En resumen
ADFAN —la Administración de Familias y Niños del Departamento de la Familia— corre desde 1972 un Programa de Servicios a Adultos para dos poblaciones: personas de 60 años o más y adultos de 18 años o más con impedimentos físicos. Los servicios se piden en las oficinas regionales y locales del Departamento de la Familia e incluyen información y referido a recursos de la comunidad, orientación y consejería individual, grupal y comunitaria, servicios auxiliares en el hogar (lo que mucha gente conoce como ama de llaves), cuidado sustituto, el registro de cuidadores informales y educación para la prevención de caídas. El programa también atiende el maltrato a adultos mayores y adultos con impedimentos bajo la Ley 121-2019: maltrato físico, emocional y financiero, negligencia, abandono, explotación y abuso sexual. Para emergencias de maltrato existe una línea directa: (787) 749-1333 o 1-800-981-8333.
¿Qué es?
Es el brazo del Departamento de la Familia que da servicios sociales a adultos que necesitan apoyo para seguir viviendo con dignidad: envejecientes y adultos con impedimentos físicos. No es un cheque ni un beneficio económico; son servicios —una trabajadora social que orienta, un referido al recurso correcto, ayuda auxiliar en el hogar, cuidado sustituto cuando la persona no puede quedarse sola, y la intervención protectora cuando hay maltrato o negligencia. El programa existe desde 1972 y se presta a través de las oficinas regionales y locales del Departamento de la Familia en toda la isla.
¿Quién puede hacerlo?
Dos poblaciones: personas de 60 años o más, y adultos de 18 años o más con impedimentos físicos. Los servicios se prestan a solicitud —de la propia persona o de quien se preocupa por ella. Para la intervención por maltrato bajo la Ley 121-2019 no hay que "cualificar": cualquier persona puede reportar una situación de maltrato, negligencia, abandono o explotación de un adulto mayor o un adulto con impedimentos, y el programa la atiende.
Requisitos
- Tener 60 años o más, o ser un adulto de 18 años o más con impedimentos físicos.Verificado con la fuente oficial
- Solicitar el servicio en la oficina regional o local del Departamento de la Familia que corresponde a tu municipio.Verificado con la fuente oficial
Documentos necesarios
Costo
Cómo hacerlo paso a paso
Paso 1: Si hay maltrato o peligro: llama primero
Para situaciones de maltrato, negligencia, abandono o explotación de un adulto mayor o un adulto con impedimentos, la línea de maltrato atiende en el (787) 749-1333 y el 1-800-981-8333. La Ley 121-2019 cubre el maltrato físico, emocional y financiero, la negligencia, el abandono, la explotación y el abuso sexual. Si hay peligro inmediato, 9-1-1.
Paso 2: Para servicios: ve a tu oficina local de Familia
Los servicios del programa se piden en las oficinas regionales y locales del Departamento de la Familia. Explica la situación de la persona: el abanico incluye información y referido, orientación y consejería (individual, grupal y comunitaria, mediante trabajo social y orientación familiar), servicios auxiliares en el hogar, cuidado sustituto y el registro de cuidadores informales. Para orientación general, ADFAN tiene además una línea: (787) 977-8022 y 1-888-359-7777.
Paso 3: Pregunta por el servicio con su nombre
Nombrar el servicio ayuda a que el referido caiga en el sitio correcto. "Servicios auxiliares en el hogar" es la ayuda de ama de llaves para la persona que no puede sola con las tareas; "cuidado sustituto" es para cuando la persona necesita ubicación fuera de su hogar; el "registro de cuidadores informales" reconoce a quien cuida sin ser proveedor formal. Los detalles finos de cada servicio están en los folletos del programa, que no leímos: pide en la oficina el folleto del servicio que te interesa.
Paso 4: Combina esto con las otras ayudas para adultos mayores
ADFAN resuelve servicios sociales, pero la situación completa de un adulto mayor suele necesitar más piezas: la pensión de sus hijos por el programa Prospera de ASUME, el subsidio de alquiler de la Ley 173 si paga renta, y la carta de derechos y la vía de querellas de la OPPEA. Cada una tiene su guía en PRFácil.
Dónde hacerlo
En las oficinas regionales y locales del Departamento de la Familia de tu municipio. ADFAN nivel central: Edificio Roosevelt Plaza, 185 Avenida Roosevelt, Hato Rey; PO Box 194090, San Juan, PR 00919-4090; teléfono (787) 625-4900; correo info@adfan.pr.gov. Línea de maltrato: (787) 749-1333 y 1-800-981-8333. Línea de orientación: (787) 977-8022 y 1-888-359-7777.
Cuánto tarda
Qué hacer si hay un problema
Si no sabes cuál oficina local te corresponde, llama a la línea de orientación de ADFAN o al (787) 625-4900 y pregunta por el Programa de Servicios a Adultos de tu pueblo. Si lo que reportaste es maltrato y sientes que no pasó nada, insiste por la línea de maltrato y anota fecha y nombre de quien te atendió. Si la persona necesita algo que ADFAN no da —dinero, vivienda, pensión de los hijos— mira las guías relacionadas: los servicios sociales de ADFAN y las ayudas económicas corren por canales distintos, y pedir en el canal equivocado solo añade semanas.
Errores comunes
- No pedir ayuda porque "eso es solo para envejecientes": el programa también cubre a adultos de 18 años o más con impedimentos físicos.
- Buscar dinero en ADFAN. El programa da servicios sociales —orientación, ama de llaves, cuidado sustituto, protección— no beneficios económicos.
- Esperar a que la persona mayor pida ayuda por sí misma. Los servicios se activan a solicitud, y quien se preocupa por la persona puede iniciar el contacto.
- Reportar el maltrato solo a la Policía. La línea de maltrato de ADFAN activa la intervención protectora de la Ley 121-2019, que es una vía adicional, no sustituta.
- Rendirse si el primer contacto no resuelve: anota nombres y fechas, vuelve a llamar, y usa la línea de orientación para escalar.
Preguntas frecuentes
¿Qué es el servicio de ama de llaves?
La página del programa lo lista como "servicios auxiliares en el hogar": ayuda en la casa para la persona que no puede sola con las tareas. Los criterios exactos y las horas de servicio están en el folleto del programa, que no leímos; pídelo en tu oficina local al solicitar.
¿Cómo reporto maltrato de un adulto mayor?
Llama a la línea de maltrato: (787) 749-1333 o 1-800-981-8333. La Ley 121-2019 cubre maltrato físico, emocional y financiero, negligencia, abandono, explotación y abuso sexual de adultos mayores y adultos con impedimentos. Con peligro inmediato, llama al 9-1-1.
Cuido a mi mamá sin cobrar. ¿Hay algo para mí?
La página del programa menciona un registro de cuidadores informales entre sus servicios. Qué beneficios concretos conlleva estar en el registro no lo pudimos leer en la fuente, así que pregunta en tu oficina local qué te ofrece inscribirte como cuidador.
¿ADFAN paga hogares de cuido?
La página lista "cuidado sustituto" y establecimientos de cuidado de larga duración entre los servicios del programa, y publica un registro de centros licenciados. Cómo se paga y quién cualifica para ubicación no está en lo que leímos: es exactamente la pregunta que debes llevar a la oficina local o a la línea de orientación.
Fuentes oficiales
Estas son las páginas del gobierno en las que se basa esta guía.
- Departamento de la Familia
Familia
adfan.pr.gov
- Portal de ADFAN, Administración de Familias y Niños
Familia
adfan.pr.gov
Última verificación
16 de agosto de 2026
MiPRFácil es un sitio informativo independiente y no está afiliado, respaldado ni operado por el Gobierno de Puerto Rico ni por ninguna agencia gubernamental.
MiPRFácil no tramita ni radica solicitudes por ti.
¿Esta guía te ayudó?
¿Encontraste información desactualizada?
Proteger a una persona adulta mayor: orden de protección, alimentos y denuncia
Los tres remedios de la Ley 121-2019, quién puede pedirlos —cualquier persona interesada—, y por qué violar la orden es delito grave.
Prospera: pensión alimentaria para personas de 60 años o más, de sus hijos adultos
El programa Prospera de ASUME permite a personas de edad avanzada pedir sustento a sus descendientes adultos, por mediación administrativa o por el tribunal.
Querella por los derechos de una persona de edad avanzada (OPPEA)
La Procuraduría puede ordenar acciones correctivas, investigar por iniciativa propia e inspeccionar. Y hay un Ombudsman para hogares de cuidado.
Hasta $400 al mes para el alquiler si tienes 60 años o más
El subsidio de la Ley 173 paga hasta $400 mensuales del alquiler, directamente al arrendador, a personas de edad avanzada con ingresos bajos.