En resumen
LIHEAP es un programa federal que ADSEF administra en Puerto Rico para ayudar a familias bajo el nivel de pobreza con los gastos de energía del hogar. Tiene dos componentes. El Subsidio de Energía va dirigido a participantes de TANF en las categorías A, B, C, D, G y T que cumplan las guías federales de pobreza de LIHEAP: esos participantes son elegibles automáticamente y no tienen que solicitar. La Crisis de Energía ayuda a pagar atrasos de una cuenta activa con LUMA Energy que tenga aviso de suspensión o desconexión; parte de los hogares entra automáticamente y el resto solicita por ADSEF Digital. Según el aviso vigente de 2026, la ayuda de crisis llega hasta $1,000, y deudas menores de $20 o mayores de $5,000 no son elegibles. El servicio se ofrece una vez al año, sujeto a fondos, y el periodo de solicitudes se anuncia por prensa cuando llegan los fondos.
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serviciosenlinea.adsef.pr.gov
¿Qué es?
LIHEAP (Low Income Home Energy Assistance Program) es un programa federal para familias que están bajo el nivel de pobreza y tienen que usar un por ciento alto de sus ingresos en las necesidades de energía del hogar. En Puerto Rico lo administra ADSEF, y por el momento el servicio se ofrece una vez al año. Se divide en dos componentes que conviene no confundir. El Subsidio de Energía es automático para quien cualifica: va dirigido a participantes de TANF que cumplen las guías federales de pobreza de LIHEAP (definidas como el 60% del ingreso medio estatal), y esas personas no tienen que radicar nada. La Crisis de Energía es la ayuda para pagar atrasos: el beneficio llamado LICE1 paga la factura de una cuenta activa con LUMA Energy, hasta el máximo establecido por el programa, cuando la cuenta refleja aviso de suspensión o desconexión. Los beneficios van dirigidos al pago de la energía eléctrica del hogar de la familia solicitante.
¿Quién puede hacerlo?
Para el Subsidio de Energía: participantes de TANF en las categorías A, B, C, D, G y T que cumplan con las guías federales de pobreza LIHEAP; son elegibles automáticamente. Para la Crisis de Energía, el proceso del aviso de 2026 se divide en dos fases. Primera fase, automática: hogares participantes de TANF que viven bajo el nivel de pobreza y adultos mayores de 60 años participantes del PAN que reúnan los requisitos; si sus recursos e ingresos llevan más de 12 meses sin actualizarse en el sistema de la agencia, pasan a la fase dos. Segunda fase, por solicitud en ADSEF Digital: todas las demás familias bajo los niveles de pobreza federales que cumplan los requisitos de recursos, ingreso bruto y composición familiar —incluyendo los hogares donde reside un adulto mayor de 60 años cuya cuenta de LUMA no está a su nombre. Hay además requisitos no económicos que aplican a todas las unidades familiares: identidad, residencia, ciudadanía o condición de extranjero, y número de seguro social. El aviso de 2026 fija el recurso máximo permitido en $2,000 en bienes líquidos y el ingreso máximo según la tabla de ingreso medio estatal; la cuenta debe tener una deuda de $20 o más pero no mayor de $5,000, y al momento de emitirse el beneficio solo puedes tener una cuenta residencial activa con LUMA.
Requisitos
- Para el subsidio automático: ser participante de TANF (categorías A, B, C, D, G o T) y cumplir las guías federales de pobreza LIHEAP, definidas como el 60% del ingreso medio estatal.Verificado con la fuente oficial
- Para la ayuda de crisis: una cuenta activa con LUMA Energy, a nombre del solicitante o de un miembro de su composición familiar, que refleje aviso de suspensión o desconexión del servicio.Verificado con la fuente oficial
- Que la deuda esté entre los límites del aviso vigente: deudas menores de $20.00 o mayores de $5,000 no son elegibles (aviso de 2026).Verificado con la fuente oficial
- No exceder el recurso máximo permitido de $2,000 en bienes líquidos ni el ingreso máximo de la tabla de ingreso medio estatal, según el aviso de 2026; se considera a todos los miembros que viven bajo el mismo techo.Verificado con la fuente oficial
- Cumplir los requisitos no económicos: identidad, residencia, ciudadanía o condición de extranjero (verificada por el sistema federal SAVE) y número de seguro social.Verificado con la fuente oficial
- Tener solo una cuenta residencial activa con LUMA Energy al momento en que se emita el beneficio.Verificado con la fuente oficial
Documentos necesarios
Costo
Cómo hacerlo paso a paso
Paso 1: Mira primero si te toca automáticamente
Si tu hogar participa de TANF, o si eres adulto mayor de 60 años participante del PAN, puede que no tengas que solicitar nada: el subsidio es automático para participantes de TANF que cumplen las guías de pobreza, y la primera fase de la ayuda de crisis también corre automáticamente para esos hogares. La excepción: si tus ingresos y recursos llevan más de 12 meses sin actualizarse en el sistema de la agencia, o si la cuenta de LUMA no está a nombre de nadie del hogar, te toca radicar solicitud.
Paso 2: Espera el anuncio del periodo de solicitudes
El programa depende de fondos federales que llegan una vez al año. Cuando ADSEF los recibe, el Departamento de la Familia anuncia el periodo para radicar por prensa, radio y televisión. Si llamas fuera del periodo, pregunta cuándo abre el próximo.
Paso 3: Reúne la factura y tu identificación
Necesitas la factura más reciente de LUMA (páginas 1 y 3) de tu residencia, a nombre tuyo o de alguien de tu núcleo familiar, y tu identificación con foto vigente (licencia de conducir o pasaporte). Para la ayuda de crisis, la cuenta debe reflejar el aviso de suspensión o desconexión —eso lo verifica la agencia directamente con LUMA por vía electrónica.
Paso 4: Radica en ADSEF Digital
La solicitud se radica en la plataforma ADSEF Digital, la misma del PAN y TANF: creas tu cuenta, llenas la solicitud, subes los documentos y el personal técnico evalúa el caso. También puedes orientarte llamando al 3-1-1 o visitando la oficina local del Departamento de la Familia. Para dudas específicas de LIHEAP hay un correo del programa: coordinadorliheap@familia.pr.gov, y la línea de servicios de ADSEF Digital, (787) 792-3733.
Paso 5: Si te deniegan: apela en 15 días
Si no estás de acuerdo con la acción tomada en tu solicitud, puedes presentar una apelación por escrito ante la Junta Adjudicativa del Departamento de la Familia dentro del término de 15 días. Se completa el formulario de apelación ADSEF-126, se le adjunta la notificación de acción tomada (PSE-2), y se envía a Junta Adjudicativa, Departamento de la Familia, PO Box 11398, San Juan, PR 00910-1398, o por correo electrónico a juntaadjudicativa@familia.pr.gov.
Dónde hacerlo
En línea, en ADSEF Digital (serviciosenlinea.adsef.pr.gov/adsefdigital). En persona, en la oficina local del Departamento de la Familia más cercana. Por teléfono: línea 3-1-1, o la línea de servicios ADSEF Digital, (787) 792-3733. Correo del programa: coordinadorliheap@familia.pr.gov.
Cuánto tarda
Qué hacer si hay un problema
Si la cuenta de LUMA está a nombre de alguien que ya no vive en el hogar, atiende eso primero: el aviso indica que aplican restricciones cuando la cuenta no está a nombre de un miembro del núcleo familiar, y los hogares con un adulto mayor de 60 años cuya cuenta no está a su nombre deben radicar en la segunda fase. Si tu deuda pasa de $5,000, el beneficio de crisis no la cubre según el aviso vigente: llama a LUMA para un plan de pago y mira la guía de desconexión. La otorgación está sujeta a disponibilidad de fondos: que cualifiques no garantiza el beneficio si los fondos del año se agotaron. Y si el programa federal te discriminó por raza, color, origen nacional, edad, discapacidad, religión, sexo u orientación sexual, la ley federal permite quejarse por escrito ante la oficina de LIHEAP del Departamento de Salud y Servicios Humanos federal.
Errores comunes
- Solicitar el subsidio cuando eres participante de TANF: el aviso dice que esos participantes son elegibles automáticamente y no tienen que solicitar ese componente.
- Confundir los dos componentes: el subsidio es anual y automático para quien cualifica; la crisis es para atrasos con aviso de suspensión o desconexión y puede requerir solicitud.
- Dejar pasar el periodo: las solicitudes se anuncian por prensa cuando llegan los fondos, y fuera de ese periodo no hay dónde radicar.
- Subir la factura incompleta: la agencia pide específicamente las páginas 1 y 3 de la factura más reciente de LUMA.
- Esperar a que la deuda crezca: deudas mayores de $5,000 no son elegibles según el aviso de 2026, así que buscar la ayuda temprano importa.
- Dejar vencer el término de apelación: son 15 días para presentarla por escrito ante la Junta Adjudicativa.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto paga la ayuda de crisis?
Según el aviso vigente de 2026, el beneficio de crisis (LICE1) paga la cantidad del atraso hasta un máximo de $1,000, determinado por ADSEF según la disponibilidad de fondos. Deudas menores de $20 o mayores de $5,000 no son elegibles. Estas cifras son del ciclo vigente y pueden cambiar cuando ADSEF emita un aviso nuevo.
¿Esta ayuda cubre la factura del agua?
No. LIHEAP va dirigido al pago de la energía del hogar —el beneficio de crisis vigente se define contra una cuenta de LUMA Energy. El agua es otra corporación (la AAA) y otros procesos distintos.
¿Me dan el dinero a mí?
El beneficio va dirigido al pago de la factura de energía eléctrica de la cuenta activa. No cuentes con recibir un cheque para usarlo en otra cosa: el programa existe para poner la cuenta al día o subsidiar la energía del hogar.
¿Tengo que estar en TANF o PAN para pedir la ayuda de crisis?
No. Esos hogares entran automáticamente en la primera fase, pero la segunda fase existe precisamente para las demás familias: cualquier hogar bajo los niveles de pobreza federales que cumpla los requisitos de recursos, ingreso y composición familiar puede radicar su solicitud en ADSEF Digital para ser evaluado.
Fuentes oficiales
Estas son las páginas del gobierno en las que se basa esta guía.
- Administración de Desarrollo Socioeconómico de la Familia (ADSEF)
ADSEF
serviciosenlinea.adsef.pr.gov
- Requisitos LIHEAP publicados por ADSEF (PDF con el aviso de 2026)
ADSEF
serviciosenlinea.adsef.pr.gov
- ADSEF Digital, portal para radicar la solicitud
ADSEF
serviciosenlinea.adsef.pr.gov
Última verificación
16 de agosto de 2026
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