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Cómo eliminar delitos de tu récord penal

Última revisión: 14 de agosto de 2026VerificadaPoder Judicial

En resumen

Depende del delito, y la diferencia es enorme. Para un delito menos grave, la eliminación es automática: el Comisionado del Negociado de la Policía lo elimina del certificado de antecedentes penales sin que tengas que pedir nada, cuando se cumplen dos condiciones a la vez —que hayan pasado 30 días desde que cumpliste la sentencia sin cometer otros delitos, y que no aparezcas en el Registro de Personas Convictas por Delitos Sexuales y Abuso contra Menores, el de Delitos de Corrupción, ni el de Violaciones a la Ley de Violencia Doméstica—. Para un delito grave hay que ir al Tribunal de Primera Instancia cinco años después de cumplida la condena, con un expediente que incluye declaraciones juradas de dos o más testigos sobre tu buena reputación y una certificación de que sometiste muestra de ADN. Y ojo con el final: si te la conceden, la orden no limpia nada sola. Hay que llevarla al Departamento de Justicia y, aparte, a la OAT para restringir la publicidad en los sistemas de consulta en línea.

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¿Qué es?

El certificado de antecedentes penales es el documento que recoge las convicciones de una persona, y es el que piden los patronos. Eliminar delitos del récord penal es el proceso por el que esas referencias se borran de ese certificado. Hay dos caminos según el tipo de delito: la eliminación automática que hace el Comisionado del Negociado de la Policía para delitos menos graves, y la solicitud ante el Tribunal de Primera Instancia para delitos graves. La Asamblea Legislativa explicó la razón de esa diferencia al enmendar la Ley Núm. 254-1974: hay que balancear el interés de un patrono en conocer el historial de una persona candidata con la necesidad de que quien cumplió su pena pueda conseguir empleo y reincorporarse a la sociedad, y ese balance pesa distinto para delitos graves y para delitos menos graves que pueden ser producto de errores de juventud o de juicio.

¿Quién puede hacerlo?

El proceso aplica a delitos menos graves y a algunos delitos graves. No procede para personas que aparezcan en el Registro de Personas Convictas por Delitos Sexuales Violentos y Abusos contra Menores, en el de Personas Convictas por Corrupción, ni en el de Personas Convictas por Violaciones a la Ley de Prevención e Intervención con la Violencia Doméstica; una vez el nombre no aparezca en esos registros, se podría solicitar. Tampoco son elegibles quienes se encuentren cumpliendo alguna condena, ni quienes tengan una convicción tan larga que imposibilite limpiar el récord —el ejemplo que da el propio tribunal es una persona convicta de asesinato en primer grado con una condena de 99 años. Esta guía no enumera cuáles delitos graves cualifican y cuáles no, porque la página no lo detalla.

Requisitos

  • Delito menos grave, para la eliminación automática: que hayan transcurrido 30 días desde que cumpliste la sentencia o resolución y que en ese tiempo no hayas cometido otros delitos.Verificado con la fuente oficial
  • Delito menos grave: además, no aparecer en el Registro de Personas Convictas por Delitos Sexuales y Abuso contra Menores, en el de Delitos de Corrupción, ni en el de Violaciones a la Ley para la Prevención e Intervención con la Violencia Doméstica. Ambas condiciones tienen que cumplirse.Verificado con la fuente oficial
  • Delito grave: que hayan transcurrido cinco años desde que cumpliste la condena o sentencia, y presentar la solicitud ante el Tribunal de Primera Instancia.Verificado con la fuente oficial
  • No estar cumpliendo una condena al momento de solicitar.Verificado con la fuente oficial

Documentos necesarios

Costo

Verifique el costo actual con la agencia oficial.

Cómo hacerlo paso a paso

  1. Paso 1: Primero: mira si es menos grave

    Si tu convicción es por delito menos grave, es posible que no tengas que hacer nada. El Comisionado del Negociado de la Policía elimina automáticamente esa convicción del certificado de antecedentes penales cuando se cumplen dos cosas a la vez: que hayan pasado 30 días desde que cumpliste la sentencia sin cometer otros delitos, y que no aparezcas en ninguno de los tres registros. Antes de contratar a nadie, pide tu certificado de antecedentes penales y mira si ya salió.

  2. Paso 2: Si estás en uno de los tres registros, espera

    La eliminación no procede mientras aparezcas en el Registro de Personas Convictas por Delitos Sexuales Violentos y Abusos contra Menores, el de Corrupción, o el de Violaciones a la Ley de Violencia Doméstica. El propio tribunal indica que una vez el nombre no aparezca en esos registros, se podría solicitar la eliminación.

  3. Paso 3: Delito grave: cuenta cinco años y arma el expediente

    Tienen que haber pasado cinco años desde que cumpliste la condena. La solicitud va al Tribunal de Primera Instancia con el certificado de antecedentes penales, copia certificada de la sentencia, la certificación de Corrección de que cumpliste, declaraciones juradas de dos o más testigos que conozcan los delitos y aseguren tu buena reputación en la comunidad, y la certificación de que sometiste muestra de ADN al Banco de Datos de ADN. Puedes añadir cualquier otro documento que sustente la petición.

  4. Paso 4: Prepara a tus testigos para una posible vista

    El tribunal puede citar una vista para que el Ministerio Público —un fiscal o fiscala del Departamento de Justicia— comparezca a presentar la postura del Estado sobre eliminar el delito. En esa vista se podría citar a las personas testigos de las declaraciones juradas que presentaste. Escoge testigos que puedan comparecer.

  5. Paso 5: Concedida la orden, todavía te faltan dos gestiones

    Este es el paso que casi todo el mundo se salta. La resolución que concede la eliminación no limpia nada por sí sola. Primero: presenta ante el Departamento de Justicia una petición para la actualización y eliminación del récord penal, con copia certificada de la resolución firmada por el juez, original y copia de identificación con foto vigente, y original y copia de la tarjeta del Seguro Social. Segundo: si la determinación judicial no fue notificada a la Directoría de Informática de la OAT, preséntale copia para que se restrinja la publicidad en los sistemas de consulta en línea del Poder Judicial.

  6. Paso 6: Si la orden no menciona la restricción, pídela

    El texto de la determinación judicial debe contener los casos específicos cuya publicidad el tribunal ordena restringir de los sistemas de consulta en línea. Si la orden no trae esa instrucción dirigida a la Directoría de Informática de la OAT y hay casos cuya publicidad entiendes que debe restringirse, tienes que presentar una moción en el Tribunal de Primera Instancia, en el caso donde se emitió la determinación, para que se disponga judicialmente esa restricción.

Dónde hacerlo

Para el delito menos grave, en ningún sitio: la eliminación la hace el Comisionado del Negociado de la Policía automáticamente. Para el delito grave, en el Tribunal de Primera Instancia; después, en la Oficina de Récord Criminal del Sistema de Información de Justicia Criminal del Departamento de Justicia, y en la Directoría de Informática de la Oficina de Administración de los Tribunales.

Cuánto tarda

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Qué hacer si hay un problema

Si te deniegan la eliminación, puedes recurrir al Tribunal de Apelaciones para que revise esa determinación. Si tu delito menos grave debería haber salido automáticamente y sigue apareciendo, revisa las dos condiciones: los 30 días desde que cumpliste la sentencia sin cometer otros delitos, y no estar en ninguno de los tres registros. Si estás cumpliendo condena, o tu convicción es de las que por su duración imposibilitan limpiar el récord, este proceso no aplica todavía. Esta guía no enumera cuáles delitos graves cualifican y cuáles no, ni indica costo o cuánto tarda, porque el Poder Judicial no publica esos datos en esta página, y no es un tema para adivinar: una afirmación equivocada sobre elegibilidad haría que alguien se descarte de limpiar su récord sin razón. Si tu caso es complejo, considera orientación legal. Si lo que necesitas es obtener el certificado de antecedentes penales, no eliminarlo, esa es otra guía aquí. PRFácil no tramita eliminaciones de récord ni brinda asesoría legal.

Errores comunes

  • Pagar por un trámite que puede ser automático: los delitos menos graves se eliminan solos si se cumplen las dos condiciones.
  • Asumir que un récord penal es permanente y no pedir nunca el certificado para verificarlo.
  • Contar los cinco años del delito grave desde la convicción y no desde que se cumplió la condena.
  • Presentar sin las declaraciones juradas de dos o más testigos, o con testigos que no podrían comparecer a una vista.
  • Creer que la orden del juez limpia el récord sola: falta llevarla al Departamento de Justicia.
  • Olvidar la restricción de publicidad en los sistemas en línea del Poder Judicial, que es una gestión aparte.

Preguntas frecuentes

¿Tengo que pedir que borren un delito menos grave?

No. El Comisionado del Negociado de la Policía lo elimina de forma automática del certificado de antecedentes penales cuando concurren las dos circunstancias: 30 días desde que cumpliste la sentencia sin cometer otros delitos, y no aparecer en ninguno de los tres registros que la ley menciona.

¿Cuánto tiempo hay que esperar por un delito grave?

Cinco años desde que la persona convicta cumplió la condena o sentencia. A partir de ahí se presenta la solicitud ante el Tribunal de Primera Instancia con el expediente completo.

¿Por qué unos delitos salen solos y otros no?

La Asamblea Legislativa lo explicó al enmendar la Ley Núm. 254-1974: hay que balancear el interés del patrono en conocer el historial con la necesidad de que quien cumplió su pena consiga empleo y se reincorpore. Ese balance pesa más en delitos graves y en delitos menos graves que impliquen depravación moral o conductas contrarias a la confianza pública; para muchos delitos menos graves, que pueden ser errores de juventud o de juicio, procede la eliminación automática.

Me concedieron la eliminación. ¿Ya está?

No. Hay que presentar una petición de actualización y eliminación del récord ante el Departamento de Justicia con la resolución certificada, tu identificación y la tarjeta del Seguro Social. Y si la determinación no llegó a la Directoría de Informática de la OAT, hay que llevársela para que restrinjan la publicidad en los sistemas de consulta en línea del Poder Judicial.

Fuentes oficiales

Estas son las páginas del gobierno en las que se basa esta guía.

Última verificación

14 de agosto de 2026

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