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Trabajo y desempleo

Ningún menor de 18 puede ser usado para promocionar alcohol o tabaco

Última revisión: 24 de agosto de 2026VerificadaDepartamento del Trabajo

En resumen

La Ley 204 de 7 de agosto de 1998 prohíbe emplear, contratar o utilizar menores de dieciocho (18) años de edad para trabajar, participar o dedicarse a actividades publicitarias, de promoción, mercadeo, anuncios y cualesquiera otras actividades dirigidas a promocionar la venta y consumo de bebidas alcohólicas y productos relacionados al tabaco. Además, toda persona natural o jurídica que interese emplear, contratar o utilizar personas para esas actividades deberá requerir uno de tres documentos que acrediten la edad: copia certificada del certificado de nacimiento o transcripción certificada por el Registro Demográfico; pasaporte expedido por el Departamento de Estado de los Estados Unidos; o cualquier otra constancia documental que acredite la edad, expedida y certificada por un Tribunal. Quien emplee, contrate, utilice, procure emplear o utilizar, o permita trabajar o utilizar a un menor de dieciocho años en esas actividades incurre en delito menos grave, sancionado con reclusión que no excederá de seis (6) meses o multa que no será menor de mil (1,000) dólares ni mayor de tres mil (3,000) dólares, o ambas penas a discreción del Tribunal. El Secretario del Departamento del Trabajo y Recursos Humanos, en coordinación con el Secretario de Justicia, adopta las medidas necesarias para el cumplimiento.

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¿Qué es?

Es la prohibición expresa que faltaba. La exposición de motivos de la ley lo dice: el ordenamiento sobre empleo de menores guardaba silencio en cuanto a prohibir expresamente el empleo de menores en actividades que promuevan el consumo y la venta de bebidas alcohólicas y de cigarrillos, y aunque de la normativa general podía inferirse, la ambigüedad se estaba aprovechando en conciertos, festivales playeros, supermercados, tiendas por departamentos y gasolineras. Esta ley cierra esa puerta con nombre y apellido.

¿Quién puede hacerlo?

La prohibición protege a toda persona menor de dieciocho (18) años. El obligado es toda persona natural o jurídica que emplee, contrate o utilice personas para actividades dirigidas a promocionar la venta y el consumo de bebidas alcohólicas y productos relacionados al tabaco.

Requisitos

  • Que la persona empleada, contratada o utilizada sea menor de dieciocho (18) años.Verificado con la fuente oficial
  • Que la actividad sea publicitaria, de promoción, mercadeo, anuncios o cualquier otra dirigida a promocionar la venta y consumo de bebidas alcohólicas o productos relacionados al tabaco.Verificado con la fuente oficial

Documentos necesarios

Costo

Este trámite no tiene costo.

Cómo hacerlo paso a paso

  1. Paso 1: «Utilizar» está prohibido igual que contratar

    El artículo de prohibición usa tres verbos: emplear, contratar o utilizar. No hace falta que haya contrato ni paga. Un menor repartiendo muestras, sosteniendo un cartel, sirviendo en un quiosco de la marca o apareciendo en el anuncio cae dentro del texto si la actividad va dirigida a promocionar la venta y el consumo de esos productos.

  2. Paso 2: La lista de documentos de edad es cerrada

    La ley nombra tres: copia certificada del certificado de nacimiento o transcripción certificada por el Registro Demográfico; pasaporte expedido por el Departamento de Estado de los Estados Unidos; o cualquier otra constancia documental que acredite la edad expedida y certificada por un Tribunal. Nota lo que no aparece: la licencia de conducir no está en esa lista. El deber de requerir el documento es del que emplea, contrata o utiliza, y aplica a toda persona que se vaya a usar en esas actividades, no solo a las que parezcan menores.

  3. Paso 3: La pena alcanza también al que «permite»

    El artículo de penalidades es deliberadamente amplio: cualquier persona natural o jurídica que emplee, contrate, utilice, procure emplear o utilizar, o permita trabajar o utilizar a un menor de dieciocho años en esas actividades incurre en delito menos grave. Es decir, el local o el organizador que lo permite queda alcanzado, no solo la marca que contrató.

  4. Paso 4: La sanción

    Delito menos grave, sancionado con pena de reclusión que no excederá de seis (6) meses o con multa que no será menor de mil (1,000.00) dólares ni mayor de tres mil (3,000.00) dólares, o ambas penas a discreción del Tribunal. El piso de mil dólares es lo notable: la ley fija un mínimo, no solo un techo.

  5. Paso 5: A quién le toca hacerla cumplir

    El Secretario del Departamento del Trabajo y Recursos Humanos, en coordinación con el Secretario del Departamento de Justicia, adoptará las medidas necesarias para el fiel cumplimiento de las disposiciones de esta ley. Esa es la coordinación que la ley nombra; es a esas dos agencias a las que se dirige la queja.

Dónde hacerlo

El Departamento del Trabajo y Recursos Humanos, en coordinación con Justicia, es a quien la ley encarga hacerla cumplir. Si lo que hay es empleo de un menor en general —permisos, horarios, ocupaciones— esa es la guía de permiso de empleo de menores. Si el asunto es la venta del producto al menor y no su uso en la promoción, esas son las guías de venta de tabaco a menores y de cigarrillos electrónicos.

Cuánto tarda

Verifique el tiempo de procesamiento actual con la agencia oficial.

Qué hacer si hay un problema

Lo que la ley no define y lo que no leímos. La ley no define «productos relacionados al tabaco» ni «bebidas alcohólicas», y no le vamos a inventar una definición. La exposición de motivos describe el marco previo —la Ley 230 de 1942 sobre empleo de menores, la Ley 112 de 1985 sobre actividades artísticas y el Reglamento 3479 de 1987, que prohíbe emplear menores donde se expendan bebidas alcohólicas como actividad principal, en lugares declarados peligrosos, en espectáculos obscenos y en escenas de naturaleza obscena— pero no leímos ninguna de esas tres fuentes, así que las reportamos como lo que son: el trasfondo que la propia ley narra, no requisitos que estemos verificando. Tampoco leímos reglamento alguno adoptado bajo el Artículo 4, de modo que no describimos procedimiento de querella, formularios ni términos. Y esta ley no fija edad para consumir ni para comprar esos productos: prohíbe usar menores para promocionarlos.

Errores comunes

  • Creer que hace falta un contrato: la ley prohíbe emplear, contratar o utilizar.
  • Aceptar una licencia de conducir como prueba de edad: no está en la lista cerrada de tres documentos.
  • Pensar que solo responde la marca: la ley alcanza a quien procure o permita usar al menor.
  • Confundir esta ley con la edad para comprar: aquí se regula quién promociona, no quién consume.
  • Suponer que un menor puede aparecer si no habla del producto: la prohibición es sobre la actividad dirigida a promocionar la venta y el consumo.
  • Creer que la multa es simbólica: no será menor de mil dólares ni mayor de tres mil.

Preguntas frecuentes

¿Puede un joven de 17 repartir muestras de cerveza si no le pagan?

No. La prohibición es emplear, contratar o utilizar menores de dieciocho años para trabajar, participar o dedicarse a esas actividades. «Utilizar» no requiere paga ni contrato.

¿Qué documento de edad tiene que pedir el que contrata?

Uno de estos tres: copia certificada del certificado de nacimiento o transcripción certificada por el Registro Demográfico; pasaporte expedido por el Departamento de Estado de los Estados Unidos; o cualquier otra constancia documental que acredite la edad expedida y certificada por un Tribunal.

¿Qué pena tiene el que lo permite?

La misma. La ley alcanza a quien emplee, contrate, utilice, procure emplear o utilizar, o permita trabajar o utilizar al menor: delito menos grave, reclusión que no excederá de seis meses o multa de mil a tres mil dólares, o ambas, a discreción del Tribunal.

¿Qué agencia se encarga?

El Secretario del Departamento del Trabajo y Recursos Humanos, en coordinación con el Secretario del Departamento de Justicia, adoptará las medidas necesarias para el fiel cumplimiento de la ley.

Fuentes oficiales

Estas son las páginas del gobierno en las que se basa esta guía.

Última verificación

24 de agosto de 2026

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