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El plan de emergencia de tu égida: generador, refugio y tu opinión

Última revisión: 3 de septiembre de 2026VerificadaVivienda

En resumen

El reglamento del programa de subsidio de arrendamiento para adultos mayores obliga a cada proyecto a presentar, el primero de mayo de cada año, un Plan para el Manejo de Emergencias aprobado por el Negociado para el Manejo de Emergencias y Administración de Desastres o por la oficina municipal correspondiente. Ese plan no es papeleo: tiene que decir cómo se atenderán huracanes y terremotos, y el proyecto debe obtener el insumo de los residentes sobre cuáles son sus necesidades apremiantes durante una emergencia. El proyecto debe contar con generador para energizar las áreas comunes y los ascensores, con reserva de combustible, con el horario en que el generador se enciende y se apaga, y con la fecha de inspección del generador y el contrato del suplidor. Además tiene que identificar un área dentro del inmueble que sirva de refugio temporero, identificar al personal que permanecerá durante la emergencia, y contemplar los equipos médicos que requieran conexión eléctrica y cómo se les dará energía.

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¿Qué es?

Es el Artículo XXV del Reglamento Núm. 9622 del Departamento de la Vivienda, del 21 de noviembre de 2024. Es la parte del reglamento que dice qué tiene que tener listo tu edificio antes de una emergencia, y contiene una obligación que muchos residentes no saben que existe: el proyecto tiene que preguntarte a ti qué necesitas durante una emergencia mientras elabora el plan.

¿Quién puede hacerlo?

Aplica a los proyectos que participan del programa de subsidio para el pago mensual del arrendamiento de la vivienda a personas de mayor edad con ingresos bajos, y por tanto a sus residentes. Si vives en una égida o proyecto subsidiado bajo este programa, éste es el plan que tu administración está obligada a tener, y tú eres una de las personas a quien debe consultar.

Requisitos

  • Presentar el 1ro de mayo de cada año un Plan para el Manejo de Emergencias que describa cómo se atenderán situaciones como huracanes y terremotos.Verificado con la fuente oficial
  • Que el Plan esté aprobado por el Negociado para el Manejo de Emergencias y Administración de Desastres o por la Oficina Municipal para el Manejo de Emergencias de la región donde ubica el proyecto.Verificado con la fuente oficial
  • Obtener, durante la elaboración del Plan, el insumo de los residentes sobre cuáles son sus necesidades apremiantes durante una emergencia.Verificado con la fuente oficial
  • Contar con generador para energizar las áreas comunes y los elevadores, y con una reserva de combustible conforme a la capacidad del generador y al espacio disponible para almacenarlo.Verificado con la fuente oficial
  • Identificar un área dentro del inmueble que pueda servir de refugio temporero para los residentes.Verificado con la fuente oficial

Documentos necesarios

Información pendiente de verificación.

Costo

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Cómo hacerlo paso a paso

  1. Paso 1: La fecha: 1ro de mayo, todos los años

    El proyecto deberá presentar el primero de mayo de cada año un Plan para el Manejo de Emergencias. El plan deberá describir la forma en que se atenderán situaciones de emergencia, como huracanes y terremotos, entre otros. Y no basta con redactarlo: deberá estar aprobado por el Negociado para el Manejo de Emergencias y Administración de Desastres, o por la Oficina Municipal para el Manejo de Emergencias correspondiente a la región donde ubica el proyecto. El programa acogerá el Plan para el Manejo de Emergencias que haya sido aprobado por la entidad estatal o municipal. La fecha no es casual: cae justo antes de la temporada de huracanes.

  2. Paso 2: Tienen que preguntarte a ti

    Ésta es la parte que da a los residentes un papel y que casi nadie reclama: durante la elaboración de este plan, el proyecto obtendrá el insumo de los residentes sobre cuáles son sus necesidades apremiantes durante una emergencia. No es una consulta opcional ni un buzón de sugerencias: es una obligación escrita en el reglamento. Si tienes un equipo médico que depende de la luz, si necesitas ayuda para bajar escaleras, si dependes de refrigeración para un medicamento, ése es el momento de decirlo y de que quede por escrito en el plan.

  3. Paso 3: El generador: áreas comunes y ascensores

    El reglamento es explícito sobre el alcance mínimo: el proyecto debe contar con generador para energizar las áreas comunes y los elevadores. Los ascensores están nombrados aparte, y para un edificio de personas mayores esa mención lo es todo. Además, el proyecto deberá disponer de una reserva de combustible conforme a la capacidad del generador y del espacio disponible para almacenarlo, y el almacenamiento deberá realizarse conforme a la reglamentación estatal y federal aplicable. El plan detallará el horario en que el generador será encendido y apagado —así que hay un horario, y tienes derecho a conocerlo—, y detallará la fecha de inspección del generador y el contrato con el suplidor de combustible y mantenimiento.

  4. Paso 4: El refugio dentro del propio edificio

    El proyecto deberá identificar un área dentro del inmueble que pueda servir de refugio temporero para los residentes. Es una previsión que evita la peor de las decisiones en el peor momento: mover a personas mayores fuera del edificio durante una emergencia. Pregunta cuál es esa área en tu proyecto y confirma que esté en el plan aprobado, no sólo en la costumbre.

  5. Paso 5: Tu plan personal, y quién se queda en el edificio

    Dos incisos que se complementan. El plan detallará un procedimiento para orientar a los participantes a que realicen un Plan de Manejo de Emergencia Personal, mediante el cual puedan conocer cómo almacenar y manejar los alimentos y medicamentos en sus unidades de vivienda. Y el Plan de Emergencias deberá identificar al personal que permanecerá en el inmueble durante la emergencia para asistir a los residentes; el reglamento da ejemplos: guardia de seguridad, empleado o personal contratado para ese fin. Saber quién se queda, con nombre y función, es tan importante como saber dónde está el refugio.

  6. Paso 6: Los equipos médicos que necesitan luz

    Es el inciso más importante para quien depende de una máquina. El plan deberá contemplar e incluir la necesidad de equipos médicos que requieran conexión eléctrica y toda gestión realizada por el Trabajador Social del proyecto o el participante para obtener una fuente alterna de energía para estos equipos. Y añade una obligación concreta del proyecto: también debe proveer un método alterno para proveerle energía a estos equipos mediante el generador del proyecto, de ser necesario, durante las horas establecidas para el uso del generador. Es decir, hay dos vías —la gestión de una fuente alterna y el acceso al generador del edificio— y las dos tienen que estar en el plan. Si usas oxígeno, diálisis en casa, una bomba o cualquier equipo que dependa de la corriente, dilo en la consulta a residentes y verifica que aparezca.

  7. Paso 7: Quién aprueba el plan y qué pasa si no se cumple

    El plan deberá incluir cualquier otra información suministrada por las autoridades federales o estatales de manejo de emergencias. Una vez sometido al Secretario Auxiliar de Subsidio, éste podrá aprobarlo íntegramente, aprobarlo con comentarios o denegarlo. Y hay consecuencia: el incumplimiento con el Plan de Emergencias será causa justificada para cancelar el C.A.S.A. —el contrato de subsidio del proyecto—. No obstante, dicha cancelación sólo procederá cuando se haya realizado la investigación correspondiente y transcurrido el término de treinta días a partir de la notificación de hallazgos por parte del programa al proyecto, para responder a los hallazgos de la investigación. O sea: el incumplimiento se investiga, el proyecto tiene treinta días para responder, y sólo entonces procede la cancelación.

Dónde hacerlo

El proyecto presenta el Plan al Secretario Auxiliar de Subsidio del Departamento de la Vivienda, y el Plan tiene que venir aprobado por el Negociado para el Manejo de Emergencias y Administración de Desastres o por la Oficina Municipal para el Manejo de Emergencias de la región donde ubica el proyecto. Como residente, tu vía es la consulta que el proyecto está obligado a hacerte durante la elaboración, y pedir a la administración copia del plan aprobado.

Cuánto tarda

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Qué hacer si hay un problema

Antes de la temporada de huracanes, pregunta cuatro cosas concretas en tu proyecto. Uno: si ya presentaron el Plan para el Manejo de Emergencias de este año —vence el 1ro de mayo— y quién lo aprobó, el Negociado para el Manejo de Emergencias o la oficina municipal. Dos: cuál es el horario en que el generador se enciende y se apaga, y cuándo fue la última inspección; el plan tiene que decirlo. Tres: cuál es el área dentro del inmueble identificada como refugio temporero. Cuatro: quién es el personal que permanecerá en el edificio durante la emergencia. Si dependes de un equipo médico que requiere corriente, no esperes: díselo al Trabajador Social del proyecto, porque el plan tiene que contemplar esos equipos y el proyecto debe proveer un método alterno para energizarlos con el generador durante las horas establecidas. Y si el proyecto no te consultó, recuerda que el reglamento obliga a obtener el insumo de los residentes sobre sus necesidades apremiantes durante una emergencia. Si el proyecto incumple con el plan, eso es causa justificada para cancelar su C.A.S.A., previa investigación y treinta días para que responda a los hallazgos. Dos salvedades: no publicamos costo ni tiempo de trámite porque este artículo no fija arancel ni plazo para el residente —el 1ro de mayo y los treinta días son deberes del proyecto y del programa—; y el PDF que publica el Departamento trae la capa de texto dañada, así que estas páginas se leyeron rasterizadas a 300 dpi desde la imagen impresa.

Errores comunes

  • No participar en la consulta a residentes, que es obligatoria durante la elaboración del plan.
  • Suponer que el generador cubre tu apartamento: el reglamento lo exige para áreas comunes y elevadores.
  • No preguntar el horario en que el generador se enciende y se apaga.
  • No decirle al Trabajador Social que dependes de un equipo médico que requiere conexión eléctrica.
  • Desconocer cuál es el área del edificio identificada como refugio temporero.
  • No saber quién es el personal que permanecerá en el inmueble durante la emergencia.
  • Dar por hecho que el plan está aprobado sin confirmar quién lo aprobó.

Preguntas frecuentes

¿Cuándo tiene que estar listo el plan?

El proyecto deberá presentarlo el 1ro de mayo de cada año, aprobado por el Negociado para el Manejo de Emergencias y Administración de Desastres o por la Oficina Municipal para el Manejo de Emergencias correspondiente a la región donde ubica el proyecto.

¿El generador cubre mi apartamento?

El reglamento exige que el proyecto cuente con generador para energizar las áreas comunes y los elevadores. Aparte de eso, el plan debe contemplar los equipos médicos que requieran conexión eléctrica, y el proyecto debe proveer un método alterno para energizarlos mediante el generador de ser necesario, durante las horas establecidas para su uso.

¿Tienen que preguntarme qué necesito?

Sí. El reglamento dice que durante la elaboración del plan el proyecto obtendrá el insumo de los residentes sobre cuáles son sus necesidades apremiantes durante una emergencia.

¿Dónde nos refugiamos?

El proyecto deberá identificar un área dentro del inmueble que pueda servir de refugio temporero para los residentes. Pregunta a la administración cuál es y confirma que esté en el plan aprobado.

¿Qué pasa si el proyecto no cumple con el plan?

El incumplimiento con el Plan de Emergencias será causa justificada para cancelar el C.A.S.A. del proyecto, pero sólo procederá cuando se haya realizado la investigación correspondiente y transcurrido el término de treinta días desde la notificación de hallazgos del programa al proyecto para responder.

Fuentes oficiales

Estas son las páginas del gobierno en las que se basa esta guía.

Última verificación

3 de septiembre de 2026

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