En resumen
El Artículo 1505 del Código Civil de 2020 define la categoría: son contratos aleatorios aquellos cuyas ventajas o desventajas económicas dependen de un acontecimiento incierto para ambas partes o sólo una de ellas. Conviene fijarse en esa última parte, porque la incertidumbre no tiene que ser compartida: basta con que lo sea para una sola. El Artículo 1506 los enumera: el seguro; el juego; la apuesta; la división por suerte; la decisión por suerte; la renta vitalicia; la venta de un derecho litigioso; y cualesquiera otros contratos convenidos conforme a la autonomía de la voluntad. Ese último inciso deja la lista abierta, así que los siete nombrados son ejemplos y no un conjunto cerrado. El Artículo 1507 responde la pregunta que más importa en la práctica: los contratos aleatorios, salvo en lo referente a la asunción del riesgo que da lugar a sus posibles ventajas o desventajas, están sujetos a las normas de eficacia e ineficacia de los contratos en general, entre las que se incluyen las relacionadas con la rescisión. Dicho de otro modo: que hayas asumido un riesgo no convierte al contrato en intocable; lo que queda fuera de revisión es la suerte, no el resto. La Sección Segunda entra en el seguro con dos artículos. El Artículo 1508 lo define: es aquel mediante el cual una persona se obliga a indemnizar a otra, a pagarle o a proveerle un beneficio específico o determinable, al producirse un suceso incierto previsto en el mismo; y añade que el término seguro incluye reaseguro. Y el Artículo 1509 saca la materia entera del Código: todo lo relacionado con el contrato de seguro se rige por las disposiciones de la legislación especial. El Código no nombra esa legislación. No la leímos para esta guía, así que aquí no se nombra ninguna ley de seguros ni se describe ninguna de sus reglas.
¿Qué es?
Son los Artículos 1505 a 1509 del Código Civil de 2020: qué es un contrato aleatorio, cuáles enumera el Código, qué reglas generales les aplican, y la definición del contrato de seguro con su remisión a la legislación especial.
¿Quién puede hacerlo?
Partes de un contrato cuyas ventajas o desventajas económicas dependen de un acontecimiento incierto, bajo el Código Civil de Puerto Rico.
Requisitos
- Que las ventajas o desventajas económicas dependan de un acontecimiento incierto para ambas partes o sólo una de ellas.Verificado con la fuente oficial
- La lista del Artículo 1506 incluye el seguro, el juego, la apuesta, la división y la decisión por suerte, la renta vitalicia y la venta de un derecho litigioso, y queda abierta por su inciso (h).Verificado con la fuente oficial
- Salvo en la asunción del riesgo, se les aplican las normas de eficacia e ineficacia de los contratos en general, incluida la rescisión.Verificado con la fuente oficial
- Todo lo relacionado con el contrato de seguro se rige por las disposiciones de la legislación especial, que el Código no nombra.Verificado con la fuente oficial
Documentos necesarios
Costo
Cómo hacerlo paso a paso
Paso 1: Qué hace aleatorio a un contrato
Artículo 1505: que sus ventajas o desventajas económicas dependan de un acontecimiento incierto. La incertidumbre es sobre el resultado económico, no sobre la existencia del contrato.
Paso 2: La incertidumbre puede ser de un solo lado
El mismo artículo lo dice: incierto para ambas partes o sólo una de ellas. No hace falta que las dos estén a ciegas para que el contrato sea aleatorio.
Paso 3: Los siete que el Código nombra
Artículo 1506: el seguro, el juego, la apuesta, la división por suerte, la decisión por suerte, la renta vitalicia y la venta de un derecho litigioso.
Paso 4: Y la lista queda abierta
Inciso (h): y cualesquiera otros contratos convenidos conforme a la autonomía de la voluntad. Los siete anteriores son ejemplos, no un conjunto cerrado.
Paso 5: Asumir un riesgo no blinda el contrato
Artículo 1507: los contratos aleatorios, salvo en lo referente a la asunción del riesgo que da lugar a sus posibles ventajas o desventajas, están sujetos a las normas de eficacia e ineficacia de los contratos en general, entre las que se incluyen las relacionadas con la rescisión.
Paso 6: Lo que queda fuera de revisión es la suerte
La excepción del artículo alcanza a la asunción del riesgo, no al contrato entero. Que hayas apostado a un resultado no impide revisar lo demás por las causas generales. El Código no detalla qué cae exactamente dentro de esa asunción del riesgo, y esta guía no lo precisa por él.
Paso 7: El seguro, definido en el Código
Artículo 1508: aquel mediante el cual una persona se obliga a indemnizar a otra, a pagarle o a proveerle un beneficio específico o determinable, al producirse un suceso incierto previsto en el mismo. Tres verbos —indemnizar, pagar, proveer— y un suceso previsto en el propio contrato.
Paso 8: Y el reaseguro entra en la palabra
El mismo artículo lo cierra: el término seguro incluye reaseguro. Es una definición del Código, no un detalle menor de redacción.
Paso 9: Pero el seguro se rige por otra ley
Artículo 1509: todo lo relacionado con el contrato de seguro se rige por las disposiciones de la legislación especial. El Código lo define y acto seguido manda la materia fuera de sí mismo.
Paso 10: Y no dice cuál es esa ley
El artículo no nombra ninguna. No la leímos para esta guía, así que aquí no se nombra ley de seguros alguna ni se describe ninguna de sus reglas: si tu asunto es una póliza, una reclamación o una cancelación, eso se rige por esa legislación especial y no por estos artículos.
Paso 11: Lo que esta guía no cubre del capítulo
La sección del juego y la apuesta, con la regla de que no hay acción de cobro y las demás que la acompañan, no está en esta guía.
Dónde hacerlo
Estos artículos no describen trámite ante agencia alguna. Las controversias sobre un contrato aleatorio las decide el Tribunal de Primera Instancia. Todo lo relacionado con el contrato de seguro queda remitido por el propio Código a la legislación especial, que no nombra.
Cuánto tarda
Qué hacer si hay un problema
Si tu asunto es una póliza, una reclamación o una cancelación de seguro, estos artículos no lo resuelven: el Artículo 1509 lo manda a la legislación especial, y este sitio tiene guías propias sobre varias materias de seguros. Si lo tuyo es juego o apuesta, esa sección del capítulo no está en esta guía. La renta vitalicia, la venta de un derecho litigioso y la división o decisión por suerte aparecen aquí solo nombradas en la lista. Estos artículos no fijan forma, arancel ni plazo. MiPRFácil no representa a nadie ante los tribunales ni brinda asesoría legal.
Errores comunes
- Creer que un contrato aleatorio no se puede rescindir: el Artículo 1507 les aplica las reglas generales, rescisión incluida.
- Leer la excepción del Artículo 1507 como si cubriera el contrato entero: alcanza a la asunción del riesgo.
- Suponer que la incertidumbre tiene que ser de las dos partes: el artículo admite que lo sea de una sola.
- Tomar la lista del Artículo 1506 como cerrada: el inciso (h) la deja abierta.
- Buscar en el Código Civil las reglas de las pólizas de seguro: el Artículo 1509 las manda a la legislación especial.
- Olvidar que, para el Código, el término seguro incluye reaseguro.
- Esperar que estos artículos regulen la renta vitalicia o la venta de un derecho litigioso: solo los nombran.
Preguntas frecuentes
¿Se puede rescindir un contrato de suerte?
El Artículo 1507 somete los contratos aleatorios a las normas de eficacia e ineficacia de los contratos en general, entre las que se incluyen las relacionadas con la rescisión, salvo en lo referente a la asunción del riesgo.
¿El Código Civil regula mi póliza de seguro?
El Artículo 1508 define el contrato de seguro, pero el Artículo 1509 dice que todo lo relacionado con él se rige por las disposiciones de la legislación especial, que el Código no nombra.
¿Tiene que ser incierto para los dos?
No. El Artículo 1505 admite que el acontecimiento sea incierto para ambas partes o sólo una de ellas.
¿Qué contratos son aleatorios?
El Artículo 1506 nombra el seguro, el juego, la apuesta, la división por suerte, la decisión por suerte, la renta vitalicia y la venta de un derecho litigioso, y añade cualesquiera otros convenidos conforme a la autonomía de la voluntad.
Fuentes oficiales
Estas son las páginas del gobierno en las que se basa esta guía.
- Poder Judicial de Puerto Rico
Poder Judicial
bvirtualogp.pr.gov
Última verificación
10 de septiembre de 2026
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