En resumen
La Regla 2.1.6 del Reglamento Conjunto Núm. 9473 adopta un Sistema de Coordenadas Planas Estatales homogéneo que permita el establecimiento de un sistema cartográfico preciso y confiable, y de ahí saca una lista de exigencias muy concretas. Toda solicitud ante la OGPe o el municipio autónomo con jerarquía de la I a la III que implique la creación de nuevas parcelas, que contenga medidas agrarias, que requiera la delimitación para su ubicación precisa, que conlleve cambios en la topografía existente, nuevas construcciones de obras de infraestructura o funciones similares, deberá estar georreferenciada al Sistema de Coordenadas Oficial del Gobierno de Puerto Rico y contar con la certificación de un agrimensor profesional o autorizado a ejercer la agrimensura. El agrimensor certificará el nivel horizontal referido al sistema de coordenadas planas estatales en su última revisión, con una seña que demuestre que la determinación procede de un punto de control oficial del National Geodetic Survey y evidenciando el método GNSS utilizado. Hay que evidenciar el equipo y los monumentos de control, representados en el plano con coordenadas planas y geodésicas. Los proyectos con elevaciones especifican el nivel vertical con seña de un Benchmark oficial. La posición del polígono debe garantizar un error estándar que no exceda de cero punto cero cinco metros, equivalentes a dos pulgadas. Y el archivo va en formato DXF georreferenciado en coordenadas State Plane NAD 83, con parcela, huella de los edificios, aceras y calles, cada uno en capas individuales y en polígonos cerrados. Quedan exentos los proyectos que se conectarán a infraestructura existente.
¿Qué es?
Es la Regla 2.1.6 del Capítulo 2.1 del Reglamento Conjunto Núm. 9473. Georreferenciar significa amarrar el plano del proyecto al sistema de coordenadas oficial del Gobierno de Puerto Rico, de modo que el predio quede en el mismo lugar en el papel y en el mapa del país. La regla no es de diseño ni de uso: es de precisión y de formato, y de ella depende que el plano sea aceptable en el trámite.
¿Quién puede hacerlo?
Aplica a toda solicitud ante la OGPe o el municipio autónomo con jerarquía de la I a la III que implique la creación de nuevas parcelas, que contenga medidas agrarias, que requiera la delimitación para su ubicación precisa, que conlleve cambios en la topografía existente, nuevas construcciones de obras de infraestructura o funciones similares. Quedarán exentos de esta regla los proyectos que se conectarán a infraestructura existente.
Requisitos
- Que la solicitud esté georreferenciada al Sistema de Coordenadas Oficial del Gobierno de Puerto Rico y cuente con la certificación de un agrimensor profesional o autorizado a ejercer la profesión de la agrimensura.Verificado con la fuente oficial
- Que el agrimensor certifique el Nivel Horizontal (Horizontal Datum) referido al sistema de coordenadas planas estatales en su última revisión, con una seña que demuestre que la determinación procede de un punto de control oficial del National Geodetic Survey (NGS), y que evidencie el método de Global Navigation Satellite System (GNSS) utilizado.Verificado con la fuente oficial
- Evidenciar el equipo y los monumentos de control establecidos en el proyecto, con los monumentos representados en el plano con las coordenadas tanto planas como geodésicas.Verificado con la fuente oficial
- En proyectos que contengan elevaciones: especificar el Nivel Vertical (Vertical Datum) y evidenciarlo mediante una seña que demuestre que su determinación proviene de un Benchmark oficial del NGS o de las entidades relacionadas de gobierno.Verificado con la fuente oficial
- Que los planos contengan la información de los niveles horizontal o vertical junto a la certificación del agrimensor responsable de esa determinación.Verificado con la fuente oficial
- Que la posición del polígono garantice un error estándar que no exceda el cero punto cero cinco (0.05) metros, equivalentes a dos (2) pulgadas, dentro del Datum utilizado.Verificado con la fuente oficial
- Que el archivo esté en formato DXF y georreferenciado en coordenadas State Plane NAD 83, incluyendo parcela, huella de los edificios o estructura, aceras, calles y otros especificados en los estándares CAD realizados por la JP, cada uno en capas individuales y en polígonos cerrados.Verificado con la fuente oficial
- En proyectos que no impacten toda la parcela: entregar archivo en formato DXF georreferenciado en coordenadas State Plane NAD 83 que incluya parcela, límite del proyecto, huella de los edificios o estructura, aceras y calles, en capas individuales y polígonos cerrados.Verificado con la fuente oficial
Documentos necesarios
Costo
Cómo hacerlo paso a paso
Paso 1: Qué proyectos hay que georreferenciar
La regla enumera cinco disparadores: la creación de nuevas parcelas; que la solicitud contenga medidas agrarias; que requiera la delimitación para su ubicación precisa; que conlleve cambios en la topografía existente; y las nuevas construcciones de obras de infraestructura o funciones similares. Si el proyecto cae en alguno, tiene que estar georreferenciado al Sistema de Coordenadas Oficial del Gobierno de Puerto Rico y contar con la certificación de un agrimensor.
Paso 2: El nivel horizontal y de dónde sale
El agrimensor certificará el Nivel Horizontal referido al sistema de coordenadas planas estatales en su última revisión. Esa certificación debe contener una seña que demuestre que la determinación procede de un punto de control oficial del National Geodetic Survey y evidenciar el método de Global Navigation Satellite System utilizado. No basta con dar coordenadas: hay que mostrar de qué punto oficial se colgaron y con qué método se midieron.
Paso 3: Equipo y monumentos de control
Hay que evidenciar el equipo y los monumentos de control establecidos en el proyecto, y esos monumentos deben estar representados en el plano con las coordenadas tanto planas como geodésicas. Es decir, el plano tiene que mostrar los puntos físicos que amarran el levantamiento y sus dos juegos de coordenadas.
Paso 4: Las elevaciones y el Benchmark
Aquellos proyectos que contengan elevaciones tienen una exigencia adicional: se especificará el Nivel Vertical y se evidenciará mediante una seña que demuestre que su determinación proviene de un Benchmark oficial del NGS o de las entidades relacionadas de gobierno. Y los planos tendrán que contener la información de los niveles horizontal o vertical junto a la certificación del agrimensor responsable de esa determinación.
Paso 5: Dos pulgadas de tolerancia
La posición del polígono debe garantizar un error estándar que no exceda el cero punto cero cinco metros, equivalentes a dos pulgadas, dentro del Datum utilizado. Es la cifra que fija la precisión exigida a todo el trabajo. Aviso sobre la fuente: la cifra entre paréntesis aparece impresa con un carácter espurio antes del decimal; el texto en palabras es el que da el valor y así lo publicamos.
Paso 6: El archivo: DXF, NAD 83, capas y polígonos cerrados
El archivo deberá estar en formato DXF y georreferenciado en coordenadas State Plane NAD 83, e incluir parcela, huella de los edificios o estructura, aceras, calles y otros elementos especificados en los estándares CAD realizados por la Junta de Planificación. Cada uno de estos debe estar hecho en capas individuales y en polígonos cerrados. Esa última exigencia —capas separadas y polígonos que cierren— es la que más devuelve entregas, porque un polígono abierto no se puede procesar.
Paso 7: Cuando el proyecto no toca toda la parcela
Aquellos proyectos que no impacten toda la parcela deben entregar archivo en formato DXF y georreferenciado en coordenadas State Plane NAD 83 que incluya parcela, límite del proyecto, huella de los edificios o estructura, aceras y calles. La diferencia con el caso general es que aquí aparece el límite del proyecto como elemento propio. También estos deben estar hechos en capas individuales y en polígonos cerrados, según los estándares CAD de la JP.
Paso 8: La exención
La regla cierra con una línea: quedarán exentos de esta Regla los proyectos que se conectarán a infraestructura existente. Aviso sobre la fuente: la exención se enuncia sin decir si alcanza a toda la regla o solamente a la georreferenciación del archivo, y no la estrechamos por nuestra cuenta; conviene confirmarla con la agencia antes de omitir el trabajo del agrimensor.
Dónde hacerlo
La georreferenciación y el archivo DXF se suben con la solicitud en el SUI, ante la OGPe o el municipio autónomo con jerarquía de la I a la III. Los puntos de control y los Benchmarks son los del National Geodetic Survey. Los estándares CAD que rigen las capas y los polígonos los realiza la Junta de Planificación.
Cuánto tarda
Qué hacer si hay un problema
Lo primero es saber si el proyecto dispara la regla: crear parcelas nuevas, traer medidas agrarias, necesitar delimitación para ubicarse con precisión, cambiar la topografía existente o construir obras de infraestructura. Si dispara, el trabajo es de agrimensor y no se puede improvisar: el nivel horizontal tiene que ir referido al sistema de coordenadas planas estatales en su última revisión, colgado de un punto de control oficial del National Geodetic Survey y con evidencia del método GNSS usado; si hay elevaciones, el nivel vertical va amarrado a un Benchmark oficial. El plano tiene que mostrar los monumentos de control con coordenadas planas y geodésicas, y la posición del polígono no puede pasar de cero punto cero cinco metros de error estándar, que son dos pulgadas. La entrega que más se rechaza es la digital: DXF, coordenadas State Plane NAD 83, y cada elemento —parcela, huella de edificios, aceras, calles y, si el proyecto no cubre toda la parcela, también el límite del proyecto— en capas individuales y en polígonos cerrados según los estándares CAD de la Junta. Y antes de asumir que nada de esto aplica, conviene leer la exención con cuidado: cubre a los proyectos que se conectarán a infraestructura existente, pero la regla no aclara si los exime de todo o solo del archivo georreferenciado.
Errores comunes
- Entregar un plano sin georreferenciar en un proyecto que crea nuevas parcelas o cambia la topografía existente.
- Certificar el nivel horizontal sin la seña que demuestre que procede de un punto de control oficial del National Geodetic Survey.
- No evidenciar el método GNSS utilizado en la determinación.
- Omitir en el plano los monumentos de control o representarlos sin las coordenadas planas y geodésicas.
- Presentar un proyecto con elevaciones sin especificar el Nivel Vertical ni la seña del Benchmark oficial.
- Pasar del error estándar de cero punto cero cinco metros, equivalentes a dos pulgadas, dentro del Datum utilizado.
- Entregar el archivo en un formato distinto al DXF o sin georreferenciar en coordenadas State Plane NAD 83.
- Poner todos los elementos en una sola capa en vez de en capas individuales.
- Entregar polígonos abiertos, cuando cada elemento debe estar en polígonos cerrados.
- Olvidar el límite del proyecto en el archivo cuando el proyecto no impacta toda la parcela.
- Dar por exento un proyecto sin confirmar que efectivamente se conectará a infraestructura existente.
Preguntas frecuentes
¿Qué proyectos tienen que georreferenciarse?
Toda solicitud ante la OGPe o el municipio autónomo con jerarquía de la I a la III que implique la creación de nuevas parcelas, que contenga medidas agrarias, que requiera la delimitación para su ubicación precisa, que conlleve cambios en la topografía existente, nuevas construcciones de obras de infraestructura o funciones similares.
¿Cuál es el margen de error permitido?
La posición del polígono debe garantizar un error estándar que no exceda el cero punto cero cinco metros, equivalentes a dos pulgadas, dentro del Datum utilizado.
¿En qué formato se entrega el archivo?
En formato DXF y georreferenciado en coordenadas State Plane NAD 83, incluyendo parcela, huella de los edificios o estructura, aceras, calles y otros elementos de los estándares CAD de la JP, cada uno en capas individuales y en polígonos cerrados.
¿Hay proyectos exentos?
La regla dispone que quedarán exentos los proyectos que se conectarán a infraestructura existente. No aclara si la exención cubre toda la regla o solo la georreferenciación del archivo, así que conviene confirmarlo con la agencia.
Fuentes oficiales
Estas son las páginas del gobierno en las que se basa esta guía.
- Oficina de Gerencia de Permisos (OGPe)
OGPe
docs.pr.gov
- Junta de Planificación
jp
jp.pr.gov
- Single Business Portal de la OGPe
ogpe
www.permisos.pr.gov
Última verificación
6 de septiembre de 2026
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