación porque la ley no lo hace: lo que la ley exige es que el establecimiento lo publique.
Errores comunes
- Aceptar un cartel solo con las siglas: la ley exige las siglas y la definición de cada categoría.
- No exigirlo en los dos idiomas: el anuncio debe estar en español e inglés.
- Aceptar que esté después de la taquilla: en los cines debe poder leerse claramente antes de adquirir los boletos.
- Desconocer el segundo aviso: el que advierte si en tandas para menores de 13 años se pasarán avances de películas que sugieren compañía de un adulto para menores de 17.
- Creer que el Estado clasifica las películas: la ley difunde las clasificaciones que la industria adopta voluntariamente.
- Pensar que solo aplica a los cines: también a establecimientos comerciales y negocios ambulantes que vendan o alquilen películas.
Preguntas frecuentes
¿El cine tiene que decirme la clasificación antes de comprar?
Sí. El anuncio con las siglas y la definición de cada categoría debe instalarse, en los cines, en un lugar donde el consumidor pueda leerlo claramente antes de adquirir los boletos, en español e inglés y en lenguaje claro y entendible.
¿Y los avances para adultos en una película de niños?
Toda sala de cine deberá colocar un anuncio o letrero en español e inglés que advierta al público si, en las tandas de películas recomendadas para menores de 13 años, se pasarán avances o anuncios de películas en las que se sugiere que los menores de 17 años estén acompañados de un adulto.
¿Aplica a las tiendas que alquilan películas?
Sí. La obligación alcanza a toda sala de cine y establecimiento comercial, incluyendo negocios ambulantes, que venda y alquile películas en video y en cualquier otra forma, técnica o sistema.
¿Qué multa hay si no ponen el aviso?
El Secretario del DACO puede imponer multas administrativas no menores de quinientos (500) dólares ni mayores de cinco mil (5,000) dólares por violación al Artículo 2 de la ley, de conformidad con la Ley 5-1973.
Fuentes oficiales
Estas son las páginas del gobierno en las que se basa esta guía.
- Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO)
DACO
bvirtualogp.pr.gov
- Servicios del DACO
DACO
www.daco.pr.gov
Última verificación
24 de agosto de 2026
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