En resumen
El punto de partida es duro: el deudor responde del cumplimiento de su obligación con todo su patrimonio presente y futuro. La excepción son los bienes inembargables declarados tales en la ley o, contractualmente, por el acreedor y el deudor. El Artículo 1157 trae la lista, y son inembargables excepto en los casos en los que por ley se disponga lo contrario: el derecho a hogar seguro; el ajuar de la casa y los electrodomésticos cuyo valor conjunto no exceda de diez mil dólares, incluyendo nevera, cocina, plancha y lavadora de ropa diseñadas para el uso en el hogar, radiorreceptores y televisores para el hogar, y los cuadros, pinturas, dibujos hechos por algún miembro de la familia y los retratos de familia con sus marcos; la vestimenta personal del deudor y su familia; las provisiones realmente destinadas al uso individual o de la familia en cantidad suficiente para un mes; los utensilios de cultivo o instrumentos de labranza de un agricultor hasta cuatro mil dólares, una toma de agua para el riego de lo cultivado y las semillas, granos o vegetales reservados para sembrar dentro de los siguientes seis meses hasta cuatro mil dólares; las herramientas, instrumentos, animales domésticos y domesticados, muebles, bibliotecas, armas, uniformes requeridos por ley y equipo necesarios para la profesión u oficio del deudor hasta diez mil dólares; el vehículo de motor considerado como instrumento de trabajo de su dueño, con una excepción importante; las tres cuartas partes de los salarios u honorarios profesionales recibidos dentro de los treinta días anteriores a la ejecución de la orden de embargo, cuando resulten necesarios para el sostenimiento del deudor o su familia; el dinero y los beneficios de cualquier seguro de vida del deudor cuando el beneficiario es un heredero legitimario; el balance de las cuentas de retiro individual a nombre del deudor; y el balance de los beneficios acumulados en planes privados de jubilación cubiertos por leyes federales.
¿Qué es?
Es el Capítulo I del Título III del Libro Cuarto del Código Civil de 2020, Artículos 1156 y 1157. Dice con qué responde un deudor y qué queda fuera del alcance de un embargo. El Artículo 1157 aparece en el texto consolidado con la nota "[Enmiendas: Ley 150-2024]".
¿Quién puede hacerlo?
Cualquier deudor cuyos bienes puedan ser embargados. La lista rige excepto en los casos en los que por ley se disponga lo contrario, y las partes también pueden declarar bienes inembargables por contrato.
Requisitos
- Para el ajuar y los electrodomésticos, que el valor conjunto no exceda de diez mil dólares ($10,000).Verificado con la fuente oficial
- Para las herramientas, instrumentos, animales, muebles, bibliotecas, armas, uniformes requeridos por ley y equipo de la profesión u oficio, que su valor no exceda de diez mil dólares ($10,000).Verificado con la fuente oficial
- Para los utensilios de cultivo o instrumentos de labranza de un agricultor, y por separado para las semillas, granos o vegetales reservados para sembrar dentro de los siguientes seis meses, que su valor no exceda de cuatro mil dólares ($4,000) en cada caso.Verificado con la fuente oficial
- Para las tres cuartas partes del salario, que sean honorarios o salarios recibidos dentro de los treinta (30) días anteriores a la ejecución de la orden de embargo y que resulte —por declaración escrita y jurada del deudor o de otro modo— que son necesarios para el sostenimiento del deudor o su familia.Verificado con la fuente oficial
- Para el dinero y los beneficios del seguro de vida, que el beneficiario sea un heredero legitimario del deudor.Verificado con la fuente oficial
Documentos necesarios
Costo
Cómo hacerlo paso a paso
Paso 1: Con qué responde un deudor
El Artículo 1156 lo dice sin suavizar: el deudor responde del cumplimiento de su obligación con todo su patrimonio presente y futuro. La única salvedad son los bienes inembargables declarados tales en la ley o, contractualmente, por el acreedor y el deudor. Fíjate en la segunda vía: un contrato puede sacar bienes del alcance del embargo.
Paso 2: La casa, la ropa y la comida del mes
Los primeros incisos del Artículo 1157 protegen lo básico: el derecho a hogar seguro; la vestimenta personal del deudor y su familia; y las provisiones realmente destinadas al uso individual o de la familia, en cantidad suficiente para un mes. El hogar seguro solo aparece nombrado aquí: su contenido está en su propia ley, que no leímos para esta guía y que tiene guía aparte en este sitio.
Paso 3: Diez mil dólares en enseres del hogar
El inciso (b) protege el ajuar de la casa y los electrodomésticos cuyo valor conjunto no exceda de diez mil dólares. Y detalla qué entra: la nevera, la cocina, la plancha y la lavadora de ropa expresamente diseñadas para el uso en el hogar, los radiorreceptores y los receptores de televisión para el uso en el hogar, así como los cuadros, pinturas, dibujos realizados por algún miembro de la familia y los retratos de familia con sus marcos. El tope es conjunto, no por artículo.
Paso 4: Lo del agricultor
El inciso (e) protege tres cosas del agricultor: los utensilios de cultivo o instrumentos de labranza cuyo valor no exceda de cuatro mil dólares; una toma de agua que no exceda de la cantidad necesaria para riego de los terrenos en cultivo; y todas las semillas, granos o vegetales realmente destinados y reservados para plantaciones o siembras en cualquier tiempo dentro de los siguientes seis meses, cuyo valor no exceda de cuatro mil dólares.
Paso 5: Las herramientas de tu oficio
El inciso (f) es amplio: las herramientas, instrumentos, animales domésticos y domesticados, muebles, bibliotecas, armas, uniformes requeridos por ley y equipo necesarios para la profesión u oficio del deudor, cuyo valor no exceda de diez mil dólares. La condición es que sean necesarios para la profesión u oficio, y el tope vuelve a ser conjunto.
Paso 6: El carro de trabajo, con una trampa
El inciso (g) protege el vehículo de motor considerado como instrumento de trabajo de su dueño. Pero añade la excepción que hay que leer: esta exención no será aplicable al cobro de deudas relacionadas con el precio de compra, arrendamiento financiero o la adquisición del vehículo, o que provengan de su mejoramiento, reparaciones, combustible, piezas o accesorios para este. Es decir, no protege frente a quien financió o reparó ese mismo carro.
Paso 7: Tres cuartas partes del salario, y con condiciones
El inciso (h) protege las tres cuartas partes de los salarios u honorarios profesionales recibidos dentro de los treinta días anteriores a la ejecución de la orden de embargo, cuando resulte por declaración escrita y jurada del deudor o, de otro modo, que dichos salarios u honorarios son necesarios para el sostenimiento de la persona del deudor o su familia, mantenida, en todo o en parte, con su trabajo. Son tres condiciones a la vez: la fracción, la ventana de treinta días y la necesidad demostrada.
Paso 8: Seguro de vida y planes de retiro
Los tres últimos incisos. El (i): todo el dinero, los beneficios, los privilegios o las inmunidades que provengan de cualquier seguro de vida del deudor, cuando el beneficiario es un heredero legitimario del deudor. El (j): el balance de fondos en las cuentas de retiro individual mantenidas a nombre del deudor. Y el (k): el balance de los beneficios acumulados a nombre del deudor en los planes privados de beneficios de jubilación cubiertos por leyes federales. Qué planes están cubiertos por leyes federales lo deciden esas leyes, que no leímos.
Paso 9: La frase que puede desactivar toda la lista
El Artículo 1157 abre con una condición fácil de pasar por alto: son inembargables, excepto en los casos en los que por ley se disponga lo contrario. Otras leyes pueden levantar estas protecciones para determinados cobros. Esta guía no dice cuáles son, porque no leímos esas leyes.
Dónde hacerlo
Las exenciones se hacen valer en el procedimiento de embargo, ante el Tribunal de Primera Instancia. Cómo se ejecuta una orden de embargo lo gobiernan las Reglas de Procedimiento Civil, que no leímos para esta guía. El Código no señala aquí ninguna agencia.
Cuánto tarda
Qué hacer si hay un problema
Si lo que te embargan es una deuda contributiva, el procedimiento es otro y tiene su propia guía; esta lista es la del Código Civil y su primera línea admite que otras leyes puedan disponer lo contrario. Si tu pregunta es qué protege exactamente el hogar seguro, el Código solo lo nombra: el contenido está en su propia ley y en la guía que ya existe en este sitio. No decimos qué planes privados de jubilación quedan cubiertos por leyes federales, porque esas leyes no las leímos. Tampoco leímos el texto de la Ley 150-2024: lo que reproducimos es el Artículo 1157 ya enmendado tal como lo publica la OGP. El Código no publica arancel ni término para estos artículos. MiPRFácil no representa a nadie ante los tribunales ni brinda asesoría legal.
Errores comunes
- Creer que la lista es absoluta: el propio artículo la condiciona a que ninguna ley disponga lo contrario.
- Contar el tope de diez mil dólares por artículo: en los enseres del hogar es el valor conjunto.
- Dar por protegido el carro de trabajo frente a quien lo financió o lo reparó: esa es la excepción del inciso (g).
- Reclamar las tres cuartas partes del salario sin demostrar que son necesarias para el sostenimiento propio o de la familia.
- Contar salarios recibidos fuera de la ventana de treinta días anteriores a la ejecución de la orden de embargo.
- Suponer que cualquier beneficiario de un seguro de vida activa el inciso (i): tiene que ser un heredero legitimario.
- Mezclar los dos topes de cuatro mil dólares del agricultor: uno es para los utensilios y otro para las semillas.
- Olvidar que las partes pueden declarar bienes inembargables por contrato, según el Artículo 1156.
Preguntas frecuentes
¿Me pueden embargar el carro con el que trabajo?
El vehículo de motor considerado como instrumento de trabajo de su dueño es inembargable, pero esa exención no aplica al cobro de deudas relacionadas con el precio de compra, el arrendamiento financiero o la adquisición del vehículo, ni a las que provengan de su mejoramiento, reparaciones, combustible, piezas o accesorios.
¿Cuánto de mi salario está protegido?
Las tres cuartas partes de los salarios u honorarios profesionales recibidos dentro de los treinta días anteriores a la ejecución de la orden de embargo, cuando resulte —por declaración escrita y jurada del deudor o de otro modo— que son necesarios para el sostenimiento del deudor o de su familia.
¿Pueden tocar mi cuenta de retiro?
El inciso (j) declara inembargable el balance de fondos en las cuentas de retiro individual mantenidas a nombre del deudor, y el (k) el balance de los beneficios acumulados en planes privados de jubilación cubiertos por leyes federales. Cuáles son esos planes lo deciden las leyes federales, que no leímos.
¿Y los muebles y enseres de la casa?
Están protegidos hasta un valor conjunto de diez mil dólares, y el artículo enumera la nevera, la cocina, la plancha y la lavadora diseñadas para el hogar, los radios y televisores para el hogar, y los cuadros, pinturas, dibujos hechos por un familiar y los retratos de familia con sus marcos.
Fuentes oficiales
Estas son las páginas del gobierno en las que se basa esta guía.
- Poder Judicial de Puerto Rico
Poder Judicial
bvirtualogp.pr.gov
Última verificación
8 de septiembre de 2026
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