En resumen
El certificado de elevación es un formulario de FEMA que la Junta de Planificación adoptó a través del Reglamento de Áreas Especiales de Peligro a Inundación. Nació para ajustar la tarifa del seguro de inundación, pero en Puerto Rico hace algo más grande: compara la elevación de la estructura y del terreno con el nivel de inundación base de los mapas regulatorios, y su presentación es obligatoria para evaluar y aprobar un permiso de construcción de una estructura en zona inundable regulatoria. La Sección D, que es donde se certifica, solo puede firmarla un agrimensor licenciado o un profesional autorizado a ejercer la agrimensura en Puerto Rico. El dueño llena la Sección F, y la Sección G se recomienda a la oficina de permisos municipal, a la OGPe o a la comunidad participante. La Junta publicó en 2024 unas guías de 54 páginas explicando encasillado por encasillado cómo se llena.
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¿Qué es?
Es la forma vigente de FEMA —la FF-206-FY-22-152— que documenta las elevaciones de una estructura y del terreno que la rodea, para compararlas con el nivel de inundación base de los mapas de inundación regulatorios adoptados por la Junta de Planificación. La Junta es la Agencia Estatal Coordinadora del Seguro de Inundación de FEMA en Puerto Rico, en virtud de la Ley Núm. 3 de 27 de septiembre de 1961, la Ley Núm. 75 de 24 de junio de 1975 y la Ley Núm. 38 de 30 de junio de 2017, y conforme al Título 44 del Código Federal de Regulaciones, Sección 60.3 (d y e).
¿Quién puede hacerlo?
Le aplica a quien vaya a construir, ampliar o mejorar una estructura que ubique en una zona inundable regulatoria: la presentación del certificado es obligatoria para la evaluación y aprobación de ese permiso de construcción. Quien lo certifica no es el dueño: la Sección D solo puede ser firmada por un agrimensor licenciado o por un profesional autorizado a ejercer la agrimensura en Puerto Rico. Las guías se dirigen además a las oficinas de permisos municipales, a las comunidades participantes, a los consorcios de planificación y a la Oficina de Gerencia de Permisos.
Requisitos
- Que la Sección D esté firmada y certificada por un agrimensor licenciado o un profesional autorizado a ejercer la agrimensura en Puerto Rico, con número de licencia, sello, firma, fecha, teléfono y correo electrónico.Verificado con la fuente oficial
- Completar el certificado usando el Estudio del Seguro de Inundaciones (FIS) y los Mapas de Inundaciones Regulatorias (FIRM) de la Junta vigentes al momento de la certificación.Verificado con la fuente oficial
- Anotar en los comentarios de la Sección D la información de los mapas ABFE conforme a la Resolución JP-ABFE-02 del 3 de octubre de 2018, con su fecha de vigencia y la zona de inundabilidad.Verificado con la fuente oficial
- Acompañar cada certificado con evidencia de la cancelación de estampillas, tradicional o mediante la Estampilla Digital Especial (EDE).Verificado con la fuente oficial
Documentos necesarios
Costo
Cómo hacerlo paso a paso
Paso 1: Para qué sirve realmente
El certificado nació con un propósito de seguro: ajustar la tarifa de la póliza de inundación. La Junta de Planificación lo adoptó a través del Reglamento de Áreas Especiales de Peligro a Inundación y le dio un segundo uso, que es el que aparece en los permisos: comparar las elevaciones de la estructura y del terreno con el nivel de inundación base de los mapas regulatorios, para determinar si se cumple con la normativa de áreas sujetas a regulación de inundaciones. Por eso una misma hoja te la puede pedir tu asegurador y tu oficina de permisos por razones distintas.
Paso 2: La frase que decide si el permiso avanza
Las guías lo dicen sin rodeos: la presentación de este certificado es obligatoria para la evaluación y aprobación de un permiso de construcción que ubique la estructura en una zona inundable regulatoria. No es un documento de apoyo ni un anejo opcional. Si tu solar está en zona regulatoria, el certificado es parte del expediente.
Paso 3: Quién firma qué
El formulario se reparte entre tres manos. La Sección D —información del agrimensor, ingeniero o arquitecto certificado— solo puede ser firmada por un agrimensor licenciado o un profesional autorizado a ejercer la agrimensura en Puerto Rico, con su número de licencia, sello, firma, fecha, teléfono y correo. La Sección F es la certificación del dueño de la propiedad o de su representante autorizado, y no requiere agrimensor si este ya certificó la Sección D. La Sección G, la de información de la comunidad, se recomienda que la complete y firme la oficina de permisos municipal, la OGPe o la comunidad participante; para propósitos del Community Rating System es compulsorio completarla.
Paso 4: Las secciones A y B: propiedad y mapa
La Sección A identifica la propiedad. La dirección que va en A2 es la física de la estructura: las guías declaran inválidas la del propietario si no reside allí, la del arrendatario y la postal o física del proponente, empresario o agrimensor. En A3 va el número de catastro. En A5 las coordenadas, con la Proyección Conforme Cónica Lambert y el NAD 83, al menos seis decimales, referenciadas preferiblemente al frente de la estructura o al contador de la AAA. En A7 se escoge el diagrama de estructura que mejor la represente. La Sección B se llena con el FIS y el panel del FIRM vigentes al momento de la certificación, disponibles en el sitio de la Junta o en el portal de FEMA.
Paso 5: Los mapas ABFE van en los comentarios
Este es el detalle que se olvida y devuelve expedientes. En Puerto Rico se utilizan además los Mapas de Niveles de Inundación Base Recomendados adoptados por la Junta el 18 de abril de 2018, después de Irma y María, considerados la mejor información disponible. Las guías piden que esa información se incluya en el espacio de comentarios de la Sección D, y hasta sugieren la redacción: «De acuerdo con los mapas ABFE con fecha de vigencia de 13 abril de 2018, el solar se encuentra en una zona ____ con un nivel de inundación base o profundidad de inundación base de ____.» Las guías escriben la fecha de adopción de los mapas y la fecha de vigencia que sugieren para la nota con días distintos, 18 y 13 de abril; reproducimos ambas tal como aparecen y no elegimos entre ellas.
Paso 6: Las fotos y sus noventa días
El dueño o su representante autorizado debe proporcionar al menos dos fotografías, y cuando sea posible cuatro, que muestren cada lado de la estructura, tomadas dentro de los 90 días de la fecha de certificación. Deben ser a color, de al menos 3"x3", y mostrar la estructura completa incluyendo la cimentación. Se aceptan digitales. En el pie de foto se indica si es frontal, lateral derecha, lateral izquierda, posterior, de aberturas o de impermeabilidad, y la fecha en que se tomó. Si todavía no hay estructura porque es obra nueva, van fotos del solar y de la página del plano de donde se tomó la elevación.
Paso 7: Obra en construcción y obra terminada
En la Sección E hay que indicar si las elevaciones se basan en planos de construcción, en un edificio en construcción o en una construcción terminada. Si escoges cualquiera de las dos primeras, se requerirá un certificado de elevación otra vez cuando la construcción esté completa. La opción de construcción terminada se elige únicamente cuando todos los equipos y maquinarias —calderas, calentadores de agua, bombas de calor, aires acondicionados, elevadores y sus equipos— estén instalados y la nivelación alrededor del edificio esté totalmente completada. Es decir: un certificado durante la obra no cierra el asunto.
Paso 8: Lo que la Sección C no hace
Las guías lo aclaran para que nadie confunda documentar con cumplir: la Sección C registra la elevación de varios componentes de la estructura, pero no determina la elevación del piso más bajo del edificio ni verifica si el edificio, tal como está construido, cumple con la regulación de zonas inundables regulatorias vigente. Por eso la responsabilidad de completar los encasillados G5 a G11 y documentar esos datos recae en las oficinas de permisos. Un certificado bien lleno no equivale a una determinación de cumplimiento.
Paso 9: Las estampillas
La Junta solicita que cada certificado venga acompañado de la evidencia correspondiente de la cancelación de estampillas, ya sea mediante la estampilla tradicional o la Estampilla Digital Especial. La EDE está disponible como sustituto de la tradicional exclusivamente para trabajos de profesionales cuya función no sea la de proyectista certificando planos para proyectos de construcción, y está pensada para combinarse con la firma digital.
Dónde hacerlo
El certificado se somete con el expediente del permiso ante la oficina de permisos municipal, la OGPe o la comunidad participante, según corresponda. Para dudas sobre el documento, las guías dan un contacto: Junta de Planificación de Puerto Rico, División de Geología e Hidrogeología, comentariosjp@jp.pr.gov, teléfono 787-723-6200, extensiones 16701 y 16006. Quien lo prepara es un agrimensor privado; la Junta no lo emite ni lo tramita por ti.
Cuánto tarda
Qué hacer si hay un problema
Si te devolvieron el certificado, los motivos que las guías dejan ver son casi siempre los mismos: encasillados en blanco donde debía ir «N/A», la dirección equivocada en A2 —la del dueño o la del proponente en vez de la física de la estructura—, fotos viejas de más de noventa días o que no muestran la cimentación, y la omisión de la nota de los mapas ABFE en los comentarios de la Sección D. Si tu estructura está en obra, recuerda que el certificado tomado de planos o de obra en construcción obliga a otro cuando la construcción esté completa. Si te dijeron que el certificado prueba que cumples, no: las propias guías dicen que la Sección C no verifica el cumplimiento y dejan esa responsabilidad a la oficina de permisos. Tres salvedades: no publicamos cuánto cuesta, porque lo que cobra un agrimensor es un honorario privado y las guías no fijan cifra; no publicamos cuánto tarda, porque tampoco lo publican; y no reproducimos el anejo de terminología ni el ejemplo de certificado, que no leímos completos.
Errores comunes
- Creer que el certificado es solo para el seguro: es obligatorio para aprobar el permiso en zona inundable regulatoria.
- Poner en A2 la dirección postal del dueño o del proponente en vez de la dirección física de la estructura.
- Dejar encasillados en blanco en vez de escribir «N/A» y explicar la razón en los comentarios.
- Usar fotos tomadas hace más de noventa días o que no muestran la cimentación.
- Olvidar la nota de los mapas ABFE en los comentarios de la Sección D.
- Quedarse con el certificado tomado de planos: hay que repetirlo cuando la construcción esté terminada.
- Pensar que el dueño puede firmar la Sección D: solo la firma un agrimensor licenciado o profesional autorizado a ejercer la agrimensura.
- Someterlo sin evidencia de la cancelación de estampillas.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede firmar un certificado de elevación?
La Sección D solo puede ser firmada por un agrimensor licenciado o un profesional autorizado a ejercer la agrimensura en Puerto Rico, con su número de licencia, sello, firma, fecha, teléfono y correo electrónico.
¿Es obligatorio para el permiso de construcción?
Sí, cuando la estructura ubica en una zona inundable regulatoria. Las guías de la Junta dicen que su presentación es obligatoria para la evaluación y aprobación de ese permiso.
¿Cuánto cuesta?
Las guías no publican un costo. Lo prepara un agrimensor privado y lo que cobre es un honorario que la Junta de Planificación no fija.
Hice el certificado con los planos. ¿Ya terminé?
No. Si las elevaciones se basaron en planos de construcción o en un edificio en construcción, se requerirá un certificado de elevación una vez que la construcción esté completa, con todos los equipos instalados y la nivelación terminada.
¿El certificado prueba que mi casa cumple?
No. Las propias guías advierten que la Sección C registra elevaciones pero no determina la elevación del piso más bajo ni verifica si el edificio cumple con la regulación vigente; esa parte le toca a la oficina de permisos en los encasillados G5 a G11.
Fuentes oficiales
Estas son las páginas del gobierno en las que se basa esta guía.
- Junta de Planificación de Puerto Rico (JP)
Junta de Planificación
portaldeinundacion.jp.pr.gov
- Portal de Inundación de la Junta de Planificación
jp
portaldeinundacion.jp.pr.gov
- Formulario FF-206-FY-22-152 del Certificado de Elevación, según lo publica el Portal de Inundación
jp
portaldeinundacion.jp.pr.gov
Última verificación
3 de septiembre de 2026
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