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Cómo se mide y se instala un rótulo: tamaño, doce pulgadas y ocho pies libres

Última revisión: 6 de septiembre de 2026VerificadaOGPe

En resumen

La Regla 8.7.4 del Reglamento Conjunto Núm. 9473 es la que dice cómo se mide y cómo se instala un rótulo, antes de entrar en cuánto permite cada distrito. El área de un rótulo en fachada se calcula sobre el área comprendida dentro del contorno de la fachada del edificio o local; el de poste sobre el terreno, sobre el área total del panel incluyendo el marco; y el de letra individual, sobre el área que ocupen las letras o figuras. Cada cara se computa individualmente, y cada lado de una estructura de más de un lado se considera un rótulo separado. En estaciones de gasolina y servi-carros no se contabilizan los rótulos direccionales, de seguridad, de precio de gasolina y diésel, ni el panel de menú. De ubicación, las reglas duras son tres: el rótulo no puede extenderse fuera de la periferia del contorno de la fachada original; si la fachada colinda con la acera, no puede invadir más de doce pulgadas y debe dejar ocho pies de luz libre; y sobre el terreno no puede proyectarse sobre la vía pública, tiene que quedar dentro del solar. En el techo solo se permiten rótulos de letra individual, y solo en edificios de valor arquitectónico y cultural donde sea necesario para conservar ese valor. En fachadas paralelas a vías del National Highway System la instalación está prohibida sin importar el tamaño. Y no se instala nada sin el consentimiento por escrito del dueño, arrendatario o poseedor de la propiedad. De diseño, hace falta certificación de ingeniero o arquitecto licenciado para el armazón, certificación del rotulista salvo en rótulos adosados de cien pies cuadrados o menos, certificación de perito electricista, y un contador de energía eléctrica propio. Los rótulos con movimiento cambian de cara en no más de dos segundos y quedan fijos no menos de seis.

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¿Qué es?

Es la Regla 8.7.4 del Capítulo 8.7 del Reglamento Conjunto Núm. 9473, el capítulo de rótulos y anuncios. Esta regla no dice cuánto rótulo permite cada distrito —eso está en las reglas siguientes— sino cómo se mide, dónde se puede poner, cómo se diseña, quién lo certifica, cómo se mantiene, qué pasa con los rótulos viejos que ya no cumplen, y qué reglas rigen para las pizarras electrónicas, las pantallas digitales y los vehículos de publicidad. Es la regla que hay que leer antes de dimensionar cualquier rótulo.

¿Quién puede hacerlo?

La regla aplica a los rótulos y anuncios a instalarse en cualquier distrito de calificación o área no calificada, con la excepción expresa de las fachadas paralelas a las vías del National Highway System, donde la instalación está prohibida independientemente del tamaño. Los rótulos fijados sobre el techo solo se permiten de letra individual y únicamente en edificios de valor arquitectónico y cultural donde sea necesario para conservar dicho valor. Las pizarras de mensajes electrónicos sobre el terreno se pueden considerar en centros de actividades culturales y de recreación activa intensa con capacidad para dos mil personas o más. Los rótulos giratorios o de movimiento se pueden autorizar en centros de mercadeo o en centros de recreación comercial extensa. Y la certificación del rotulista se exige para toda solicitud excepto los rótulos adosados a la estructura de cien pies cuadrados o menos.

Requisitos

  • Calcular el área del rótulo en fachada sobre el área comprendida dentro del contorno de la fachada del edificio o local; la del rótulo de poste sobre el terreno sobre el área total del panel incluyendo el marco; y la del rótulo de letra individual sobre el área que ocupen las letras o figuras.Verificado con la fuente oficial
  • Computar cada cara individualmente, considerando cada lado de una estructura de más de un lado como un rótulo o anuncio separado.Verificado con la fuente oficial
  • No ubicar el rótulo de forma que obstruya un medio de salida requerido ni que interfiera con la ventilación o iluminación requerida para el edificio.Verificado con la fuente oficial
  • No extender el rótulo, en todo o en parte, fuera de la periferia del contorno de la fachada original de la estructura donde se ubica.Verificado con la fuente oficial
  • En fachadas colindantes con la acera: no invadir ni proyectarse sobre los terrenos de la acera por más de doce pulgadas, y observar una luz libre no menor de ocho pies bajo el rótulo.Verificado con la fuente oficial
  • No instalar rótulos sobre el terreno que invadan o se proyecten sobre los terrenos de la vía pública; el rótulo debe quedar ubicado totalmente dentro de los límites del solar.Verificado con la fuente oficial
  • No instalar rótulos en una propiedad sin el consentimiento por escrito del dueño, arrendatario o poseedor de la propiedad.Verificado con la fuente oficial
  • No instalar rótulos en fachadas paralelas a las vías del National Highway System, independientemente de su tamaño.Verificado con la fuente oficial
  • En el techo del edificio: solo rótulos de letra individual, con armazón fijado a los elementos estructurales conforme al Código de Construcción, certificado por ingeniero o arquitecto licenciado, y únicamente en edificios de valor arquitectónico y cultural donde sea necesario para conservar ese valor.Verificado con la fuente oficial
  • Que el consumo de energía eléctrica del rótulo sea medido por medio de un contador de energía eléctrica.Verificado con la fuente oficial
  • Acompañar la solicitud con la certificación de un ingeniero o arquitecto licenciado cuando se proponga la construcción de un armazón, con la certificación del rotulista salvo en rótulos adosados de cien pies cuadrados o menos, y con la certificación de un perito electricista de que la conexión eléctrica cumple con la ley y los reglamentos aplicables.Verificado con la fuente oficial
  • En rótulos con movimientos mecánicos: que el tiempo de transición de las caras no tome más de dos segundos y que el anuncio quede fijo por un tiempo no menor de seis segundos.Verificado con la fuente oficial
  • Dar mantenimiento adecuado al rótulo y sus accesorios, mantener su seguridad estructural, y mantener sus alrededores inmediatos en buenas condiciones de salubridad y ornato.Verificado con la fuente oficial
  • No eliminar indiscriminadamente árboles preexistentes en los alrededores del rótulo.Verificado con la fuente oficial
  • En los vehículos y remolques de publicidad: que la distancia entre ejes no sea mayor que la del vehículo que lo arrastra ni menor de la mitad, que el largo del tablero no sea mayor que el largo del vehículo que lo arrastra, que su altura no sea mayor que dos veces la altura de ese vehículo, y que la iluminación sea fija y dirigida hacia el tablero.Verificado con la fuente oficial

Documentos necesarios

Costo

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Cómo hacerlo paso a paso

  1. Paso 1: Cómo se mide cada tipo de rótulo

    Son tres reglas distintas según el tipo. El área a permitirse para un rótulo o anuncio a instalarse en la fachada de un edificio será aquel por ciento que se indica más adelante en el capítulo, aplicado al monto total del área comprendida dentro del contorno de la fachada del edificio o local en que será instalado. El tamaño del rótulo o anuncio de poste sobre el terreno se determinará a base del área total del panel incluyendo el marco, si alguno. Y el tamaño del rótulo o anuncio de letra individual, instalado en las fachadas o en postes sobre el terreno, se calculará a base del área que ocupen las letras o figuras individuales. Para el cómputo del área se computará cada cara individualmente.

  2. Paso 2: Lo que no cuenta en una gasolinera

    Hay una exclusión práctica que ahorra metros: el tamaño de los rótulos direccionales, de seguridad, de precio de la gasolina y aceite diesel, y el panel del menú o servicios, y cualquier otro rótulo requerido por reglamentación federal o local en los establecimientos de gasolina y negocios de servicio a motoristas —servi-carro—, no se contabilizará al computar el tamaño máximo de los rótulos instalados en la fachada o sobre el terreno de dichos establecimientos. Y sobre variaciones, la regla adelanta dos topes: se podrán conceder variaciones de hasta un diez por ciento en cuanto a la altura, y de hasta veinte por ciento en cuanto al tamaño del rótulo o anuncio.

  3. Paso 3: Las doce pulgadas y los ocho pies

    Los rótulos y anuncios instalados en la fachada de un edificio colindante con la acera no podrán invadir o proyectarse sobre los terrenos de la acera por más de doce pulgadas. En aquellos casos en que el Código permita la invasión de la acera por un elemento cobertizo que se extienda de la fachada, se permitirá la ubicación de un rótulo bajo cobertizo por el ancho de dicho cobertizo y un peralto no mayor de doce pulgadas. En ambos casos podrán instalarse paralelo o perpendicular a la acera y observar una luz libre no menor de ocho pies bajo el mismo. Sobre el terreno la regla es simple: el rótulo no podrá invadir o proyectarse sobre los terrenos de la vía pública y quedará ubicado totalmente dentro de los límites del solar.

  4. Paso 4: El techo, el contorno y el National Highway System

    Tres prohibiciones que definen la fachada. Los rótulos o anuncios no podrán extenderse en todo o en parte fuera de la periferia del contorno de la fachada original de la estructura donde se ubican. Se permitirán rótulos fijados sobre el techo del edificio únicamente de letra individual, con armazón fijado a los elementos estructurales conforme al Código de Construcción y certificado por un ingeniero o arquitecto licenciado, y únicamente en edificios de valor arquitectónico y cultural donde sea necesario para conservar dicho valor. Y se permite la instalación en cualesquiera de las fachadas en cualquier distrito o área no calificada, excepto en las fachadas paralelas a las vías del National Highway System, donde está prohibida la instalación independientemente de su tamaño. Aparte, los rótulos que se instalen dentro del contorno de fachada pero no adosados totalmente a la misma se permitirán solamente de letra individual, prohibiéndose los de panel, salvo los de pared instalados sobre un armazón fijado o anclado a la fachada que se proyecten no más de doce pulgadas.

  5. Paso 5: Las esquinas y los lados

    Dos reglas de conteo que cambian el resultado. En rótulos y anuncios instalados en el terreno en solares de esquina, el tamaño máximo y el número se computarán individualmente para los rótulos y anuncios orientados hacia cada vía pública. Y las estructuras en las cuales se instalen los rótulos podrán tener más de un lado, disponiéndose que para computar el tamaño máximo se computará cada lado individualmente y cada lado de la estructura se considerará un rótulo o anuncio separado. Además, el tamaño máximo de un rótulo no se toma en consideración en el cómputo del tamaño de anuncios contiguos y viceversa, excepto en la fascia frontal por la limitación de área que el capítulo establece.

  6. Paso 6: Las tres certificaciones y el contador

    Todo rótulo o anuncio deberá ser diseñado de acuerdo con las mejores prácticas de ingeniería según el Código de Construcción aplicable vigente. Toda solicitud en la que se proponga la construcción de un armazón deberá acompañarse con la certificación del ingeniero o arquitecto licenciado acreditativo de que el diseño está conforme a los reglamentos vigentes. Toda solicitud deberá acompañarse además con la certificación del rotulista de que el rótulo cumple con el capítulo —excepto los rótulos adosados a la estructura de cien pies cuadrados o menos— y con una certificación de un perito electricista de que la conexión eléctrica cumple con las disposiciones de ley y reglamentos aplicables. Y hay un requisito que sorprende: será requisito para la autorización de todo rótulo o anuncio que el consumo de energía eléctrica del mismo sea medido por medio de un contador de energía eléctrica, aunque el dueño del rótulo puede convenir con el dueño de la propiedad el pago de ese consumo, debidamente endosado por la AEE.

  7. Paso 7: Los dos segundos y los seis segundos

    La OGPe podrá autorizar la instalación de rótulos o anuncios giratorios o de movimiento, así como de otros no específicamente cubiertos por el capítulo y que los avances tecnológicos desarrollen en el futuro, siempre que su tamaño, localización, iluminación y contenido estén en armonía con los propósitos del capítulo; y esa autorización no será denegada irrazonablemente. Para los rótulos y anuncios con movimientos mecánicos hay dos tiempos fijos: el tiempo de transición de las caras no tomará más de dos segundos para el cambio, y el anuncio estará fijo por un tiempo no menor de seis segundos. Esa disposición aplica también a las cajas de mensajes electrónicas y otros.

  8. Paso 8: Mantenimiento, árboles y el Gerente de Medioambiente

    Todo rótulo o anuncio y sus accesorios deberá recibir mantenimiento adecuado. Será responsabilidad del dueño mantener la seguridad estructural del rótulo y mantener los alrededores inmediatos en buenas condiciones de salubridad y ornato. Se prohíbe la eliminación indiscriminada de árboles preexistentes en los alrededores del rótulo, aunque eso no se interpretará como que se prohíbe la poda de árboles y la eliminación de vegetación o maleza cuando sea necesario para garantizar la seguridad estructural del rótulo, el buen funcionamiento de sus componentes y la seguridad del público en general. Y en las áreas que corresponda se requerirá la recomendación del Gerente de Medioambiente de la OGPe previo a la instalación.

  9. Paso 9: El rótulo viejo que ya no cumple

    La Sección 8.7.4.6 define con precisión qué es un rótulo con permiso bajo reglamentación anterior: únicamente se considerará así cuando se ha instalado cumpliendo con la reglamentación vigente a la fecha de su instalación, para el cual se haya solicitado o expedido el permiso correspondiente, y se haya mantenido pagando su renovación anual, y dicho rótulo no esté conforme con lo dispuesto en este capítulo. Son cuatro condiciones a la vez, y la de la renovación anual es la que más se pierde. Añade que todo rótulo o anuncio que sufra un daño en exceso del cincuenta por ciento del área bruta de construcción, o un daño estructural, necesitará la tramitación de un nuevo permiso. Y cierra con una regla probatoria: la ausencia del permiso de instalación y la certificación de vigencia será evidencia prima facie de que la instalación del rótulo carece de autorización legal.

  10. Paso 10: Pizarras electrónicas, pantallas y vehículos de publicidad

    Se podrá considerar la instalación de pizarras de mensajes electrónicos sobre el terreno en centros de actividades culturales y de recreación activa intensa con capacidad para dos mil personas o más, y sus requisitos de tamaño, altura y localización se autorizarán tomando en consideración el tamaño del predio, la intensidad del uso principal y las características del sector, incluyendo cercanía a áreas residenciales; el uso de anuncios estará limitado a los que puedan divulgarse a través del mensaje electrónico. También se pueden considerar pizarras que informen sobre hora y temperatura adosadas a la pared en distritos comerciales, industriales y de uso público. Cuando la pizarra esté en remolques o vehículos, en movimiento o estacionados, deberá obtener el correspondiente permiso de la OGPe. Los rótulos en pantallas digitales deberán cumplir con el reglamento de contaminación lumínica. Y los vehículos y remolques de publicidad deberán obtener el permiso del DTOP y la recomendación del Gerente de Infraestructura de la OGPe, con tres parámetros: la distancia entre ejes no será mayor que la del vehículo que lo arrastra ni menor de la mitad; el largo del tablero no será mayor que el largo de ese vehículo y su altura no será mayor que dos veces su altura; y la iluminación será fija y dirigida hacia el tablero.

Dónde hacerlo

Los permisos de rótulos se tramitan ante la OGPe o el municipio con la jerarquía correspondiente. La OGPe es la que autoriza los rótulos giratorios, de movimiento y los no cubiertos específicamente por el capítulo, y la que emite el permiso de las pizarras electrónicas en remolques o vehículos. El permiso de los vehículos y remolques de publicidad lo da el DTOP, con la recomendación del Gerente de Infraestructura de la OGPe. La recomendación del Gerente de Medioambiente de la OGPe se pide en las áreas que corresponda antes de instalar. Y el endoso del pago del consumo eléctrico convenido entre el dueño del rótulo y el dueño de la propiedad lo da la AEE.

Cuánto tarda

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Qué hacer si hay un problema

Antes de dimensionar nada conviene fijar tres cosas. Primero, sobre qué se mide: la fachada se mide por el contorno completo del edificio o local, el poste sobre el terreno por el panel entero incluido el marco, y la letra individual solo por lo que ocupan las letras; si la estructura tiene dos caras, son dos rótulos, no uno. Segundo, dónde cae: si la fachada da paralela a una vía del National Highway System, no hay rótulo posible sin importar el tamaño; si da a la acera, hay doce pulgadas de invasión y ocho pies de luz libre; y sobre el terreno todo tiene que quedar dentro del solar. Tercero, quién certifica: si hay armazón, ingeniero o arquitecto licenciado; si el rótulo adosado pasa de cien pies cuadrados, también rotulista; y en todos los casos, perito electricista y contador eléctrico propio. Si el rótulo es viejo y ya no cumple, hay que revisar las cuatro condiciones que lo mantienen como permiso bajo reglamentación anterior, sobre todo la renovación anual pagada; y si sufrió daño de más del cincuenta por ciento del área bruta de construcción o daño estructural, hace falta un permiso nuevo. Y si el plan es una pantalla con movimiento, hay que programarla con los tiempos del reglamento: no más de dos segundos de transición y no menos de seis segundos fija.

Errores comunes

  • Medir un rótulo de letra individual por el rectángulo que lo encierra, cuando se calcula a base del área que ocupan las letras o figuras.
  • Medir un rótulo de poste sobre el terreno sin incluir el marco en el área total del panel.
  • Contar una estructura de dos caras como un solo rótulo, cuando cada lado se computa individualmente y se considera un rótulo separado.
  • Contar los rótulos direccionales, de seguridad, de precio de gasolina y diésel o el panel de menú dentro del tamaño máximo de una gasolinera o servi-carro.
  • Extender el rótulo fuera de la periferia del contorno de la fachada original de la estructura.
  • Invadir la acera más de doce pulgadas, o dejar menos de ocho pies de luz libre bajo un rótulo o un cobertizo.
  • Instalar un rótulo sobre el terreno que se proyecte sobre los terrenos de la vía pública en vez de quedar dentro del solar.
  • Instalar un rótulo de panel sobre el techo, cuando en el techo solo se permite letra individual y solo en edificios de valor arquitectónico y cultural.
  • Instalar un rótulo en una fachada paralela a una vía del National Highway System, donde está prohibido sin importar el tamaño.
  • Instalar un rótulo sin el consentimiento por escrito del dueño, arrendatario o poseedor de la propiedad.
  • Someter la solicitud sin la certificación del rotulista cuando el rótulo adosado pasa de cien pies cuadrados.
  • Omitir la certificación del perito electricista sobre la conexión eléctrica.
  • Conectar el rótulo al consumo del local sin un contador de energía eléctrica que mida su consumo.
  • Programar una pantalla con transiciones de más de dos segundos o con el anuncio fijo menos de seis segundos.
  • Suponer que un rótulo viejo sigue amparado bajo reglamentación anterior sin haber mantenido pagada su renovación anual.
  • Reparar sin permiso nuevo un rótulo que sufrió daño en exceso del cincuenta por ciento del área bruta de construcción o daño estructural.
  • Cortar árboles preexistentes alrededor del rótulo más allá de la poda necesaria para su seguridad estructural.

Preguntas frecuentes

¿Cómo se calcula el tamaño de mi rótulo?

Depende del tipo. En fachada, sobre el área comprendida dentro del contorno de la fachada del edificio o local. De poste sobre el terreno, sobre el área total del panel incluyendo el marco. De letra individual, sobre el área que ocupen las letras o figuras. Y en todos los casos se computa cada cara individualmente.

¿Cuánto puede sobresalir un rótulo sobre la acera?

No más de doce pulgadas. Y en todo caso debe observar una luz libre no menor de ocho pies bajo el mismo. Si el Código permite un cobertizo que se extienda de la fachada, se permite un rótulo bajo cobertizo por el ancho de ese cobertizo y con un peralto no mayor de doce pulgadas.

¿Puedo poner un rótulo en el techo?

Solo de letra individual, con el armazón fijado a los elementos estructurales del edificio conforme al Código de Construcción y certificado por un ingeniero o arquitecto licenciado, y únicamente en edificios de valor arquitectónico y cultural donde sea necesario para conservar dicho valor.

¿Necesito un contador eléctrico solo para el rótulo?

Sí. Será requisito para la autorización de todo rótulo o anuncio que el consumo de energía eléctrica del mismo sea medido por medio de un contador de energía eléctrica. El dueño del rótulo podrá convenir con el dueño de la propiedad donde enclava el pago de la cantidad correspondiente a ese consumo, debidamente endosado por la AEE.

¿Cuántos segundos puede durar el cambio en una pantalla?

En los rótulos y anuncios con movimientos mecánicos, el tiempo de transición de las caras no tomará más de dos segundos para el cambio, y el anuncio estará fijo por un tiempo no menor de seis segundos. Esa disposición aplica a las cajas de mensajes electrónicas y otros.

¿Mi rótulo viejo sigue siendo legal?

Solo si cumple cuatro condiciones a la vez: que se haya instalado cumpliendo con la reglamentación vigente a la fecha de su instalación, que se haya solicitado o expedido el permiso correspondiente, que se haya mantenido pagando su renovación anual, y que no esté conforme con lo dispuesto en este capítulo. La ausencia del permiso de instalación y de la certificación de vigencia será evidencia prima facie de que la instalación carece de autorización legal.

Fuentes oficiales

Estas son las páginas del gobierno en las que se basa esta guía.

Última verificación

6 de septiembre de 2026

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