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Educación

Vacunas para la escuela: el certificado, la matrícula provisional y las exenciones

Última revisión: 16 de agosto de 2026VerificadaSalud

En resumen

Ningún estudiante ni niño preescolar puede ser admitido o matriculado en una escuela, centro de cuidado diurno o centro de tratamiento social sin estar debidamente inmunizado: esa es la regla de la Ley 25-1983, y aplica igual a escuelas públicas y privadas, y hasta a colegios y universidades. El documento es el certificado de inmunización, un formulario provisto por el Departamento de Salud y firmado por el médico o profesional que administró la vacuna. Si no lo presentas al empezar clases, la escuela debe notificarte por escrito, pero eso no te exime: sin certificado, sin exención y sin cualificar para matrícula provisional, el estudiante no se admite y no cuenta en la asistencia diaria. La matrícula provisional existe: basta haber recibido al menos una dosis de cada inmunización requerida. Las exenciones son tres —religiosa por declaración jurada, médica por certificación de un médico, y por haber padecido la enfermedad— y la ley prohíbe multar o encarcelar a un padre por decidir no vacunar amparado en su libertad religiosa. También prohíbe discriminar por estatus migratorio, tanto en la escuela como en la sala de vacunación.

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¿Qué es?

Es la ley que conecta la vacunación con la matrícula. Define "escuela" ampliamente —cualquier institución pública o privada de kínder, primaria, secundaria y postsecundaria sin grado asociado, autorizada por el Departamento de Educación, más los colegios y universidades autorizados— e incluye los centros de cuidado diurno (que cuidan más de seis niños) y los centros de tratamiento social del Departamento de la Familia. El certificado de inmunización es un formulario del Departamento de Salud, firmado por quien administró la vacuna, que certifica la inmunización contra determinada enfermedad. Cuáles vacunas se exigen no está en la ley: la ley encarga al Secretario de Salud publicarlo anualmente, así que la lista vigente se consulta con Salud o con el pediatra.

¿Quién puede hacerlo?

Aplica a todo estudiante menor de 21 años que se matricule y sea admitido en cualquiera de esas instituciones, y a todo niño preescolar —menor de 5 años— que asista a un centro de cuidado diurno. La responsabilidad de someter el certificado es del estudiante o de sus padres o tutores; la de exigirlo es del registrador de la escuela o del director del centro. No aplica a los menores cuyo ingreso a un centro de tratamiento social lo ordene el Tribunal de Primera Instancia, Asuntos de Menores.

Requisitos

  • Presentar el certificado de inmunización: el formulario del Departamento de Salud firmado por el médico o profesional que administró la vacuna.Verificado con la fuente oficial
  • Estar inmunizado contra las enfermedades que el Secretario de Salud requiera en su publicación anual; la ley no fija la lista, la delega.Verificado con la fuente oficial
  • Para matrícula provisional: haber recibido por lo menos una dosis de cada una de las inmunizaciones requeridas.Verificado con la fuente oficial

Documentos necesarios

Costo

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Cómo hacerlo paso a paso

  1. Paso 1: Pide el certificado a quien vacunó

    El certificado de inmunización lo firma el médico o el profesional que administró la vacuna, en el formulario del Departamento de Salud. Si tu hijo se vacunó pero perdiste el papel, empieza por el pediatra o la clínica; la División de Vacunación del Departamento de Salud orienta en el (787) 765-2929, extensiones 3337 y 3338, y el Registro de Inmunización de Puerto Rico (PREIS) es el sistema donde se recogen las vacunas administradas.

  2. Paso 2: Si empieza la escuela y no lo tienes

    La escuela o el centro debe notificarte por escrito que no se sometió el certificado, que no se aceptará al estudiante sin él, que puede vacunarse con cualquier médico o profesional autorizado, y cómo coordinar esos servicios con el Departamento de Salud. Ojo: la ley aclara que la falta de esa notificación no te exime de presentar el certificado.

  3. Paso 3: Usa la matrícula provisional si vas en camino

    No hace falta tener el esquema completo para entrar: la ley permite matricular provisionalmente al estudiante o niño preescolar que haya recibido por lo menos una dosis de cada una de las inmunizaciones requeridas por el Secretario de Salud. Es la salida para las familias que empezaron tarde el proceso.

  4. Paso 4: Si no vas a vacunar: usa las exenciones que la ley reconoce

    Son tres. Religiosa: declaración jurada de pertenencia a una organización religiosa cuyos dogmas conflijan con la inmunización, o de sinceras creencias o convicciones religiosas en conflicto. Médica: certificación de un médico autorizado en Puerto Rico, con la razón específica y la posible duración. Y por enfermedad ya padecida, acreditada con certificado médico o declaración jurada. La ley añade protecciones: los exentos no pueden ser vacunados durante una epidemia sin consentimiento informado escrito del padre, madre o tutor legal; las protecciones de libertad religiosa no se condicionan a recibir ayuda estatal o federal para estudiar; y el Estado no puede imponer multas ni cárcel a un padre que decide no vacunar amparado en su libertad religiosa.

  5. Paso 5: Pide la información antes de decidir

    Desde la enmienda de 2025, en el proceso de vacunación de todo estudiante hay que proveerle al padre, madre o tutor legal la data con los compuestos de cada vacuna, sus beneficios, y los efectos secundarios y adversos a corto, mediano y largo plazo, para que pueda decidir responsablemente qué vacuna recibirá su hijo. Es tu derecho pedirla, y la ley aclara que quienes decidan no vacunar deben usar solo las excepciones del Artículo 5.

Dónde hacerlo

El certificado se entrega en la escuela, el centro de cuidado diurno o el centro de tratamiento social donde se matricula el estudiante. Las vacunas las administra cualquier médico o profesional autorizado; para coordinar servicios o dudas, la División de Vacunación del Departamento de Salud, (787) 765-2929 exts. 3337 y 3338, con oficinas regionales en Aguadilla, Arecibo, Bayamón, Caguas, Fajardo, Mayagüez, Metropolitana y Ponce.

Cuánto tarda

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Qué hacer si hay un problema

Si la escuela te dice que tu hijo no puede entrar y ya tiene al menos una dosis de cada vacuna requerida, menciona la matrícula provisional: está en el Artículo 4 de la ley. Si te piden documentos migratorios para vacunar o para matricular, la ley lo prohíbe expresamente: ninguna institución educativa puede discriminar por estatus migratorio en este asunto, ninguna institución médico-hospitalaria puede requerir información sobre el estatus migratorio del paciente ni de sus padres o tutores, y ninguna puede negarse a ofrecer servicios de vacunación por esa razón —lo que sí puede hacer la escuela es requerir que hagas las gestiones con el Departamento de Salud. Y si presentas una exención, guarda copia sellada: es lo que evita la conversación cada agosto.

Errores comunes

  • Esperar al primer día de clases: sin certificado, sin exención y sin matrícula provisional, el estudiante no se admite ni cuenta en la asistencia diaria.
  • No saber que existe la matrícula provisional con una dosis de cada inmunización requerida.
  • Pensar que las exenciones son informales: la religiosa va por declaración jurada y la médica por certificación de un médico con razón específica y duración.
  • Creer que la ley solo aplica a escuelas públicas: cubre públicas, privadas, centros de cuidado diurno, centros de tratamiento social, colegios y universidades.
  • Aceptar que te pidan estatus migratorio para vacunar o matricular: la ley lo prohíbe en ambos escenarios.
  • Buscar la lista de vacunas en la ley: la ley delega la lista anual en el Secretario de Salud, y por eso cambia.

Preguntas frecuentes

¿Cuáles vacunas exigen este año?

La ley no las enumera: encarga al Secretario de Salud publicar anualmente las inmunizaciones requeridas. Consulta la lista vigente con el Departamento de Salud o con el pediatra; cualquier lista copiada de otro sitio puede estar vencida.

¿Pueden sacar a mi hijo de la escuela por esto?

La ley ordena al registrador o al director excluir o no admitir al estudiante que no presente certificado, no cualifique para matrícula provisional ni esté exento; ese estudiante tampoco se incluye en la asistencia diaria ni recibe ayuda estatal para cursar estudios. Por eso conviene resolverlo antes de que empiecen las clases, con vacunas, con matrícula provisional o con la exención que corresponda.

¿La escuela puede vacunar a mi hijo sin decirme?

La ley dispone que los estudiantes exentos no pueden ser vacunados durante una epidemia sin el consentimiento informado por escrito del padre, madre o tutor legal, y desde 2025 exige que se le provea a los padres la data de cada vacuna para decidir responsablemente.

¿Aplica a la universidad?

Sí, dentro de la definición de la ley: quedan incluidos los colegios y universidades autorizados a funcionar en Puerto Rico, y la ley aplica a estudiantes menores de 21 años matriculados en las instituciones que define.

Fuentes oficiales

Estas son las páginas del gobierno en las que se basa esta guía.

Última verificación

16 de agosto de 2026

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