En resumen
El Impuesto sobre Ventas y Uso tiene dos componentes y la mayoría de la gente solo conoce uno. El Impuesto sobre Ventas es lo que pagas cuando compras artículos o servicios, y también en la compra de boletos de admisión a un evento de entretenimiento, deporte, recreación o exhibición; lo cobra quien vende el artículo o el boleto, o quien presta el servicio en Puerto Rico. El Impuesto sobre Uso es lo que debes pagar cuando introduces un artículo a Puerto Rico para uso y consumo aquí. Hacienda pone el ejemplo directo: si compras un artículo por internet y no te cobran el IVU al momento de la compra, cuando recibas el artículo tienes la obligación de pagar ese impuesto. Si eres un individuo no comerciante, se hace sometiendo una Declaración de Importación, Modelo SC 2970, a través de SURI. Del otro lado están las exenciones. La que más gente ignora: según la Sección 4030.20(a) del Código, todos los libros impresos y los libros electrónicos están exentos del pago del IVU durante todo el año, y la exención aplica tanto a la compra como al alquiler; y el Artículo 4030.20-1(b)(9) del Reglamento 8049 añade que las libretas de notas compradas al detal, independientemente de su tamaño, también están exentas todo el año. Y está el periodo de regreso a la escuela: la Sección 4030.20(b) exime del IVU los uniformes y materiales escolares durante dos días en julio y dos días en enero, y el Secretario fija las fechas cada año fiscal por Carta Circular.
¿Qué es?
La parte de uso del IVU es la que sorprende. No es un impuesto sobre lo que compras en la tienda de la esquina: es el que se activa cuando el artículo entra a Puerto Rico y nadie te cobró impuesto en el punto de venta. Comprar en línea desde afuera es el caso típico. Hacienda separa a los comerciantes de los que no lo son: si eres un individuo no comerciante que ha importado alguna mercancía para uso o consumo en Puerto Rico, deberás someter una Declaración de Importación —Modelo SC 2970— a través de SURI. Los comerciantes tienen su propio procedimiento, que va por la planilla mensual. En el lado de las exenciones, el Código distingue dos cosas que la gente mezcla: la exención permanente de libros y libretas, que corre todo el año, y el periodo libre de IVU de uniformes y materiales escolares, que son dos días en julio y dos en enero.
¿Quién puede hacerlo?
Para la Declaración de Importación: aplica al individuo no comerciante que ha importado mercancía para uso o consumo en Puerto Rico. Si eres comerciante, el procedimiento es otro. Para la exención permanente: la Sección 4030.20(a) del Código define libro impreso como toda publicación unitaria impresa, no periódica, editada de una sola vez o a intervalos, en uno o varios volúmenes o fascículos, de carácter científico, cultural o artístico, excluyendo publicaciones por medios electrónicos, revistas y periódicos; y define libro electrónico —o libro digital, ciberlibro, e-book— como la versión electrónica o digital de un libro impreso. Para el periodo de regreso a la escuela: la Sección 4030.20(c)(1) define uniforme escolar como aquel vestuario específicamente requerido por la institución educativa para ser utilizado por sus estudiantes y que no puede tener un uso general o continuo fuera de la escuela para sustituir ropa ordinaria, incluidas las piezas de ropa y calzado que complementen el uniforme según lo requiera la institución. La Sección 4030.20(c)(2) define los materiales escolares cubiertos, que incluyen materiales escolares, de arte, de música e instructivos comprados al detal, y medios de almacenaje de computadora como discos, discos compactos y memorias.
Requisitos
- Ser individuo no comerciante que introdujo mercancía a Puerto Rico para uso o consumo, para someter la Declaración de Importación.Verificado con la fuente oficial
- Tener acceso a SURI: la Declaración de Importación se somete a través de SURI.Verificado con la fuente oficial
- Para la exención de regreso a la escuela: que el uniforme sea el específicamente requerido por la institución educativa y no sirva como ropa ordinaria fuera de la escuela.Verificado con la fuente oficial
Documentos necesarios
Costo
Cómo hacerlo paso a paso
Paso 1: Si compraste por internet y no te cobraron IVU, lo debes
Hacienda lo explica con ese ejemplo exacto: si un individuo compra un artículo a través de la Internet y no le cobran el IVU al momento de la compra, cuando reciba el artículo tiene la obligación de pagar dicho impuesto. Ese es el Impuesto sobre Uso: la cantidad que debe pagar una persona cuando introduce un artículo a Puerto Rico para uso y consumo en Puerto Rico. No depende de que la tienda te lo haya cobrado; depende de que el artículo entró.
Paso 2: Somete la Declaración de Importación por SURI
Si eres un individuo no comerciante que ha importado alguna mercancía para uso o consumo en Puerto Rico, deberás someter una Declaración de Importación, Modelo SC 2970, a través de SURI. Si eres comerciante, el procedimiento es distinto y va por tu planilla mensual: Hacienda mantiene una página aparte para ese caso.
Paso 3: Los libros no pagan IVU. Nunca, no solo en agosto
Según la Sección 4030.20(a) del Código, todos los libros impresos y los libros electrónicos están exentos del pago del IVU durante todo el año, y esa exención aplica tanto a la compra como al alquiler. Un libro impreso es toda publicación unitaria impresa, no periódica, de carácter científico, cultural o artístico —quedan fuera las revistas y los periódicos. Un libro electrónico es la versión electrónica o digital de un libro impreso. Si te cobraron IVU por un libro, te lo cobraron mal.
Paso 4: Y las libretas tampoco, de cualquier tamaño
El Artículo 4030.20-1(b)(9) del Reglamento Núm. 8049 del 21 de julio de 2011, según enmendado, establece que las libretas de notas compradas al detal, independientemente de su tamaño, también están exentas del pago del IVU durante todo el año. Eso no es parte del periodo de regreso a la escuela: corre los doce meses.
Paso 5: El periodo de regreso a la escuela son cuatro días al año
La Sección 4030.20(b) del Código exime del IVU a los uniformes y materiales escolares durante un periodo de dos días en el mes de julio y dos días en el mes de enero. El Secretario emite cada año fiscal una Carta Circular con las fechas exactas. Y el Código trae una regla de respaldo para los años en que no se emita: el periodo de julio comenzaría a las 12:01 am del 12 de julio y concluiría a la medianoche del 13 de julio, y el de enero comenzaría a las 12:01 am del 10 de enero y concluiría a la medianoche del 11 de enero. La última Carta Circular que esta guía verificó es la CC RI 25-13, del 2 de junio de 2025, para el año fiscal 2025-2026: fijó del viernes 18 al sábado 19 de julio de 2025 y del viernes 2 al sábado 3 de enero de 2026. Esas fechas ya pasaron; confirma en hacienda.pr.gov la Carta Circular del año fiscal corriente antes de contar con un fin de semana en particular.
Paso 6: Qué cuenta como uniforme, y qué no
Uniforme escolar es el vestuario específicamente requerido por la institución educativa para sus estudiantes, que no puede tener uso general o continuo fuera de la escuela para sustituir ropa ordinaria, más las piezas de ropa y calzado que complementen el uniforme según lo requiera la institución. El Código excluye expresamente: hebillas de correa vendidas por separado; máscaras de disfraz vendidas por separado; parches y emblemas vendidos por separado, salvo que sean parte de un uniforme; equipo y artículos de coser —agujas, patrones, alfileres, tijeras, máquinas de coser, cintas métricas, dedales— y materiales de costura como botones, telas, encajes, hilo, estambre y cierres; accesorios y artículos incidentales como maletines, cosméticos, artículos para el pelo, carteras, pañuelos, joyería, gafas de sol no recetadas, sombrillas, billeteras, relojes, pelucas y postizos; equipo protector no adecuado para uso general, como mascarillas, protectores de oído, caretas, cascos, respiradores, guantes de seguridad, gafas de seguridad, cinturones de seguridad y de herramientas y equipo de soldador; y equipo deportivo y recreativo no adecuado para uso general, como zapatillas de ballet, zapatos de zapateo, calzado con ganchos, guantes de béisbol, boliche, boxeo, hockey o golf, rodilleras, chalecos salvavidas, protectores bucales, patines, espinilleras, hombreras, botas de esquiar, botas altas impermeables, trajes de neopreno y aletas.
Paso 7: Y qué materiales escolares están cubiertos
Los materiales escolares son artículos comúnmente utilizados por un estudiante en un curso de estudio, y el Código los enumera: carpetas, bulto escolar, calculadora, cinta adhesiva, tiza, compás, crayolas, gomas de borrar, cartapacios —acordeones, expansibles, plásticos y sobres manila—, pega y adhesivos incluido el de barra, marcadores incluidos los fluorescentes, tarjetas de afiche y sus cajas, loncheras, papel suelto y de libreta de argollas, papel para copias, cuadriculado, de calcar, manila, de color, cartulina y de construcción, cajas de lápices y de materiales, sacapuntas, lápices, bolígrafos, transportadores, reglas y tijeras. Los materiales de arte, música e instructivos incluyen barro y esmaltes, pinturas acrílicas, de témpera y de aceite, brochas, libretas de dibujo y de bosquejos, acuarelas, instrumentos musicales y mapas y globo terráqueo de referencia. También están cubiertos los medios de almacenaje de computadora: discos, discos compactos y memorias.
Paso 8: Si compras a plazos o con un vale
La venta bajo planes a plazo —lay away— de uniformes o materiales escolares califica para la exención cuando el pago final bajo el plan se efectúa y el artículo se entrega al comprador durante el periodo de exención, o cuando el título del artículo se transfiere al comprador y la entrega se efectúa durante ese periodo. Una venta efectuada mediante la transferencia de título después del periodo no califica.
Dónde hacerlo
La Declaración de Importación, Modelo SC 2970, se somete a través de SURI, en suri.hacienda.pr.gov. Las fechas del periodo libre de IVU por regreso a la escuela se publican cada año fiscal en una Carta Circular de Rentas Internas, en la sección de Publicaciones de hacienda.pr.gov.
Cuánto tarda
Qué hacer si hay un problema
Lo primero, sobre las fechas: la última Carta Circular de regreso a la escuela que esta guía pudo verificar es la CC RI 25-13, del 2 de junio de 2025, para el año fiscal 2025-2026, y sus fechas —18 y 19 de julio de 2025, 2 y 3 de enero de 2026— ya pasaron. Aquí se reproducen como lo que son, la última publicada, junto con la regla de respaldo del Código para los años sin Carta Circular: 12 y 13 de julio, 10 y 11 de enero. Confirma la del año fiscal corriente antes de planificar una compra. Lo segundo: no mezcles las dos exenciones. Los libros y las libretas están exentos todo el año por la Sección 4030.20(a) y el Reglamento 8049; los uniformes y materiales escolares solo durante los cuatro días. Lo tercero: la exención de uniformes es estrecha. Cubre lo que la escuela requiere específicamente y no cubre accesorios, equipo deportivo, equipo protector ni materiales de costura, aunque los compres en la misma tienda el mismo día. Esta guía no dice cuánto IVU debes por una importación: eso depende del valor del artículo y no está publicado como tabla en estas páginas. Tampoco dice cuánto tarda Hacienda en procesar la Declaración de Importación, ni si hay multa por no someterla, porque no está publicado. Y si eres comerciante, este no es tu procedimiento: el tuyo va por la planilla mensual de IVU.
Errores comunes
- Creer que si la tienda en línea no cobró IVU, no se debe: el Impuesto sobre Uso se activa al entrar el artículo a Puerto Rico.
- Pagar IVU por un libro impreso o electrónico, que está exento todo el año, en compra y en alquiler.
- Pagar IVU por una libreta de notas al detal, exenta todo el año sin importar el tamaño.
- Esperar el fin de semana de regreso a la escuela para comprar libros, que ya estaban exentos.
- Comprar accesorios, equipo deportivo o materiales de costura creyendo que entran en la exención de uniformes.
- Contar con las fechas del año pasado: el Secretario las fija cada año fiscal por Carta Circular.
- Como comerciante, usar la Declaración de Importación del individuo no comerciante.
- Cerrar un lay away después del periodo y esperar que la exención aplique.
Preguntas frecuentes
Compré por Amazon y no me cobraron IVU. ¿Debo algo?
Hacienda dice que si un individuo compra un artículo a través de la Internet y no le cobran el IVU al momento de la compra, cuando reciba el artículo tiene la obligación de pagar dicho impuesto. Si eres individuo no comerciante, se somete una Declaración de Importación, Modelo SC 2970, a través de SURI.
¿Los libros pagan IVU en Puerto Rico?
No. La Sección 4030.20(a) del Código exime del IVU a todos los libros impresos y electrónicos durante todo el año, tanto en la compra como en el alquiler. Las libretas de notas compradas al detal, sin importar su tamaño, también están exentas todo el año por el Reglamento 8049.
¿Cuándo es el fin de semana sin IVU?
Son dos días en julio y dos en enero, y el Secretario fija las fechas cada año fiscal por Carta Circular. Si algún año no se emite, el Código dispone que el periodo de julio corre del 12 al 13 y el de enero del 10 al 11. La última Carta Circular verificada aquí es la CC RI 25-13, del año fiscal 2025-2026, cuyas fechas ya pasaron: confirma la del año corriente en hacienda.pr.gov.
¿Los tenis de mi hijo entran en la exención?
Depende. Entra el calzado que complemente el uniforme según lo requiera específicamente la institución educativa. No entra el calzado deportivo de ganchos o de suela acanalada, ni el resto del equipo deportivo y recreativo que el Código excluye por no ser adecuado para uso general.
Fuentes oficiales
Estas son las páginas del gobierno en las que se basa esta guía.
- Departamento de Hacienda de Puerto Rico
Hacienda
hacienda.pr.gov
- Declaración de Importación para no comerciantes
hacienda
hacienda.pr.gov
- Periodo libre de IVU por regreso a la escuela
hacienda
hacienda.pr.gov
- Carta Circular de Rentas Internas Núm. 25-13
hacienda
hacienda.pr.gov
Última verificación
15 de agosto de 2026
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