Saltar al contenido
MiPRFácil
ESEN
Negocios y permisos

Permiso Único: cuánto dura, cómo se renueva y cómo se transfiere

Última revisión: 5 de septiembre de 2026VerificadaOGPe

En resumen

La Regla 3.7.1 del Reglamento Conjunto Núm. 9473 es la que fija los plazos del Permiso Único, y son los datos que más cuestan cuando se pasan por alto. El permiso tendrá vigencia de uno a tres años, según se solicite. La renovación se presenta no menos de cuarenta y cinco días antes de la fecha de expiración; si se presenta después de ese límite pero antes de expirar, se podrá requerir un pago adicional, y si se presenta antes de expirar el permiso se entiende vigente hasta que salga la determinación final. Si se presenta después de expirado hay que pagar un cargo adicional, y la renovación solo se puede tramitar mientras no hayan transcurrido más de dos años desde la expiración: pasados esos dos años hay que solicitar un permiso nuevo. Además, la determinación que autoriza un Permiso Único queda sin efecto si el uso no se establece dentro de un año. La renovación cubre solo las certificaciones y licencias, no los usos ni el cumplimiento ambiental, salvo que se añadan usos nuevos, y no es revisable ni apelable excepto en cuanto a una enmienda al uso. El cambio de nombre o de dueño se transfiere de manera automática si se cumplen seis condiciones, y la transferencia no da vigencia nueva.

Enlace externo

Ir al sitio oficial

Saldrás de MiPRFácilSe abre en una pestaña nueva

docs.pr.gov

¿Qué es?

Es la Regla 3.7.1 del Capítulo 3.7 del Reglamento Conjunto Núm. 9473, en sus Secciones 3.7.1.1 a 3.7.1.5: qué incluye el Permiso Único, qué documentos pide una solicitud nueva, cuánto dura, cómo se renueva y cómo se transfiere al cambiar de dueño. Este sitio ya tiene una guía del Permiso Único escrita de lo que la OGPe publica en permisos.pr.gov —qué es, qué endosos agrupa y cómo se radica en el Single Business Portal—; esa guía no trae ninguno de los plazos del reglamento. Esta es la letra del reglamento.

¿Quién puede hacerlo?

Todo edificio nuevo o existente con usos no residenciales obtendrá el Permiso Único para iniciar o continuar sus operaciones. El permiso lo expiden la OGPe, los Municipios Autónomos con Jerarquía de la I a la III y los Profesionales Autorizados; el que expide un Profesional Autorizado queda sujeto a las limitaciones de la Sección 2.3.1.2 del Tomo II. El permiso podrá emitirse cuando el uso sea ministerial o cuando se haya autorizado previamente una variación en el uso. Y toda persona que posea un permiso de uso vigente deberá presentar una solicitud de Permiso Único al pedir una enmienda o un cambio de nombre, o si se le vence alguna de sus certificaciones o licencias.

Requisitos

  • Presentar la solicitud de renovación no menos de cuarenta y cinco días antes de la fecha de expiración del Permiso Único.Verificado con la fuente oficial
  • Establecer el uso autorizado dentro del término de un año a partir de la fecha de expedición: pasado ese año, la determinación final que autorizó el permiso queda sin efecto.Verificado con la fuente oficial
  • Si el permiso ya expiró: solicitar la renovación antes de que transcurran dos años desde la expiración y pagar el cargo adicional que fije el Secretario Auxiliar de la OGPe mediante Orden Administrativa.Verificado con la fuente oficial
  • Presentar la renovación en el SUI utilizando el mismo número de caso del permiso, que será el mismo durante todas sus renovaciones, y certificar que el uso está conforme al Permiso Único.Verificado con la fuente oficial
  • Para una transferencia por cambio de nombre, dueño o sucesor: presentar la solicitud de Permiso Único a nombre del nuevo dueño, hacer el pago, presentar el Permiso Único vigente, presentar evidencia de titularidad o contrato de arrendamiento, y que el uso autorizado continúe siendo de la misma naturaleza.Verificado con la fuente oficial

Documentos necesarios

Costo

Verifique el costo actual con la agencia oficial.

Cómo hacerlo paso a paso

  1. Paso 1: Qué agrupa el permiso y quién lo expide

    Todo edificio nuevo o existente con usos no residenciales obtendrá el Permiso Único para iniciar o continuar sus operaciones, y el permiso incluirá los usos; la Certificación de Exclusión Categórica o el documento ambiental aplicable; la Certificación para la Prevención de Incendios; las Licencias Sanitarias; y cualquier otra licencia o autorización aplicable que el reglamento requiera para la actividad. Lo expiden la OGPe, los Municipios Autónomos con Jerarquía de la I a la III y los Profesionales Autorizados. Las inspecciones que hagan falta para esas certificaciones y licencias, después de emitido el permiso, solo podrán realizarlas personal de la OGPe, el Negociado del Cuerpo de Bomberos, el Departamento de Salud, las Entidades Gubernamentales Concernidas o los Profesionales Autorizados.

  2. Paso 2: Lo que pide una solicitud nueva

    Además de la solicitud que exige la Regla 2.1.9 del Tomo II, toda solicitud nueva tiene que traer cuatro cosas. Un memorial explicativo donde se indique el uso solicitado y su naturaleza, la cantidad de empleados, el estacionamiento a proveer, el horario de operación y cualquier otra información adicional pertinente. Cualquier otra licencia o autorización requerida para la operación. Un croquis de la instalación que incluya el área del local o estructura a ocupar, la distribución interna, la ubicación con respecto a la vía de acceso, el estacionamiento a proveer y las dimensiones. Y fotos de la instalación en formato digital, del interior y del exterior.

  3. Paso 3: La vigencia: de uno a tres años, y el año para establecer el uso

    El Permiso Único tendrá vigencia de uno a tres años, según se solicite. Los usos autorizados en él no perderán vigencia mientras continúe la actividad comercial conforme al permiso de uso expedido, y no será necesario solicitar su renovación: lo que se renueva son las certificaciones y licencias que el permiso contiene. La resolución de aprobación para casos discrecionales tendrá un año de vigencia. Y hay un plazo que suele sorprender: toda determinación final que autorice un Permiso Único quedará sin efecto si el uso autorizado no queda establecido dentro del término de un año a partir de la fecha de expedición.

  4. Paso 4: Los cuarenta y cinco días, y los dos años de gracia

    La solicitud de renovación se presenta no menos de cuarenta y cinco días antes de la fecha de expiración; de no solicitarla, el permiso pierde vigencia en esa fecha. Si se presenta antes de la expiración pero con menos de cuarenta y cinco días de anticipación, se podrá requerir un pago adicional. Lo importante: todo Permiso Único cuya renovación se haya solicitado antes de su expiración se entenderá vigente hasta que se emita la determinación final. Si la solicitud se presenta después de expirado, hay que pagar un cargo adicional que determinará el Secretario Auxiliar de la OGPe mediante Orden Administrativa, y la renovación solo podrá tramitarse siempre y cuando no hayan transcurrido más de dos años desde la expiración. De haber transcurrido más de dos años, hay que solicitar un permiso nuevo. La renovación se presenta en el SUI usando el mismo número de caso del permiso, que será el mismo durante todas sus renovaciones.

  5. Paso 5: El correo de aviso no es un derecho

    El SUI podrá emitir una notificación de advertencia por correo electrónico para orientar y recordar a los solicitantes originales que la fecha de expiración se acerca. El reglamento es explícito sobre lo que ese correo no es: será a la entera discreción de la OGPe, sin que constituya o se interprete como un requisito o una obligación para efectos de que los términos sean efectivos o ininterrumpidos, y la falta de envío o de recibo no será utilizada como excusa o argumento para plantear que no se debe cumplir con cualquier requisito. Dicho de otro modo: el calendario es responsabilidad del negocio.

  6. Paso 6: Qué cubre la renovación y qué no

    La renovación será para las certificaciones y licencias contenidas en el permiso, eximiéndose de la renovación los usos y la determinación de cumplimiento ambiental, a menos que se añadan usos nuevos. No conlleva una nueva evaluación del uso ya autorizado y no requiere una inspección previa, aunque la entidad gubernamental concernida deberá inspeccionar para verificar que las licencias y certificaciones estén conforme con lo autorizado. Los requisitos son cuatro: completar la solicitud en el SUI y pagar cargos y derechos; certificar el dueño u operador que el uso está conforme al Permiso Único; de no estar conforme, proceder según la propia sección; y cumplir con lo que exija el Tomo de Licencias y Certificaciones, incluyendo la renovación de las licencias sanitarias y de prevención de incendios. El reglamento cierra la lista con una frase que conviene conocer: "No se solicitarán requisitos adicionales a los establecidos en esta Sección". Y la renovación no es revisable ni apelable, excepto que se autorice alguna enmienda al uso, y entonces solo en cuanto a la enmienda.

  7. Paso 7: Si la inspección encuentra usos que el permiso no cubre

    Si durante la inspección se identifican usos o actividades que no están conforme al Permiso Único, a las licencias o a las certificaciones, pero que están permitidas ministerialmente en el distrito de calificación donde ubica la propiedad, en términos de uso y de parámetros, habrá que solicitar una enmienda al Permiso Único para añadir la actividad. La aprobación de esa enmienda estará condicionada al pago de los cargos y derechos aplicables al uso añadido correspondiente al año anterior a la renovación. Y previo a la radicación se tendrá que realizar el pago de las multas o cargos correspondientes por haber operado esos usos sin autorización. Si no se solicita la enmienda, hay que eliminar esos usos o actividades.

  8. Paso 8: Cambio de dueño: transferencia automática con seis condiciones

    Cuando ocurra un cambio de nombre, dueño o sucesor, la OGPe, el Profesional Autorizado o el Municipio Autónomo con Jerarquía de la I a la III realizará la transferencia del Permiso Único de manera automática, siempre que se cumpla con seis cosas: presentar la solicitud de Permiso Único; hacer la solicitud de transferencia a nombre del nuevo dueño o sucesor; realizar el pago correspondiente; presentar el Permiso Único vigente; presentar evidencia de titularidad o contrato de arrendamiento; y que el uso autorizado continúe siendo de la misma naturaleza. La entidad que la haga notificará la transferencia a las demás agencias y municipios concernidos. Un punto que decide compras: con el cambio de dueño y la transferencia no se da una vigencia nueva; el permiso tendrá los mismos términos y fechas que el que se está transfiriendo. Y si el Permiso Único no está vigente pero es válido, o si el cambio se relaciona con un Permiso de Uso, hay que incluir evidencia de que el negocio estaba en operación. La solicitud de cambio de nombre no requiere una nueva solicitud de cumplimiento ambiental.

  9. Paso 9: Las sanciones y las zonas inundables

    En los casos de violadores en contumacia o rebeldía a órdenes finales expedidas por la OGPe, se podrá suspender el servicio eléctrico o de agua corriente, además de imponer una multa no mayor de mil quinientos dólares; y cuando la persona o entidad continúe operando sin el permiso correspondiente, se le podrá imponer una multa adicional de mil dólares diarios. Aparte, el Permiso Único para proyectos en zonas inundables deberá cumplir con los requisitos del Reglamento sobre Áreas Especiales de Riesgo a Inundaciones, el Reglamento de Planificación Núm. 13 vigente; y en Suelo Rústico Especialmente Protegido o en áreas de riesgo designadas por FEMA, cuando medien circunstancias que pongan en riesgo la salud y seguridad o impacten adversamente el medio ambiente, se podrá requerir la Certificación de Inundabilidad y el Certificado de Elevación de FEMA.

Dónde hacerlo

El Permiso Único y su renovación se presentan en el Sistema Unificado de Información (SUI) de la OGPe, en permisos.pr.gov, usando el mismo número de caso durante todas las renovaciones. También lo expiden los Municipios Autónomos con Jerarquía de la I a la III y los Profesionales Autorizados, estos últimos sujetos a las limitaciones de la Sección 2.3.1.2 del Tomo II del reglamento. El cargo por renovación tardía lo determina el Secretario Auxiliar de la OGPe mediante Orden Administrativa, que el reglamento no reproduce.

Cuánto tarda

Verifique el tiempo de procesamiento actual con la agencia oficial.

Qué hacer si hay un problema

Cuatro fechas deciden casi todo. La primera: el uso hay que establecerlo dentro de un año de expedido el permiso, o la determinación final queda sin efecto. La segunda: la renovación se presenta no menos de cuarenta y cinco días antes de la expiración; presentada más tarde pero antes de expirar, se puede requerir un pago adicional, aunque el permiso se mantiene vigente hasta la determinación final. La tercera: expirado el permiso, hay dos años para renovar pagando un cargo adicional; pasados esos dos años, se acabó la renovación y hay que empezar con un permiso nuevo. Y la cuarta, la que se olvida al comprar un negocio: la transferencia no da vigencia nueva, el permiso llega con las mismas fechas que tenía. Si en la inspección aparecen actividades que el permiso no cubre pero que el distrito permite ministerialmente, se piden por enmienda, pagando primero las multas por haberlas operado. Y no cuentes con el correo de aviso del SUI: el reglamento dice expresamente que no enviarlo o no recibirlo no sirve de excusa.

Errores comunes

  • Dejar pasar el año para establecer el uso y perder la determinación final que autorizó el permiso.
  • Presentar la renovación con menos de cuarenta y cinco días antes de la expiración y toparse con el pago adicional.
  • Dejar que pasen más de dos años desde la expiración: ya no se puede renovar, hay que solicitar un permiso nuevo.
  • Esperar el correo de aviso del SUI como si fuera una notificación obligatoria.
  • Comprar un negocio pensando que la transferencia del permiso reinicia la vigencia.
  • Pedir la transferencia cuando el uso autorizado ya no es de la misma naturaleza.
  • No incluir evidencia de que el negocio estaba en operación cuando el permiso no está vigente pero es válido.
  • Operar actividades que el Permiso Único no cubre y no pedir la enmienda antes de la inspección.
  • Radicar la enmienda sin pagar antes las multas o cargos por haber operado esos usos sin autorización.
  • Presentar una solicitud nueva sin el memorial explicativo, el croquis o las fotos del interior y el exterior.
  • Contar con apelar la renovación: no es revisable ni apelable, salvo en cuanto a una enmienda al uso.
  • Renovar en el SUI abriendo un caso nuevo en vez de usar el mismo número de caso del permiso.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto dura el Permiso Único?

Tendrá vigencia de uno a tres años, según se solicite. La resolución de aprobación para casos discrecionales tendrá un año de vigencia. Los usos autorizados no pierden vigencia mientras continúe la actividad comercial conforme al permiso de uso expedido; lo que se renueva son las certificaciones y licencias.

¿Con cuánta anticipación hay que renovar?

No menos de cuarenta y cinco días antes de la fecha de expiración. Si se presenta antes de expirar pero con menos de cuarenta y cinco días, se podrá requerir un pago adicional. Y todo permiso cuya renovación se haya solicitado antes de su expiración se entenderá vigente hasta que se emita la determinación final sobre la solicitud.

Se me venció el permiso, ¿todavía puedo renovarlo?

Sí, mientras no hayan transcurrido más de dos años desde la expiración, pagando el cargo adicional que determine el Secretario Auxiliar de la OGPe mediante Orden Administrativa. De haber transcurrido más de dos años, hay que solicitar un permiso nuevo.

¿Cómo se transfiere el permiso al comprar un negocio?

La transferencia es automática si se cumplen seis condiciones: presentar la solicitud de Permiso Único, hacerla a nombre del nuevo dueño o sucesor, realizar el pago, presentar el Permiso Único vigente, presentar evidencia de titularidad o contrato de arrendamiento, y que el uso autorizado continúe siendo de la misma naturaleza. Con la transferencia no se da una vigencia nueva: el permiso conserva los mismos términos y fechas.

¿La renovación se puede apelar?

La renovación del Permiso Único no es revisable ni apelable, excepto que se autorice alguna enmienda al uso; y para las enmiendas al uso solo se podrá solicitar revisión en cuanto a la acción o actividad contemplada en la enmienda.

¿Qué pasa si opero sin el permiso?

En los casos de violadores en contumacia o rebeldía a órdenes finales de la OGPe se podrá suspender el servicio eléctrico o de agua corriente e imponer una multa no mayor de mil quinientos dólares; y cuando la persona o entidad continúe operando sin el permiso correspondiente, se le podrá imponer una multa adicional de mil dólares diarios.

Fuentes oficiales

Estas son las páginas del gobierno en las que se basa esta guía.

Última verificación

5 de septiembre de 2026

MiPRFácil es un sitio informativo independiente y no está afiliado, respaldado ni operado por el Gobierno de Puerto Rico ni por ninguna agencia gubernamental.

MiPRFácil no tramita ni radica solicitudes por ti.

¿Esta guía te ayudó?

¿Encontraste información desactualizada?

¿Encontraste información desactualizada?

No necesitas cuenta. No pedimos datos personales.