En resumen
El SINOT paga beneficios a trabajadores asegurados que perdieron salarios por una incapacidad causada por una enfermedad o lesión que NO está relacionada con el empleo ni con un accidente de automóvil. Para cualificar hay que estar incapacitado, estar en tratamiento con un médico o quiropráctico autorizado, y haber recibido al menos $150.00 en salarios en un empleo asegurado durante tu año básico. Se solicita con el formulario SI-1. El beneficio mínimo es de $12.00 semanales, y el máximo de $55.00 en la fase agrícola y $113.00 en la industrial, por hasta 26 semanas dentro de cualquier periodo de 52 semanas consecutivas.
¿Qué es?
El Seguro por Incapacidad No Ocupacional Temporal es un programa del Departamento del Trabajo y Recursos Humanos que paga beneficios a los trabajadores asegurados que han perdido sus salarios como consecuencia de una incapacidad ocasionada por una enfermedad o lesión que no esté relacionada con el empleo ni con un accidente de automóvil. Además paga beneficios por desmembramiento, y beneficios por muerte de un trabajador asegurado a sus dependientes. El DTRH añade que el programa incluye disposiciones asociadas a la reserva y garantías de empleo para los trabajadores incapacitados. Lo financia una contribución patronal: .60% del salario del trabajador hasta un máximo de $9,000.00 por año natural, de la cual la aportación del trabajador no puede ser mayor del .30%.
¿Quién puede hacerlo?
El DTRH publica tres requisitos de elegibilidad: estar incapacitado para trabajar como consecuencia de una enfermedad o lesión que no esté relacionada con el empleo ni con un accidente de automóvil; estar en tratamiento con un médico o quiropráctico debidamente autorizado; y haber recibido salarios de por lo menos $150.00 en un empleo asegurado durante tu año básico. Hay además varios escenarios que el DTRH contempla expresamente: una trabajadora embarazada con complicaciones certificadas por el médico antes o después del embarazo puede recibir beneficios; alguien que se incapacite mientras recibe desempleo puede solicitar SINOT pero no por el mismo periodo; alguien con una reclamación en el Fondo del Seguro del Estado puede reclamar en el SINOT mientras se evalúa si es o no relacionada con el trabajo, siempre que no esté recibiendo Fondo de Anticipo; y quien recibe pensión pública, privada o del Seguro Social federal puede ser elegible si trabajó por lo menos 15 semanas después de comenzar a recibirla.
Requisitos
- Estar incapacitado para trabajar como consecuencia de una enfermedad o lesión que no esté relacionada con el empleo ni con un accidente de automóvil.Verificado con la fuente oficial
- Estar en tratamiento con un médico o quiropráctico debidamente autorizado.Verificado con la fuente oficial
- Haber recibido salarios de por lo menos $150.00 en un empleo asegurado durante tu año básico.Verificado con la fuente oficial
- Completar el formulario SI-1 en todos los encasillados, especialmente los relativos a pagos que el patrono te haya hecho por vacaciones, enfermedad, días feriados, maternidad y otros: el DTRH lo subraya expresamente.Verificado con la fuente oficial
Documentos necesarios
Costo
Cómo hacerlo paso a paso
Paso 1: Confirma que tu caso es del SINOT y no de otro seguro
Es el filtro que decide todo. El SINOT cubre incapacidades que NO están relacionadas con el empleo y que NO vienen de un accidente de automóvil. Si te lesionaste trabajando, eso corresponde a la Corporación del Fondo del Seguro del Estado. Si fue un accidente de auto, va por la cobertura de automóvil. Equivocarse de sistema es lo que hace perder semanas.
Paso 2: Ponte en tratamiento con un médico o quiropráctico autorizado
No es un consejo de salud, es un requisito de elegibilidad: el DTRH exige estar en tratamiento con un médico o quiropráctico debidamente autorizado. Sin tratamiento activo no se cumple con uno de los tres requisitos que la agencia publica.
Paso 3: Consigue el formulario SI-1
El DTRH da cuatro vías para obtenerlo: con tu patrono, en las Oficinas Locales del Departamento, en la Oficina Central, o descargándolo del enlace que publica en su página del SINOT. Cualquiera de las cuatro sirve, así que empieza por la que te quede más a mano.
Paso 4: Llénalo completo, sobre todo la parte de pagos del patrono
El DTRH lo subraya: el formulario debe completarse en todos los encasillados, especialmente aquellos relativos a pagos que efectúe el patrono al trabajador por vacaciones, enfermedad, días feriados, maternidad y otros. Esa sección determina cómo se calcula tu beneficio, así que dejarla en blanco es una forma segura de que la reclamación se atrase.
Paso 5: Entrégalo en persona o por correo
El DTRH acepta ambas. Por correo publica dos direcciones: el Edificio Prudencio Rivera Martínez, piso 10, 505 Ave. Muñoz Rivera, San Juan PR 00918-3514; o el PO Box 195540, San Juan PR 00919-5540. En persona, en las mismas oficinas donde se consigue el formulario.
Paso 6: Si estás recibiendo desempleo, cuida los periodos
El DTRH lo explica claro: un trabajador que se incapacite mientras está recibiendo Seguro por Desempleo podría solicitar SINOT, pero no por el mismo periodo reclamado, porque no se pueden recibir ambos beneficios a la vez. Cuando te recuperes, podrás renovar la reclamación del desempleo.
Dónde hacerlo
En el Departamento del Trabajo y Recursos Humanos, Negociado de Beneficios al Trabajador, Programa del Seguro por Incapacidad No Ocupacional Temporal. En persona en las Oficinas Locales o en la Oficina Central, o por correo al Edif. Prudencio Rivera Martínez, piso 10, 505 Ave. Muñoz Rivera, San Juan PR 00918-3514, o al PO Box 195540, San Juan PR 00919-5540. La oficina de San Juan/Hato Rey publica el correo sinot@trabajo.pr.gov y el teléfono 787-754-5850.
Cuánto tarda
Qué hacer si hay un problema
Si te deniegan por no cumplir con el mínimo de salarios, el requisito es haber recibido por lo menos $150.00 en un empleo asegurado durante tu año básico; si trabajaste menos que eso en el periodo que cuenta, no es un error del sistema. Si tu patrono está exento de contribuir —el DTRH nombra a las instituciones sin fines de lucro, los patronos domésticos privados, el gobierno municipal, estatal y federal, los choferes y los empleados de la fase agrícola—, revisa si te aseguraron mediante el seguro voluntario, porque los patronos exentos pueden hacerlo. Si tienes un caso abierto en el Fondo del Seguro del Estado, puedes reclamar en el SINOT mientras se evalúa si tu condición está o no relacionada con el trabajo, siempre que no estés recibiendo Fondo de Anticipo de esa corporación. Y si recibes pensión, el DTRH exige haber trabajado por lo menos 15 semanas después de comenzar a recibirla. PRFácil no radica reclamaciones ni determina elegibilidad; para dudas sobre tu caso, comunícate con el SINOT al 787-754-5850 o a sinot@trabajo.pr.gov.
Errores comunes
- Radicar en el SINOT una lesión que ocurrió trabajando, que corresponde a la Corporación del Fondo del Seguro del Estado, o una de un accidente de automóvil, que va por otra cobertura.
- Dejar en blanco la sección del SI-1 sobre pagos del patrono por vacaciones, enfermedad, días feriados o maternidad, que es la que el DTRH subraya como esencial.
- Solicitar sin estar en tratamiento con un médico o quiropráctico autorizado, que es uno de los tres requisitos de elegibilidad.
- Reclamar SINOT y desempleo por el mismo periodo, cuando no se pueden recibir ambos a la vez.
- Asumir que estás cubierto sin verificarlo, cuando hay patronos exentos de contribuir que solo aseguran a sus empleados si solicitan el seguro voluntario.
- Esperar demasiado para reclamar un beneficio por muerte: hay que reclamarlo dentro de los seis meses siguientes, y después de un año no se paga salvo para dependientes menores o incapacitados.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto paga el SINOT y por cuánto tiempo?
La cantidad depende de los salarios asegurados en el año básico de tu reclamación. El DTRH publica un beneficio mínimo de $12.00 semanales, y un máximo de $55.00 semanales en la fase agrícola y $113.00 en la fase industrial. El beneficio se paga mientras dure la incapacidad, o hasta un máximo de 26 semanas en cualquier periodo de 52 semanas naturales consecutivas.
Estoy embarazada. ¿Puedo reclamar?
El DTRH lo contempla: una trabajadora en estado de embarazo, si sufre complicaciones certificadas por el médico antes y después del embarazo, puede recibir beneficios si cumple con las demás disposiciones de la Ley. La clave está en las complicaciones certificadas por el médico, no en el embarazo por sí solo.
¿Qué son los beneficios por desmembramiento?
Son pagos a trabajadores asegurados cuya lesión o enfermedad compensable ocasione ciertas pérdidas, y el DTRH publica la tabla: $4,000.00 por la pérdida total y permanente de la vista de ambos ojos, de ambos pies desde o sobre el tobillo, de ambos brazos desde o sobre la muñeca, o de un brazo o una pierna; $3,000.00 por un brazo desde o sobre la muñeca o una pierna desde o sobre el tobillo; $2,500.00 por una mano o pie, o por la pérdida total y permanente de la vista de un ojo; y $2,000.00 por al menos tres dedos de la mano o el pie.
Murió un familiar que estaba asegurado. ¿Qué hago?
Se reclama con el formulario SI-63, «Solicitud de Beneficios por Muerte», y hay un plazo que importa: debe reclamarse durante los seis meses siguientes a la fecha de la muerte del trabajador asegurado. El DTRH advierte que no se pagarán beneficios por reclamaciones radicadas después de un año de la muerte, excepto en los casos de dependientes menores de edad o incapacitados. El beneficio por muerte es de $4,000.00, prorrateado entre los dependientes directos, más cualquier beneficio que se le adeudara al trabajador.
Fuentes oficiales
Estas son las páginas del gobierno en las que se basa esta guía.
- Departamento del Trabajo y Recursos Humanos (DTRH)
Departamento del Trabajo
www.trabajo.pr.gov
- Departamento del Trabajo y Recursos Humanos
DTRH
www.trabajo.pr.gov
Última verificación
13 de agosto de 2026
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