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Vehículos y CESCO

Abrir un centro de inspección de vehículos: requisitos, equipo y fianza

Última revisión: 4 de septiembre de 2026VerificadaOGPe

En resumen

Quien quiera operar una estación oficial de inspección de vehículos, o una estación autorizada además al cobro de los derechos de renovación y de la prima, necesita la licencia correspondiente, y el Reglamento Conjunto la condiciona con cifras muy concretas. La estructura tiene que ser fija, en hormigón, acero o aluminio, techada, con rejas en puertas y ventanas, iluminación, ventilación, extractores y extintores, un área de inspección, oficina con sala de espera y archivos de metal a prueba de fuego, y dimensiones de catorce pies de ancho por treinta de largo por catorce de alto, rotulada como «Estación Oficial de Inspección» con su número de autorización. El estacionamiento tiene que estar totalmente pavimentado, con no menos de cuatro mil pies cuadrados para al menos diez vehículos. Hacen falta evidencia de no menos de dos aspirantes a mecánicos de inspección y de todo el equipo requerido, incluido un analizador de gases que se recertifica dos veces al año. Y si el centro está autorizado a vender marbetes, hay que demostrar fianza o póliza no menor de veinte mil dólares a favor del Gobierno de Puerto Rico.

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¿Qué es?

Es el Capítulo 4.8 del Reglamento Conjunto Núm. 9473, el último del tomo de licencias. Regula dos licencias: la Licencia para Estación Oficial de Inspección de Vehículos y la Licencia para Estación Oficial de Inspección Autorizada al Cobro de los Derechos de Renovación y de la Prima. Cualquier persona que interese operar una de esas estaciones y emitir cualquiera de los certificados oficiales sobre dicha inspección y la condición mecánica adecuada de los vehículos inspeccionados deberá obtener la licencia correspondiente. Los certificados formarán parte o estarán atados a un permiso único, y cada licencia sólo será válida para la estación.

¿Quién puede hacerlo?

Pueden solicitar las personas naturales o jurídicas o agencias gubernamentales interesadas en establecer una estación oficial de inspección o una estación autorizada al cobro de los derechos de renovación y de la prima. Pero el reglamento excluye expresamente a un grupo: no se considerarán solicitudes para establecer estaciones de inspección de compañías dedicadas a la compra y venta de vehículos de motor, gestorías, entidades dedicadas al arrendamiento de vehículos de motor y negocios de compra y venta de chatarra; tampoco de sus agentes, empleados o familiares dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo grado de afinidad. Y la aprobación para establecer una nueva estación estará condicionada a las necesidades de la población vehicular y a la concentración de las estaciones activas por municipios y sectores: cumplir con los requisitos no da derecho automático a la licencia.

Requisitos

  • Complementar la solicitud correspondiente y cumplir con los requisitos establecidos en la Regla 4.1.4 del Reglamento Conjunto.Verificado con la fuente oficial
  • Estructura fija y protegida, en hormigón, acero o aluminio, techada en aluminio, acero galvanizado, hormigón u otro material autorizado por la OGPe, con rejas en puertas y ventanas.Verificado con la fuente oficial
  • Dimensiones de catorce (14) pies de ancho por treinta (30) pies de largo por catorce (14) pies de alto, con rótulo que indique «Estación Oficial de Inspección» y su número de autorización en un lugar visible del negocio.Verificado con la fuente oficial
  • Área de estacionamiento totalmente pavimentada en concreto, asfalto u otro material con características monolíticas, no menor de cuatro mil (4,000) pies cuadrados, para una capacidad no menor de diez (10) vehículos de motor.Verificado con la fuente oficial
  • Evidenciar la disponibilidad de no menos de dos (2) aspirantes a mecánicos de inspección por estación.Verificado con la fuente oficial
  • Evidencia de haber adquirido todo el equipo requerido para las inspecciones, incluido el analizador de gases, que deberá ser recertificado dos veces al año.Verificado con la fuente oficial
  • Cuando el centro esté autorizado a la venta de marbetes: demostrar cumplimiento con fianza o póliza no menor de veinte mil dólares ($20,000) a favor del Gobierno de Puerto Rico.Verificado con la fuente oficial
  • Para inspeccionar vehículos comerciales y ambulancias según la Ley Núm. 109 del 28 de junio de 1962: obtener la Franquicia correspondiente del NTSP.Verificado con la fuente oficial

Documentos necesarios

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Costo

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Cómo hacerlo paso a paso

  1. Paso 1: Las dos licencias y qué autorizan

    Cualquier persona que interese operar una estación oficial de inspección de vehículos, o una estación oficial de inspección autorizada al cobro de los derechos de renovación y de la prima, y emitir cualquiera de los certificados oficiales sobre dicha inspección y la condición mecánica adecuada de los vehículos inspeccionados, deberá obtener la licencia correspondiente. El certificado de una u otra formará parte o estará atado a un permiso único, y la licencia sólo será válida para la estación: no es transferible a otra.

  2. Paso 2: El cobro de la prima del seguro obligatorio

    El reglamento explica de dónde viene esa segunda licencia. En virtud de la Ley 245-2014, que enmienda la Ley 253-1995, Ley de seguro de responsabilidad obligatoria para vehículos de motor, se ordena que en aquellas estaciones oficiales de inspección autorizadas al cobro de los derechos de renovación y a la entrega del correspondiente marbete se realice el cobro de la prima del Seguro de Responsabilidad Obligatorio a aquellas personas que no posean un Certificado de Cumplimiento. Para ello se utilizará el Formulario de Selección aprobado por la Oficina del Comisionado de Seguros.

  3. Paso 3: Quién no puede tener una estación

    Aquí hay una exclusión que corta parentescos. No se considerarán solicitudes para establecer estaciones de inspección de compañías dedicadas a la compra y venta de vehículos de motor, gestorías, entidades dedicadas al arrendamiento de vehículos de motor y negocios de compra y venta de chatarra; tampoco de sus agentes, empleados o familiares dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo grado de afinidad. Y hay dos prohibiciones más: las instalaciones de la estación de inspección no podrán ser utilizadas para hacer reparaciones, correcciones u otras actividades que no sean la inspección o reinspección de un vehículo de motor; y no se autorizarán nuevas estaciones oficiales de inspección en áreas identificadas como inundables en los mapas oficiales.

  4. Paso 4: La aprobación depende de cuántas haya

    Es la condición que más solicitudes frena y conviene saberla antes de invertir. La aprobación para establecer una nueva estación oficial de inspección de vehículos, o una nueva estación autorizada al cobro de los derechos de renovación y de la prima, estará condicionada a las necesidades de la población vehicular y a la concentración de las estaciones activas por municipios y sectores. Cumplir con todos los requisitos no garantiza la licencia si el sector ya está servido.

  5. Paso 5: La estructura, al pie de la letra

    La estructura deberá ser fija, protegida, y cumplir con toda norma de seguridad establecida bajo leyes y reglamentos federales y estatales según apliquen: construcción en hormigón, acero o aluminio, techada en aluminio, acero galvanizado, hormigón u otro material autorizado por la OGPe, y rejas en las puertas y ventanas. Deberá tener iluminación, ventilación adecuada, extractores de aire y extintores, y las instalaciones eléctricas deberán cumplir con los códigos establecidos por el Colegio de Peritos Electricistas de Puerto Rico y con las normas de seguridad requeridas para el tipo de estructura. Deberá contar con un área de inspección. La oficina deberá tener sala para espera y archivos de metal a prueba de fuego. Y la instalación deberá tener dimensiones de catorce pies de ancho por treinta pies de largo por catorce pies de alto, debidamente identificada con un rótulo que indique «Estación Oficial de Inspección» y su número de autorización, a ser mostrado en un lugar visible del negocio.

  6. Paso 6: El estacionamiento: 4,000 pies para diez carros

    El área de estacionamiento deberá estar totalmente pavimentada en concreto o asfalto o algún otro material con características monolíticas, con un área no menor de cuatro mil pies cuadrados, para una capacidad no menor de diez vehículos de motor. Es un requisito de tamaño, no de intención: la fila tiene que caber dentro.

  7. Paso 7: Dos mecánicos y una lista de equipo

    Hay que evidenciar la disponibilidad de no menos de dos aspirantes a mecánicos de inspección por estación, y evidencia de haber adquirido todo el equipo requerido para utilizarse en las inspecciones. La lista es concreta: decelerómetro, o plataforma o dinamómetro, medidor o micrómetro para disco o tambores; plataforma fija o dinámica o máquina de alinear, medidor de tolerancia de articulación esférica o junta de rótula, y medidor del juego del guía o regla de doce pulgadas; máquina para medir balance tipo dinámico, o de burbuja o electrónico, medidor de presión de aire y de profundidad de las ranuras de las llantas; analizador de gases para medir emisiones u opacidad, según corresponda, que deberá ser recertificado dos veces al año; medidor de alineación e intensidad de las luces; y rampas, elevadores y sistema de gatos. La recertificación semestral del analizador de gases es el detalle que más se olvida.

  8. Paso 8: El aviso del derecho a escoger asegurador

    Toda estación oficial de inspección autorizada al cobro de la prima del Seguro de Responsabilidad Obligatorio junto con el cobro de los derechos de renovación y a la entrega del correspondiente marbete tiene la obligación de exhibir en su establecimiento un aviso en un lugar visible al consumidor, ubicado en el área de pago de los derechos de licencia. Ese aviso tiene que ser un letrero en letra de imprenta que no sea menor de un tamaño 45, con este texto: «Toda persona tiene derecho a seleccionar el Asegurador de su preferencia para el Seguro de Responsabilidad Obligatorio. A tales fines utilizará el Formulario de Selección.» Si eres el conductor, ése es el letrero que te recuerda que puedes escoger.

  9. Paso 9: El rótulo del convertidor catalítico

    Todo negocio autorizado a operar como estación oficial de inspección, o como estación autorizada al cobro de derechos de renovación y de la prima, deberá instalar y exhibir en un lugar visible y prominente un rótulo con las penalidades a las que se expone quien elimine, altere o modifique el convertidor catalítico y piezas relacionadas sin hacer el correspondiente reemplazo, según el Artículo 12.07(h) de la Ley 22 del 7 de enero de 2000. El reglamento describe el rótulo hasta el milímetro: título «ADVERTENCIA»; material aluminio; dimensiones 24" x 48" x .040"; tamaño de letras 3.0" para el título y la ley y 1.0" para el parlamento; y el contenido: «Toda persona natural o jurídica en posesión de un vehículo de motor, que haya sido alterado, modificado, removido o eliminado el convertidor catalítico y piezas relacionadas y no se haya hecho el reemplazo correspondiente, incurrirá en delito menos grave, convicto que fuere será castigado con pena de multa no mayor de cinco mil (5,000) dólares a discreción del Tribunal».

  10. Paso 10: La fianza de veinte mil para vender marbetes

    Cuando el centro de inspección esté autorizado a la venta de marbetes, deberá demostrar cumplimiento con fianza o póliza no menor de veinte mil dólares a favor del Gobierno de Puerto Rico. Ojo con la naturaleza de esa cifra: es una fianza o póliza, no un derecho de licencia. Y si quieres operar un Centro de Inspección de Vehículos Comerciales y Ambulancias según los define la Ley de Servicio Público de Puerto Rico, Ley Núm. 109 del 28 de junio de 1962, según enmendada, las personas naturales interesadas deben obtener además la Franquicia correspondiente del NTSP.

  11. Paso 11: Quién supervisa después

    Obtener una de estas licencias o un Permiso Único no exime de cumplir con el propio Reglamento Conjunto, con la Ley 22-2000, con los reglamentos adoptados a su amparo ni con cualquier otro reglamento o ley aplicable del DTOP; tampoco de cumplir con la Ley de Servicio Público de Puerto Rico ni sus reglamentos aplicables. La fiscalización de las estaciones oficiales de inspección, y de las autorizadas al cobro de derechos de renovación y de la prima del seguro obligatorio, será responsabilidad del DTOP y del NTSP según aplique, y sus funcionarios supervisarán, evaluarán e intervendrán las estaciones periódicamente para el fiel cumplimiento de la ley, las normas y los reglamentos en vigor.

Dónde hacerlo

Ante la OGPe, un municipio autónomo con jerarquía de la I a la III o un Profesional Autorizado, a través del SUI y junto con el Permiso Único, porque el reglamento lista las dos licencias de estación de inspección entre las que se presentan y evalúan exclusivamente por esa vía. La franquicia para inspeccionar vehículos comerciales y ambulancias se obtiene del NTSP. La fiscalización posterior corresponde al DTOP y al NTSP según aplique.

Cuánto tarda

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Qué hacer si hay un problema

Antes de invertir, mira dos cosas que pueden cerrar el proyecto de entrada. Una: la aprobación está condicionada a las necesidades de la población vehicular y a la concentración de estaciones activas por municipios y sectores, así que cumplir con todo no garantiza la licencia. Dos: no se autorizarán nuevas estaciones en áreas identificadas como inundables en los mapas oficiales. Y comprueba que no caes en las exclusiones: quedan fuera las compañías de compraventa de vehículos, las gestorías, las de arrendamiento y las de compraventa de chatarra, y también sus agentes, empleados o familiares dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo grado de afinidad. Si sigues adelante, las cifras son estas: estructura de catorce por treinta por catorce pies, estacionamiento pavimentado de no menos de cuatro mil pies cuadrados para al menos diez vehículos, no menos de dos aspirantes a mecánicos de inspección, todo el equipo de la lista y el analizador de gases recertificado dos veces al año. Recuerda que las instalaciones no pueden usarse para reparaciones ni correcciones, sólo para inspección o reinspección. Si vas a vender marbetes, hace falta fianza o póliza no menor de veinte mil dólares a favor del Gobierno. Si vas a cobrar la prima del seguro obligatorio, tienes que exhibir el aviso del derecho a escoger asegurador en letra no menor de tamaño 45 en el área de pago, y usar el Formulario de Selección de la Oficina del Comisionado de Seguros. Y el rótulo de advertencia del convertidor catalítico va en aluminio, 24" x 48" x .040", con letras de 3.0" y 1.0". Tres salvedades: no publicamos costo porque el capítulo no fija derecho de licencia alguno —los veinte mil dólares son fianza o póliza, no arancel—; no publicamos plazo porque no fija términos; y el archivo que enlaza la Junta se llama «Reglamento Conjunto de Emergencia», pero el documento que contiene es el Reglamento Conjunto Núm. 9473 del 16 de junio de 2023.

Errores comunes

  • Invertir en la estación antes de confirmar que el sector no está ya servido: la aprobación está condicionada a la concentración de estaciones activas.
  • Escoger un local en área identificada como inundable en los mapas oficiales.
  • Solicitar siendo dealer, gestoría, arrendadora o chatarrería, o pariente dentro del cuarto grado de consanguinidad de sus dueños.
  • Usar las instalaciones para reparaciones o correcciones y no sólo para inspección o reinspección.
  • Quedarse corto del estacionamiento de cuatro mil pies cuadrados para diez vehículos.
  • Olvidar recertificar el analizador de gases dos veces al año.
  • Vender marbetes sin la fianza o póliza no menor de veinte mil dólares a favor del Gobierno.
  • No exhibir el aviso del derecho a escoger asegurador en el área de pago, en letra no menor de tamaño 45.
  • Poner el rótulo del convertidor catalítico sin las dimensiones y tamaños de letra que el reglamento fija.

Preguntas frecuentes

¿Qué tamaño tiene que tener el local?

La instalación deberá tener dimensiones de catorce pies de ancho por treinta pies de largo por catorce pies de alto, y el área de estacionamiento no menor de cuatro mil pies cuadrados, totalmente pavimentada, para una capacidad no menor de diez vehículos de motor.

¿Puede un dealer de carros tener una estación de inspección?

No. El reglamento dice que no se considerarán solicitudes para establecer estaciones de inspección de compañías dedicadas a la compra y venta de vehículos de motor, gestorías, entidades dedicadas al arrendamiento de vehículos de motor y negocios de compra y venta de chatarra, ni de sus agentes, empleados o familiares dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo grado de afinidad.

¿Cuánta fianza hace falta para vender marbetes?

Cuando el centro de inspección esté autorizado a la venta de marbetes deberá demostrar cumplimiento con fianza o póliza no menor de veinte mil dólares a favor del Gobierno de Puerto Rico.

¿Pueden obligarme a comprar el seguro con ellos?

El reglamento obliga a la estación autorizada al cobro de la prima a exhibir, en el área de pago de los derechos de licencia y en letra de imprenta no menor de un tamaño 45, un aviso que dice: «Toda persona tiene derecho a seleccionar el Asegurador de su preferencia para el Seguro de Responsabilidad Obligatorio. A tales fines utilizará el Formulario de Selección.»

¿Pueden arreglarme el carro en el centro de inspección?

No. El reglamento dice que las instalaciones de la estación de inspección no podrán ser utilizadas para hacer reparaciones, correcciones u otras actividades que no sean la inspección o reinspección de un vehículo de motor.

Fuentes oficiales

Estas son las páginas del gobierno en las que se basa esta guía.

Última verificación

4 de septiembre de 2026

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