Te facturaron luz que no recibiste: objetar paraliza el cobro
La Ley 3-2018 prohíbe facturar consumo que no fue generado por la Autoridad durante una emergencia, y la sola objeción paraliza el cobro de lo objetado.
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Entidad pública independiente creada por la Ley 57-2014 para reglamentar, fiscalizar y supervisar la industria eléctrica, y para adjudicar casos y controversias. Es el foro que revisa las determinaciones de las compañías de servicio eléctrico sobre las facturas, y no opera ninguna empresa de la industria.
Sitio oficial de la agenciaLa Ley 3-2018 prohíbe facturar consumo que no fue generado por la Autoridad durante una emergencia, y la sola objeción paraliza el cobro de lo objetado.
Primero hay que agotar el proceso informal con la compañía. Después, el monto decide si tu caso va por el trámite sumario o el ordinario.
El foro adjudica mucho más que facturas: política pública energética, incumplimientos de la AEE, interconexión y contratos.
La Ley 80-1972 exige leer el contador de energía eléctrica al menos una vez cada dos meses y detalla los datos que la factura debe traer para poder verificarla.
El Reglamento 9774 del Negociado de Energía abre tres niveles de trabajo municipal en el alumbrado, y prohíbe el resto.
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