En resumen
Una licencia de rentas internas es la que expide el Secretario de Hacienda para permitir que una persona se dedique a cualquiera de las ocupaciones o industrias autorizadas por el Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011 y por varias leyes especiales: cigarrillos, gasolina, bebidas alcohólicas, armas y municiones, vehículos de motor y sus partes, máquinas de entretenimiento, tiendas de puerto libre, porteadores y más. Se solicita con el Formulario Modelo SC 2309 y hay que estar al día en cuatro cosas: radicación de planillas ante Hacienda, deudas ante Hacienda, deudas ante ASUME y Registro de Comerciantes. Hay dos reglas que sorprenden. La primera es que los derechos de licencia se pagan anualmente y antes de comenzar la actividad, y el mes de vencimiento lo fija el último dígito del número de seguro social o del número de cuenta patronal: 1 vence en enero, 2 en febrero y así hasta el 0 en octubre; en licencias nuevas los derechos se pagan en proporción a los meses que la licencia estará vigente hasta esa fecha. La segunda es que la licencia se expide para un local en específico y por cada ocupación: mudarse exige pedir permiso de traslado en la Oficina de Distrito y cumplir otra vez con los requisitos, y dedicarse a otra actividad exige otra licencia. Desde el 10 de diciembre de 2018, la solicitud, renovación, cancelación y pago se hacen por SURI.
¿Qué es?
Hacienda define la licencia de rentas internas como aquella licencia expedida por el Secretario de Hacienda que permite a una persona dedicarse a cualquiera de las ocupaciones o industrias autorizadas por el Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011, según enmendado, así como por varias leyes especiales. No es lo mismo que el Registro de Comerciante ni que la Patente Municipal ni que el Permiso Único: de hecho, esos tres se piden como requisito para esta. Las ocupaciones cubiertas son específicas y están listadas en la tabla de tarifas: mayoristas y detallistas de cigarrillos, gasolina, traficantes de vehículos de motor y de partes y accesorios, cemento, armeros, velloneras y mesas de billar, máquinas de video y de entretenimiento para adultos, tiendas de puerto libre en aeropuertos y puertos marítimos, porteadores aéreos, marítimos o terrestres, destiladores, fabricantes de cerveza y de vino, rectificadores, fabricantes de alcohol desnaturalizado, envasadores de bebidas alcohólicas, almacenes de adeudo público y traficantes al por mayor y al detalle de bebidas alcohólicas y alcohol industrial.
¿Quién puede hacerlo?
Toda persona que interese solicitar una Licencia de Rentas Internas deberá completar el Formulario Modelo SC 2309, Solicitud de Licencias, y estar al día con cuatro requisitos: radicación de planillas ante el Departamento de Hacienda, deudas ante el Departamento de Hacienda, deudas ante la Administración para el Sustento de Menores (ASUME) y Registro de Comerciantes. En el caso de corporaciones y sociedades, los requisitos de radicación de planillas, no deudas ante Hacienda y ASUME, la Certificación Negativa de Deudas de Bienes Muebles del CRIM y la Certificación de Antecedentes Penales, si aplica, deberán ser satisfechos tanto por la corporación o sociedad como por el presidente, socio gestor o su equivalente; y si esa persona no reside en Puerto Rico, la información será satisfecha por el representante a cargo del negocio en Puerto Rico. Hay un requisito adicional para el sector hospedería: se requerirá la Certificación Negativa de Impuestos sobre el Canon por Ocupación de Habitación emitida por la Compañía de Turismo de Puerto Rico a los solicitantes ubicados en, o que sean operadores de, hoteles, condo-hoteles, hoteles todo incluido, moteles, paradores, alojamientos suplementarios a corto plazo (short term rentals), pequeñas hospederías, casas de hospedajes, hoteles de apartamentos y facilidades recreativas operadas por agencias o instrumentalidades del Gobierno de Puerto Rico.
Requisitos
- Estar al día en la radicación de planillas ante el Departamento de Hacienda.Verificado con la fuente oficial
- No tener deudas ante el Departamento de Hacienda ni ante ASUME.Verificado con la fuente oficial
- Estar inscrito en el Registro de Comerciantes.Verificado con la fuente oficial
- En corporaciones y sociedades: los requisitos los satisfacen tanto la entidad como el presidente, socio gestor o su equivalente, o el representante a cargo del negocio en Puerto Rico si esa persona no reside aquí.Verificado con la fuente oficial
- Una licencia por cada ocupación o actividad, y una por cada local en específico.Verificado con la fuente oficial
Documentos necesarios
Costo
Los derechos varían por industria. Cigarrillos: mayoristas $200; detallistas de sitio fijo, ambulantes y por cada máquina expendedora $100; ventas al por mayor desde vehículos de motor $100 por vehículo. Gasolina: mayorista desde $2,500 hasta $6,000; detallista desde $100 hasta $900. Detallista de bebidas alcohólicas, cigarrillos y partes de vehículos: $200 por local. Vehículos de motor: traficantes desde $200 hasta $1,000; partes y accesorios al por mayor y al detalle desde $100 hasta $2,000. Traficantes al detalle de cigarrillos y bebidas alcohólicas por tiempo limitado (hasta 15 días): $25 por día; shows de vehículos por tiempo limitado: $100 por día. Cemento, fabricante o traficante al por mayor: desde $80,000 hasta $250,000. Armeros: $200. Por cada vellonera, mesa de billar o máquina de pasatiempo con monedas: $100; por cada máquina de video con material de violencia o índole sexual: $400; por cada máquina de entretenimiento para adultos: $2,250; por cada local con cuatro o más máquinas o mesas de billar: $200. Tienda en zona de puerto libre: $1,000. Porteador aéreo, marítimo o terrestre: $2,000. Destiladores desde $3,300 hasta $7,200; fabricantes de cerveza desde $900 hasta $2,700; fabricantes de vino desde $500 hasta $2,000; rectificadores desde $500 hasta $3,700; fabricantes de alcohol desnaturalizado, envasadores de bebidas alcohólicas y almacenes de adeudo público desde $700 hasta $2,200. Traficantes al por mayor: espíritus destilados o rectificados y vinos desde $150 hasta $500; cervezas desde $200 hasta $500; importador de bebidas alcohólicas desde $2,500 hasta $7,500; alcohol industrial desde $200 hasta $600; bebidas alcohólicas desde $800 hasta $2,500; ventas al por mayor desde vehículos de motor $200. Traficantes al detalle de bebidas alcohólicas: categorías A y B desde $200 hasta $1,800, categoría C $1,300; alcohol industrial desde $50 hasta $200; por tiempo limitado $15.00 por día.
Verificado con la fuente oficial · 15 de agosto de 2026
Cómo hacerlo paso a paso
Paso 1: Confirma que tu actividad necesita licencia
La licencia de rentas internas cubre ocupaciones específicas, no cualquier negocio. La tabla de tarifas de Hacienda es la mejor lista: cigarrillos, gasolina, bebidas alcohólicas, alcohol industrial, vehículos de motor y sus partes, cemento, armas y municiones, velloneras y mesas de billar, máquinas de video y de entretenimiento para adultos, tiendas de puerto libre, porteadores aéreos, marítimos o terrestres, destiladores, fabricantes de cerveza y vino, rectificadores, envasadores y almacenes de adeudo público. Si tu negocio no está ahí, probablemente lo que necesitas es el Registro de Comerciante y el Permiso Único, que este sitio cubre aparte.
Paso 2: Ponte al día en las cuatro cosas
Hacienda es explícita: quien solicite deberá completar el Formulario Modelo SC 2309 y estar al día con la radicación de planillas ante el Departamento, con las deudas ante el Departamento, con las deudas ante ASUME y con el Registro de Comerciantes. Si estás en falta en cualquiera de esas cuatro, resuélvelo antes de radicar.
Paso 3: Junta los documentos, y si eres corporación, por partida doble
La solicitud debe acompañarse con copia de la Patente Municipal, la Certificación Negativa de Deudas de Bienes Muebles del CRIM, la Certificación de ASUME y el Permiso de Uso. En corporaciones y sociedades, los requisitos de radicación de planillas, no deudas ante Hacienda y ASUME, la Certificación Negativa del CRIM y la Certificación de Antecedentes Penales —si aplica— deben ser satisfechos tanto por la entidad como por el presidente, socio gestor o su equivalente. Y si esa persona no reside en Puerto Rico, quien satisface la información es el representante a cargo del negocio en Puerto Rico.
Paso 4: Si es hospedería, añade la certificación de Turismo
Se requiere la Certificación Negativa de Impuestos sobre el Canon por Ocupación de Habitación emitida por la Compañía de Turismo de Puerto Rico a los solicitantes de licencias que estén ubicados en, o sean operadores de, hoteles, condo-hoteles, hoteles todo incluido, moteles, paradores, alojamientos suplementarios a corto plazo, pequeñas hospederías, casas de hospedajes, hoteles de apartamentos y facilidades recreativas operadas por agencias o instrumentalidades del Gobierno de Puerto Rico. Los "short term rentals" están nombrados expresamente.
Paso 5: Calcula tu mes de vencimiento por el último dígito
Esta es la regla que más gente desconoce. Los derechos de licencia se pagan anualmente y antes de comenzar la actividad que requiere licencia. La fecha de vencimiento se fija según el último dígito del número de seguro social o del número de cuenta patronal, según aplique: 1 vence en enero, 2 en febrero, 3 en marzo, 4 en abril, 5 en mayo, 6 en junio, 7 en julio, 8 en agosto, 9 en septiembre y 0 en octubre. En licencias nuevas, los derechos se pagan en proporción al número de meses durante los cuales estará vigente la licencia, contados desde la fecha en que se expide hasta la fecha en que vence el pago. En renovaciones, los derechos se pagan durante el mes que te toque según esa tabla.
Paso 6: Paga por SURI
Todo pago con relación a la solicitud y renovación de licencias podía hacerse en Colecturía hasta el 6 de diciembre de 2018. A partir del 10 de diciembre de 2018, todo lo relacionado con la solicitud, renovación, cancelación y pago de Licencias de Rentas Internas se realiza a través de SURI. Hacienda mantiene además una sección para consultar el estatus de la solicitud.
Paso 7: Una licencia por ocupación y una por local
Toda persona que se dedique a cualquiera de las ocupaciones sujetas al pago de derechos de licencia solicitará una Licencia de Rentas Internas por cada ocupación o actividad. Y las licencias se expiden para un local en específico: en el caso de traslado a otro local, el tenedor de la licencia deberá solicitar el permiso para el traslado en la Oficina de Distrito correspondiente y cumplir con los requisitos para la solicitud de licencia. Mudarse no es un cambio de dirección administrativo; es volver a pasar por los requisitos.
Paso 8: No se transfiere a otra persona sin autorización
Las Licencias de Rentas Internas no podrán ser transferidas de una persona a otra sin la autorización del Secretario de Hacienda. Si vas a comprar un negocio que tiene licencia, la licencia no viene incluida por el solo hecho de la venta.
Paso 9: Si cierras, tienes 30 días y una deuda que saldar
Cualquier tenedor de licencia que cese la ocupación para la cual la obtuvo solicitará del Secretario dar de baja su licencia y entregará el certificado de licencia dentro de los treinta días siguientes al cese de dicha ocupación. Y hay un candado: no se dará de baja una licencia hasta que se cobren los derechos de licencia adeudados. En el caso de la licencia de traficante importador al por mayor o de almacén de adeudo público, no se autoriza la baja hasta que se pruebe que no hay existencias de los productos en que se trafica o almacenan. En el caso de destiladores, fabricantes, rectificadores y envasadores, antes de autorizarse la cancelación se determina mediante investigación si realmente las operaciones han cesado.
Paso 10: Requisitos extra por tipo de licencia en la renovación
Hacienda lista requisitos adicionales para cuatro tipos. Máquinas de Entretenimiento para Adultos: fianza, estados financieros auditados del último periodo de contabilidad, el Compromiso de Responsabilidad para Fines de las Licencias de Rentas Internas de Máquinas de Entretenimiento Para Adultos —Formulario Modelo SC 2353— y la ubicación de las máquinas. Ventas al Por Mayor de Cigarrillos y Bebidas Alcohólicas desde Vehículo de Motor: licencia del vehículo de motor. Promotor de Espectáculos Públicos: evidencia de colegiación en el Colegio de Promotores de Espectáculos Públicos en Puerto Rico y fianza. Importador o Manufacturero de Aceites Lubricantes: endoso emitido por la Junta de Calidad Ambiental.
Dónde hacerlo
SURI, desde el 10 de diciembre de 2018, para solicitud, renovación, cancelación y pago. El traslado de una licencia a otro local se solicita en la Oficina de Distrito correspondiente. Hacienda mantiene una sección de estatus de solicitud de licencia en su portal.
Cuánto tarda
Qué hacer si hay un problema
La confusión más costosa es creer que el mes de renovación es igual para todo el mundo: lo fija el último dígito de tu número de seguro social o de cuenta patronal, del 1 en enero al 0 en octubre. La segunda es pensar que una licencia cubre el negocio: cubre una ocupación en un local, así que abrir un segundo local o añadir una actividad exige otra licencia, y mudarse exige permiso de traslado en la Oficina de Distrito y cumplir otra vez con los requisitos. La tercera es cerrar y quedarse callado: hay treinta días para pedir la baja y entregar el certificado, y no se da de baja hasta que se cobren los derechos adeudados. Sobre las tarifas: Hacienda publica muchas como rango —"desde X hasta Y"— y esta guía reproduce el rango tal cual, sin escoger un número; el monto exacto depende de tu caso y lo confirma Hacienda. Lo que esta guía no dice es cuánto tarda Hacienda en expedir la licencia, porque no lo publica, aunque sí mantiene una sección para consultar el estatus. Y ojo con la secuencia: la Patente Municipal, el Permiso de Uso y el Registro de Comerciante son requisitos de esta licencia, no alternativas a ella.
Errores comunes
- Asumir una fecha común de renovación: el mes lo fija el último dígito de tu seguro social o cuenta patronal.
- Abrir un segundo local con la misma licencia: se expide para un local en específico.
- Añadir una actividad nueva sin sacar otra licencia: se solicita una por cada ocupación.
- Comprar un negocio y dar por sentado que la licencia se transfiere: hace falta autorización del Secretario.
- Cerrar sin pedir la baja ni entregar el certificado dentro de los treinta días.
- Creer que el Registro de Comerciante o la Patente sustituyen esta licencia: son requisitos para obtenerla.
- Ser hospedería o short term rental y no traer la certificación negativa de la Compañía de Turismo.
- En corporaciones, satisfacer los requisitos solo por la entidad y no también por el presidente o socio gestor.
Preguntas frecuentes
¿Cuándo vence mi licencia?
Depende del último dígito de tu número de seguro social o de cuenta patronal: 1 en enero, 2 en febrero, 3 en marzo, 4 en abril, 5 en mayo, 6 en junio, 7 en julio, 8 en agosto, 9 en septiembre y 0 en octubre. Los derechos se pagan anualmente y antes de comenzar la actividad.
¿Cuánto cuesta la licencia?
Depende de la industria y Hacienda publica la tabla completa. Algunos ejemplos: armeros $200; mayoristas de cigarrillos $200; detallista de bebidas alcohólicas, cigarrillos y partes de vehículos $200 por local; tienda en zona de puerto libre $1,000; porteador aéreo, marítimo o terrestre $2,000; cada máquina de entretenimiento para adultos $2,250; traficante importador al por mayor de bebidas alcohólicas desde $2,500 hasta $7,500. Varias tarifas se publican como rango y el monto exacto lo confirma Hacienda.
Me mudo de local. ¿Sirve la misma licencia?
No automáticamente. Las licencias se expiden para un local en específico, y en caso de traslado el tenedor deberá solicitar el permiso para el traslado en la Oficina de Distrito correspondiente y cumplir con los requisitos para la solicitud de licencia.
Cerré el negocio. ¿Tengo que hacer algo?
Sí. Debes solicitar al Secretario dar de baja la licencia y entregar el certificado dentro de los treinta días siguientes al cese de la ocupación. No se dará de baja hasta que se cobren los derechos de licencia adeudados.
Fuentes oficiales
Estas son las páginas del gobierno en las que se basa esta guía.
- Departamento de Hacienda de Puerto Rico
Hacienda
hacienda.pr.gov
- Qué hacer para solicitar una licencia
hacienda
hacienda.pr.gov
- Documentos a presentar con la solicitud
hacienda
hacienda.pr.gov
- Pagos de licencias y tabla de tarifas por industria
hacienda
hacienda.pr.gov
- Cómo enmendar, transferir o dar de baja una licencia
hacienda
hacienda.pr.gov
Última verificación
15 de agosto de 2026
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