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Un hoyo te dañó el carro: cómo se reclama al DTOP y cuánto es el máximo

Última revisión: 16 de agosto de 2026VerificadaDTOP

En resumen

El Departamento de Transportación y Obras Públicas tiene una Oficina de Servicios al Ciudadano que recibe reclamaciones por daños, y publica una hoja de cotejo con todo lo que hay que entregar. La cantidad tiene tope: la propia hoja dice, junto al encasillado de la cantidad reclamada, "Por Ley, no mayor de $1,000.00", y más abajo repite que en virtud del Reglamento #7794 la cantidad máxima a ser pagada será hasta $1,000 sujeto a evaluación, y que hay que incluir una carta del reclamante aceptando reclamar por dicha cantidad. La información básica que pide es nombre del reclamante, teléfono de contacto y celular, seguro social completo, dirección física y postal, cantidad de la reclamación, lugar exacto de los hechos, fecha del accidente y correo electrónico. Los documentos son varios y algunos toman tiempo: el formulario SC-862, Reclamación contra el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, debidamente completado y notarizado por un abogado, preferiblemente a nombre del dueño registral del vehículo; el formulario SC-864, Declaración de Testigos, si hubo testigo ocular; copia certificada del informe de la Policía; tres fotografías con especificaciones concretas; dos estimados de los daños de lugares distintos, en original y certificados, ambos con el logo del establecimiento, hechos por personas confiables sin interés en la reclamación, o factura original certificada de pago; evidencia del vehículo; copia de tu licencia de conducir vigente; y una carta de tu compañía de seguros o, si no tienes seguro privado, una carta tuya certificando que solo posees el seguro compulsorio.

La hoja de cotejo verificada aquí es la revisión de 7/2022 y su encasillado de número de reclamación viene preimpreso con el año 2023. El tope de $1,000 lo fija el Reglamento #7794, que esta guía no leyó. Confirma con el DTOP que la hoja y el tope sigan vigentes antes de armar el expediente.

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docs.pr.gov

¿Qué es?

Es una reclamación administrativa contra el Estado, no un pleito. Cuando el daño a tu vehículo lo causó la condición de una vía que el DTOP administra, la vía para pedir que te lo paguen empieza en la Oficina de Servicios al Ciudadano del Departamento, con un expediente que la agencia evalúa. Dos cosas conviene entender desde el principio. La primera es el techo: la hoja de cotejo dice dos veces que la cantidad no puede pasar de mil dólares, así que si el daño fue mayor, esta vía no te lo cubre completo. La segunda es que el expediente es exigente: el documento central hay que notarizarlo ante abogado, los estimados tienen que ser dos, de sitios distintos, en original y certificados, y las fotos tienen requisitos específicos. No es un formulario que se llena en la ventanilla y ya.

¿Quién puede hacerlo?

La hoja de cotejo no publica un requisito de elegibilidad en abstracto, pero define quién puede reclamar por la vía de los documentos que exige. El formulario SC-862 debe presentarse preferiblemente a nombre del dueño registral del vehículo. Si la persona que reclama no es el dueño del vehículo, deberá estar autorizada para reclamar los daños mediante declaración jurada. Si el vehículo está a nombre de una compañía de alquiler o leasing, hay que traer carta original de la compañía autorizando a reclamar por los daños. Y si el reclamante es una corporación, deberá someter una Resolución Corporativa autorizando al reclamante a representarle.

Requisitos

  • Que la cantidad reclamada no exceda $1,000.00: la hoja de cotejo lo indica junto al encasillado y lo repite citando el Reglamento #7794.Verificado con la fuente oficial
  • Incluir carta del reclamante aceptando reclamar por esa cantidad máxima, conforme al Reglamento #7794.Verificado con la fuente oficial
  • Proveer el lugar exacto de los hechos y la fecha del accidente, además de nombre, teléfono de contacto, celular, seguro social completo, dirección física, dirección postal y correo electrónico.Verificado con la fuente oficial
  • Si no eres el dueño del vehículo, estar autorizado para reclamar los daños mediante declaración jurada; si el vehículo es de una compañía de alquiler o leasing, carta original de la compañía; si es una corporación, una Resolución Corporativa.Verificado con la fuente oficial

Documentos necesarios

Costo

Verifique el costo actual con la agencia oficial.

Cómo hacerlo paso a paso

  1. Paso 1: Decide si vale la pena antes de gastar

    El tope está escrito dos veces en la hoja de cotejo: junto al encasillado de la cantidad dice "Por Ley, no mayor de $1,000.00", y más abajo repite que en virtud del Reglamento #7794 la cantidad máxima a ser pagada será hasta $1,000 sujeto a evaluación. Antes de mover nada, compara ese techo con lo que te costó el daño y con lo que te va a costar armar el expediente: la notarización del SC-862 ante abogado y los dos estimados certificados no son gratis, y la hoja de cotejo no publica cuánto cuestan.

  2. Paso 2: Toma las tres fotos, y tómalas como las piden

    La especificación es concreta y conviene cumplirla al pie de la letra, porque son las que prueban el caso: una fotografía que muestre los daños; una que muestre el área trasera del vehículo con el número de la tablilla —esa es la que amarra el daño a tu carro—; y otra que muestre el área donde ocurrió el accidente con puntos de referencia, es decir, que se vea dónde fue. Tómalas en el sitio y el mismo día si puedes: el hoyo se repara y la prueba desaparece.

  3. Paso 3: Consigue el informe de la Policía en copia certificada

    La hoja lo pide así, en copia certificada, no en copia simple. Ese trámite tiene su propio proceso ante la Policía y tiene guía aparte en este sitio. Si no hubo informe policiaco del accidente, ese es un hueco del expediente que hay que resolver antes de radicar.

  4. Paso 4: Pide dos estimados, de sitios distintos y certificados

    La exigencia es específica: dos estimados de los daños de diferentes lugares, hechos y certificados en original, ambos con el logo del establecimiento, por personas confiables que no tengan interés alguno en la reclamación. La alternativa que la hoja acepta es una factura original y certificada de pago, si ya arreglaste el carro. No sirve un estimado suelto ni una cotización sin membrete.

  5. Paso 5: Notariza el SC-862 ante abogado

    El documento central de la reclamación es el formulario SC-862, Reclamación contra el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, y la hoja de cotejo exige que esté debidamente completado y notarizado por un abogado, preferiblemente a nombre del dueño registral del vehículo. Si hubo un testigo ocular del accidente, hay que cumplimentar además el formulario SC-864, Declaración de Testigos.

  6. Paso 6: Aclara tu situación de seguro

    La hoja contempla los dos casos. Si el vehículo está asegurado, hay que traer carta en original de la compañía de seguros indicando que no se ha reclamado por los daños que originan esta reclamación, incluyendo número de póliza y fecha del accidente. Si no tienes seguro privado, hace falta una carta tuya certificando que solo posees el seguro compulsorio, y la hoja remite a un anejo A para ese propósito. Es la forma de la agencia de asegurarse de que no te paguen dos veces por el mismo daño.

Dónde hacerlo

La reclamación se presenta ante la Oficina de Servicios al Ciudadano del Departamento de Transportación y Obras Públicas. La hoja de cotejo y los formularios SC-862 y SC-864 se descargan de la sección de Documentos del DTOP, en la pestaña de Reclamaciones. La hoja lleva espacios para la firma del funcionario que da la orientación y del que verifica la reclamación, lo que indica que hay una gestión presencial; el documento no publica dirección ni horario, así que confírmalos con el DTOP.

Cuánto tarda

Verifique el tiempo de procesamiento actual con la agencia oficial.

Qué hacer si hay un problema

Lo que no está publicado en esta fuente, y esta guía no inventa: cuánto tarda el DTOP en resolver una reclamación, si hay un plazo para presentarla desde la fecha del accidente, a qué dirección se entrega el expediente, y qué se puede hacer si la deniegan. Nada de eso aparece en la hoja de cotejo. Tampoco se pudo leer el formulario SC-862 en sí: el PDF que el DTOP publica es un escaneo sin capa de texto, así que esta guía describe qué exige la hoja de cotejo sobre él —completado y notarizado por abogado— pero no reproduce su contenido. Un aviso de costos: la reclamación no publica una tarifa de radicación, pero notarizar ante abogado cuesta y los dos estimados certificados también, y la fuente no cotiza ninguno de los dos. Con un techo de mil dólares, ese cálculo importa. Y una expectativa que conviene ajustar: el Reglamento #7794 dice que la cantidad máxima será hasta $1,000 sujeto a evaluación. Sujeto a evaluación quiere decir que mil es el techo, no la cantidad que te van a dar.

Errores comunes

  • Armar el expediente sin comparar antes el costo del daño y de los documentos con el techo de $1,000.
  • Entregar un solo estimado, o dos del mismo taller, cuando la hoja exige dos de lugares distintos.
  • Llevar estimados sin el logo del establecimiento o sin certificar en original.
  • Presentar el SC-862 sin notarizar ante abogado.
  • Llevar el informe de la Policía en copia simple cuando la hoja pide copia certificada.
  • Tomar solo la foto del daño y no la de la tablilla ni la del lugar con puntos de referencia.
  • Esperar semanas para fotografiar el lugar, cuando el hoyo se repara y la prueba desaparece.
  • Reclamar por un vehículo que no es tuyo sin la declaración jurada de autorización.
  • Omitir la carta de la aseguradora, o la carta propia certificando que solo tienes el seguro compulsorio.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto me pueden pagar por el daño?

La hoja de cotejo dice, junto al encasillado de la cantidad, "Por Ley, no mayor de $1,000.00", y repite que en virtud del Reglamento #7794 la cantidad máxima a ser pagada será hasta $1,000 sujeto a evaluación. Mil dólares es el techo, no la cantidad garantizada.

¿Necesito abogado?

Para el documento principal, sí interviene uno: la hoja exige que el formulario SC-862 esté debidamente completado y notarizado por un abogado. La hoja no dice que necesites representación legal para el resto del trámite. PRFácil no da asesoría legal.

¿Y si el carro ya lo arreglé?

La hoja acepta, en lugar de los dos estimados, una factura original y certificada de pago. Las fotografías siguen haciendo falta, así que si vas a reparar, fotografía antes.

Fuentes oficiales

Estas son las páginas del gobierno en las que se basa esta guía.

Última verificación

16 de agosto de 2026

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