En resumen
La Autorización de Rectificación de Cabida (ARC) es una aprobación expedida por la OGPe que certifica la mensura del solar o de la finca con el propósito de rectificar la cabida señalada en el Registro de la Propiedad y la evidencia de titularidad correspondiente. Dicho simple: cuando la medida que consta en tu título no coincide con la medida real del terreno, este es el trámite que produce el documento oficial para arreglarlo. El costo de radicación es de treinta dólares, que es poco; lo que cuesta es prepararlo. Se necesitan cuatro documentos, y los cuatro los firma o certifica un proyectista: la Certificación del Proyectista, la Carta de Autorización del Dueño al Proyectista, el Plano de Mensura Certificado por el Proyectista y la Certificación de Mensura debidamente Juramentada. Y hay un requisito que sorprende a casi todo el mundo: hay que entregar los nombres e información de contacto de todos los dueños de las propiedades que colindan con la tuya, preferiblemente incluyendo el correo electrónico. También hay que presentar un plano digital con el polígono de la extensión territorial del proyecto, geo-referenciado al Sistema de Coordenadas Planas Estatales, y evidencia fehaciente de que quien radica es dueño, optante o arrendatario debidamente autorizado por el dueño. La solicitud permanece abierta un máximo de treinta días: si no la completas en ese término, hay que empezar de nuevo.
¿Qué es?
Cabida es la superficie que el Registro de la Propiedad tiene anotada para tu finca. Casi siempre viene de una descripción vieja, hecha antes de que existieran los instrumentos de medición modernos, y arrastrada de escritura en escritura durante décadas. Cuando alguien mide el terreno de verdad y el número no cuadra, el Registro y la realidad se separan, y esa separación bloquea cosas: vender, segregar, hipotecar, heredar limpio. La rectificación de cabida es el camino para que el Registro diga lo que el terreno mide. La OGPe no mide tu solar: certifica la mensura que hizo un proyectista licenciado. Por eso los cuatro documentos exigidos son documentos del proyectista, no tuyos. Tu papel es autorizarlo por escrito, acreditar que eres el dueño y reunir la información de tus colindantes.
¿Quién puede hacerlo?
El manual exige evidencia fehaciente de que el proponente es dueño, optante o arrendatario debidamente autorizado por el dueño de la propiedad. Es decir, no hace falta ser el titular registral para radicar, pero sí hay que acreditar una de esas tres posiciones. También exige los nombres, la información de contacto y la certificación de los profesionales licenciados que participan en la acción propuesta, demostrando que están debidamente licenciados y colegiados en Puerto Rico, si alguno participa.
Requisitos
- Un plano digital con el polígono de la extensión territorial del proyecto, geo-referenciado al Sistema de Coordenadas Planas Estatales, que ilustre la ubicación geográfica del predio.Verificado con la fuente oficial
- Evidencia fehaciente de que el proponente es dueño, optante o arrendatario debidamente autorizado por el dueño de la propiedad.Verificado con la fuente oficial
- Nombres, información de contacto y certificación de los profesionales licenciados que participan, demostrando que están debidamente licenciados y colegiados en Puerto Rico.Verificado con la fuente oficial
- Nombres e información de contacto de todos los dueños de propiedades que colindan con la propiedad objeto de la solicitud, preferiblemente incluyendo el correo electrónico.Verificado con la fuente oficial
Documentos necesarios
Costo
El precio de radicación de esta solicitud será de $30. No incluye los honorarios del proyectista que hace la mensura y certifica el plano, que no están publicados en esta fuente.
Verificado con la fuente oficial · 15 de agosto de 2026
Cómo hacerlo paso a paso
Paso 1: Confirma que el problema es de cabida y no otro
La ARC sirve para una cosa concreta: certificar la mensura del solar o de la finca con el propósito de rectificar la cabida señalada en el Registro de la Propiedad y la evidencia de titularidad correspondiente. Si lo que tienes es un problema de linderos disputados con el vecino, de titularidad, o quieres dividir la finca en varios solares, ese es otro trámite. Para segregar o lotificar existe la Autorización de Planos de Inscripción. Para adquirir por posesión existe la usucapión, que es un pleito, no un permiso.
Paso 2: Contrata al proyectista: los cuatro documentos son suyos
Los cuatro documentos requeridos son la Certificación del Proyectista, la Carta de Autorización del Dueño al Proyectista, el Plano de Mensura Certificado por el Proyectista y la Certificación de Mensura debidamente Juramentada. Tres los produce el proyectista y uno lo firmas tú para autorizarlo. Esto no es un trámite que completes solo por treinta dólares: los treinta dólares son la radicación. El trabajo de campo, el plano geo-referenciado y la certificación jurada los hace un profesional licenciado, y sus honorarios no están publicados en el manual.
Paso 3: Reúne los datos de todos tus colindantes
Este es el requisito que alarga el trámite. La solicitud exige los nombres y la información de contacto de todos los dueños de propiedades que colindan con la propiedad objeto de la solicitud, preferiblemente incluyendo el correo electrónico. Todos, no los que conozcas. Si un solar colindante está en sucesión, abandonado o su dueño vive fuera, esa es la parte que te va a tomar tiempo, y conviene empezarla antes de abrir la solicitud en el sistema, no después.
Paso 4: Radica en el Single Business Portal y paga los $30
En el Single Business Portal se presiona la casilla de Permisos o la de Todos y se selecciona ARC, Autorización de Rectificación de Cabida. Si el proyecto no existe todavía en el sistema, primero se crea el proyecto y luego se completa la solicitud. El precio de radicación es de treinta dólares.
Paso 5: Complétala dentro de treinta días
La solicitud de servicio permanecerá abierta por un término máximo de treinta días para que el solicitante pueda completarla. Transcurrido dicho término sin que se complete o sin que se carguen todos los documentos requeridos, el solicitante tendrá que comenzar el proceso de solicitud nuevamente. Por eso conviene tener la mensura hecha y los colindantes identificados antes de abrir la solicitud: el reloj corre sobre el expediente, no sobre tu preparación.
Dónde hacerlo
La ARC se radica en el Single Business Portal de la OGPe, seleccionando Autorización de Rectificación de Cabida bajo Permisos o Todos. El manual del solicitante está publicado en la sección de Fuentes de Información de permisos.pr.gov. La inscripción posterior de la cabida corregida se hace en el Registro de la Propiedad, que es una oficina distinta.
Cuánto tarda
Qué hacer si hay un problema
Lo que el manual no publica, y esta guía no inventa: no dice cuánto tarda la OGPe en resolver la solicitud. El término de treinta días que sí publica es para que tú completes el expediente, no para que la agencia decida. Tampoco dice qué pasa si un colindante se opone, ni si hay una vista, ni si la aprobación de la OGPe se inscribe automáticamente en el Registro de la Propiedad o hay que llevarla. Tampoco publica los honorarios del proyectista. Y una advertencia de expectativas: la ARC certifica una mensura, y certificar una mensura no resuelve un conflicto de titularidad ni un lindero disputado. Si tu vecino sostiene que parte de lo que mediste es suyo, ese es un asunto de tribunal, no de permiso. Por último, un detalle de método: reúne la información de colindantes antes de abrir la solicitud, porque el término de treinta días no se detiene mientras la buscas.
Errores comunes
- Abrir la solicitud antes de tener la mensura hecha y perder el término de treinta días.
- Entregar solo los colindantes que conoces: el manual exige todos los dueños que colindan.
- Creer que los $30 cubren la mensura: cubren la radicación, no el trabajo del proyectista.
- Usar la rectificación de cabida para resolver un lindero disputado con el vecino, que es asunto de tribunal.
- Usar la ARC para segregar o lotificar, cuando eso va por la Autorización de Planos de Inscripción.
- Radicar sin evidencia fehaciente de ser dueño, optante o arrendatario autorizado.
- Someter un plano que no esté geo-referenciado al Sistema de Coordenadas Planas Estatales.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto cuesta rectificar la cabida de mi solar?
La radicación en la OGPe cuesta $30. Aparte van los honorarios del proyectista que hace la mensura y certifica el plano, que el manual no publica.
¿Puedo hacerlo yo sin un agrimensor?
No según lo que exige el manual. Tres de los cuatro documentos requeridos son del proyectista —su certificación, el plano de mensura certificado y la certificación de mensura juramentada—, y el plano tiene que estar geo-referenciado al Sistema de Coordenadas Planas Estatales.
¿Tengo que avisarle a mis vecinos?
La solicitud exige que entregues los nombres y la información de contacto de todos los dueños de las propiedades colindantes, preferiblemente con correo electrónico. El manual no describe qué notificación se les hace después ni qué pasa si alguno se opone; esta guía no lo supone.
¿La aprobación de la OGPe cambia sola el Registro de la Propiedad?
El manual describe la ARC como la aprobación que certifica la mensura con el propósito de rectificar la cabida señalada en el Registro, pero no dice que la inscripción ocurra automáticamente. El Registro de la Propiedad es una oficina distinta de la OGPe. Confirma con tu notario o con el Registro qué hace falta después de la aprobación.
Fuentes oficiales
Estas son las páginas del gobierno en las que se basa esta guía.
- Oficina de Gerencia de Permisos (OGPe)
OGPe
docs.pr.gov
- Fuentes de Información de la OGPe: manuales de trámites del Single Business Portal
ogpe
www.permisos.pr.gov
Última verificación
15 de agosto de 2026
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