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Licencias y certificados en los dos idiomas oficiales

Última revisión: 25 de agosto de 2026VerificadaDTOP

En resumen

La Ley 107-1997, Ley de las Licencias y Certificados en Ambos Idiomas Oficiales, es una ley de dos artículos. Su artículo operativo ordena a los Secretarios del Departamento de Transportación y Obras Públicas, del Departamento de Salud y del Departamento de Educación que enmienden los reglamentos a fin de que la licencia de conducir, la licencia de matrimonio y los diversos certificados de cualificación profesional que expida el Departamento de Educación, entre otros, de los directores y maestros, sean expedidos en ambos idiomas oficiales del Gobierno de Puerto Rico. La ley comenzó a regir inmediatamente después de su aprobación. No fija plazo para enmendar los reglamentos, no impone penalidad por incumplimiento, no crea un foro donde reclamar y no dispone qué ocurre si un documento se expide en un solo idioma; su mandato es a los tres Secretarios y se cumple mediante la enmienda de sus reglamentos, que esta guía no leyó.

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¿Qué es?

Es una ley muy corta —dos artículos— que le ordena a tres Secretarios enmendar sus reglamentos para que ciertos documentos salgan en español y en inglés: la licencia de conducir, la licencia de matrimonio y los certificados de cualificación profesional de directores y maestros que expide el Departamento de Educación. Lo decimos completo porque es todo lo que la ley dice: no crea una reclamación, ni una multa, ni un plazo.

¿Quién puede hacerlo?

La ley no fija requisitos de persona: su mandato va dirigido a los Secretarios del Departamento de Transportación y Obras Públicas, del Departamento de Salud y del Departamento de Educación. Los documentos que nombra son la licencia de conducir, la licencia de matrimonio y los diversos certificados de cualificación profesional que expida el Departamento de Educación, «entre otros», de los directores y maestros. Esa frase «entre otros» aparece dentro de la enumeración y no queda claro en el texto hasta dónde extiende la lista; la reproducimos donde aparece y no la resolvemos por nuestra cuenta.

Requisitos

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Documentos necesarios

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Costo

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Cómo hacerlo paso a paso

  1. Paso 1: El texto completo de la ley

    Cabe en una oración y por eso la damos entera, sin resumir: «Se ordena a los Secretarios del Departamento de Transportación y Obras Públicas, del Departamento de Salud y del Departamento de Educación que enmienden los reglamentos a fin de que la licencia de conducir, la licencia de matrimonio, los diversos certificados de cualificación profesional que expida el Departamento de Educación, entre otros, de los directores y maestros sean expedidos en ambos idiomas oficiales del Gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto Rico».

  2. Paso 2: Qué documentos nombra

    Tres, y cada uno con su agencia. La licencia de conducir, que expide el Departamento de Transportación y Obras Públicas. La licencia de matrimonio, que se vincula al Departamento de Salud, del que depende el Registro Demográfico. Y los diversos certificados de cualificación profesional de directores y maestros que expide el Departamento de Educación.

  3. Paso 3: A quién le habla la ley

    Este es el punto que decide qué se puede hacer con ella. El mandato no va dirigido a ti ni al empleado de ventanilla: va a los tres Secretarios, y lo que les ordena es «que enmienden los reglamentos». El cumplimiento vive, entonces, en esos reglamentos, que esta guía no leyó.

  4. Paso 4: Qué no trae esta ley

    Lo decimos de frente para que nadie llegue esperando otra cosa. La ley no fija un plazo para enmendar los reglamentos. No impone multa ni sanción por incumplimiento. No crea una oficina, un formulario ni un foro donde reclamar. Y no dice qué ocurre si un documento se expide en un solo idioma. Cuando una ley no da un remedio, decirlo es más útil que sugerir uno que no existe.

  5. Paso 5: Desde cuándo rige

    El segundo y último artículo es igual de corto: «Esta Ley comenzará a regir inmediatamente después de su aprobación». La ley es de 1997 y la compilación que citamos lleva revisión del 15 de abril de 2024.

Dónde hacerlo

No hay nada que solicitar bajo esta ley: el mandato es a los Secretarios del Departamento de Transportación y Obras Públicas, del Departamento de Salud y del Departamento de Educación, y se cumple enmendando reglamentos. Si necesitas el trámite en sí —renovar la licencia de conducir, sacar la licencia de matrimonio o pedir un certificado— esos tienen sus propias guías aquí. Y si lo que buscas es un documento traducido para usarlo fuera de Puerto Rico, esa es otra gestión y esta ley no la regula.

Cuánto tarda

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Qué hacer si hay un problema

Lo que no publicamos, y por qué. No publicamos formulario, costo ni procedimiento para pedir un documento bilingüe: la ley no crea ninguno, y los reglamentos que ordena enmendar no los leímos; por eso costo y tiempo van sin verificar. No publicamos un remedio para cuando un documento sale en un solo idioma: la ley no fija penalidad, no crea foro y no dispone consecuencia alguna, y preferimos decirlo antes que insinuar una vía inexistente. No publicamos si los reglamentos ya fueron enmendados: eso habría que verificarlo en cada agencia y no lo hicimos para esta guía. Y hay una ambigüedad del propio texto que no resolvemos: la frase «entre otros» aparece dentro de la enumeración de documentos y no queda claro hasta dónde extiende la lista; la reproducimos donde está.

Errores comunes

  • Esperar de esta ley una reclamación: ordena enmendar reglamentos y no crea remedio, multa ni foro.
  • Creer que fija un plazo: no lo hace, y por eso no publicamos ninguno.
  • Pensar que cubre cualquier documento del gobierno: nombra la licencia de conducir, la de matrimonio y los certificados de cualificación profesional de directores y maestros.
  • Leer «entre otros» como una lista abierta y definida: la frase está en el texto y su alcance no queda claro; no lo resolvemos.
  • Confundirla con una traducción certificada para usar fuera de Puerto Rico: esta ley no regula eso.
  • Suponer que el empleado de ventanilla incumple la ley: el mandato va dirigido a los Secretarios y se cumple por reglamento.

Preguntas frecuentes

¿La licencia de conducir debe estar en los dos idiomas?

La ley ordena a los Secretarios de Transportación y Obras Públicas, de Salud y de Educación enmendar los reglamentos para que la licencia de conducir, la licencia de matrimonio y ciertos certificados «sean expedidos en ambos idiomas oficiales del Gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto Rico».

¿Qué hago si mi documento salió en un solo idioma?

La ley no lo dice, y no lo inventamos. No fija penalidad, no crea un foro para reclamar y no dispone consecuencia alguna para ese caso; su mandato es a los tres Secretarios y se cumple mediante la enmienda de sus reglamentos.

¿Qué certificados cubre del Departamento de Educación?

La ley habla de «los diversos certificados de cualificación profesional que expida el Departamento de Educación, entre otros, de los directores y maestros». La frase «entre otros» está en el texto y su alcance no queda claro; la reproducimos sin resolverla.

Fuentes oficiales

Estas son las páginas del gobierno en las que se basa esta guía.

Última verificación

25 de agosto de 2026

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